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2 de junio de 2025 | Poder Judicial

Edicto — Aviso de Muerte por Presunción - GERMAN MILTON HERRERA RIVERA

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Resumen

Este edicto notifica públicamente la solicitud para declarar legalmente muerto a Germán Milton Herrera Rivera, quien desapareció y se desconoce su paradero. El juzgado cita al desaparecido para que comparezca, cumpliendo así los requisitos legales del Código Civil que permiten declarar la muerte presunta de una persona.

Texto completo

La suscrita, Secretaria del Juzgado de Letras Seccional de Siguatepeque, departamento de Comayagua, al público en general y para los efectos de Ley. HACE SABER: Que en la SOLICITUD SE DECLARE LA MUERTE POR PRESUNCIÓN DE UNA PERSONA. Promovida por Abogada HANSY YAMILETH VASQUEZ ROMERO, en su condición de Defensora Pública del señor JORGE YAMIN HERRERA RIVERA, contraída a solicitar la muerte presunta de su difunto hermano el señor GERMAN MILTON HERRERA RIVERA. En virtud de haberse llenado los requisitos legales para considerar la muerte presunta del señor GERMAN MILTON HERRERA RIVERA y dándole cumplimiento al Artículo 85 del Código Civil, por medio del presente edicto, se cita a este Despacho al desaparecido señor GERMAN MILTON HERRERA RIVERA, de quien se desconoce su paradero o domicilio. Siguatepeque, 02 de junio del 2025 ABG. RUTH NORDELI ARANA RIVERA SECRETARIA 11 J. 2025 La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 11 D E J U N I O D E L 2025 N o . 36,861 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha nueve de diciembre del año dos mil veinticuatro (2024) compareció ante este Juzgado la señora PETRONILA YACKELIN ANDINO DIAZ incoando demanda contencioso-administrativa vía procedimiento especial en materia de personal con orden de ingreso número 0801-2024-00914, en contra del Estado de Honduras a través del Instituto de la Propiedad. Se interpone demanda para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular en materia de personal por no ser conforme a derecho por infringir el ordenamiento jurídico, con quebramiento de las formalidades esenciales establecidas en la Ley.- Que se reconozca una situación jurídica individualizada de titular de derechos que se reclaman y adoptar como medidas necesarias para el pleno restablecimiento de las mismas, el reintegro al puesto de Asistente Técnico de la Dirección General Administrativa del Instituto de la Propiedad.- Salarios dejados de percibir desde la fecha de cancelación hasta el reintegro al cargo mediante sentencia definitiva condenatoria, reconociéndose los respectivos incrementos salariales que en su caso tuviera el puesto del cual fui cancelado ilegalmente durante la secuela del juicio, más el pago de los derechos laborales que ocurran durante el mismo como décimo tercero y décimo cuarto mes de salario, vacaciones y cualquier otro beneficio laboral que pudiera reconocerse.- Reconocimiento de antigüedad.- Pago de décimo tercer, décimo cuarto y vacaciones adeudadas.- Especial condena en costas a la parte demandada y vencida en juicio de primera instancia. Habilitación de días y horas inhábiles para efectuar cualquier actuación judicial. Consistente en el Acuerdo de Cancelación número CI-IP- 467-2024 de fecha quince de noviembre del 2024. ABG. ARNOLD JAVIER ALCERRO CACERES SECRETARIO ADJUNTO 11 J. 2025 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. A V I S O El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintinueve (29) de enero del año dos mil veintiuno (2021), compareció ante este Juzgado el abogado Oscar Orlando Sevilla Castro, en su condición de representante legal del señor Jorge Eduardo Luque Alvarez, incoando demanda vía procedimiento especial en materia de personal, contra el Estado de Honduras a través del Instituto Nacional para la Atención a Menores Infractores (INAMI), como un ente desconcentrado de la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización, con orden de ingreso número 0801-2021-00148, para que se declare la ilegalidad y nulidad de un acto administrativo tácito de carácter particular consistente en una Nota de fecha veinticinco (25) de septiembre del dos mil veinte (2020), emitido por el Instituto Nacional para la Atención a Menores Infractores (INAMI), el que fue dictado con infracción al ordenamiento jurídico, incluso con exceso y desviación de poder.- Reconocimiento de una situación jurídica individualizada y se adopten cuantas medidas sean necesarias para el pleno restablecimiento y reconocimiento, se condene al Instituto Nacional para la Atención a Menores Infractores (INAMI), a restituir a su cargo, o a otro de igual categoría y salario y a título de daños y perjuicios el pago de los sueldos que correspondan a partir de la fecha de la cancelación o separación injusta hasta la fecha en que se ejecute el fallo, más el pago de los derechos adquiridos como décimo tercer mes y décimo cuatro mes de salario, vacaciones y bono de vacaciones causadas o en forma proporcional que le correspondan a su representado así como los incrementos salariales que se otorguen al cargo que desempeñaba desde su cancelación hasta la finalización del juicio.- Se decrete en su caso la nulidad del acto administrativo por el cual se haya nombrado su sustituto en el cargo que desempeñaba.- Con especial condena en costas. Se acompañan documentos.- Cotejo y devolución del original. ALAN MAURICIO MARTÍNEZ MARTÍNEZ SECRETARIO ADJUNTO 11 J. 2025 La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 12 D E J U N I O D E L 2025 N o . 36,862 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veinticuatro (24) de junio de dos mil veinticuatro (2024), compareció ante este Juzgado la Abogada ROSA AMINTA YANEZ en su condición de representante procesal del señor DAVID FERNANDO BARQUERO BEJARANO , interponiendo demanda contenciosa administrativa vía procedimiento especial en materia de personal con orden de ingreso 0801-2024-00485, contra el Estado de Honduras a través de la SECRETARÍA DE SALUD, contraída a solicitar. "Se interpone demanda contencioso administrativa en materia especial de personal. Se solicita la declaración judicial de nulidad de un Acto Administrativo denominado despido, mediante el cual se cancela un Acuerdo de Nombramiento Número-4195-2021, de fecha 06 de noviembre 2021, emitido por la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud por violentar normas especiales, mediando abuso y desviación de poder. Se solicita el reconocimiento de una situación jurídica individualizada y que se adopten las medidas necesarias para su pleno restablecimiento, entre ellas el reintegro del cual fue injustamente cancelado el servidor público se solicita el pago de salarios dejados de percibir a título de daños y perjuicios más cualquier otro derecho que pudiere corresponder como ser quinquenios aumentos de salarios, vacaciones, vacaciones proporcionales, décimo tercero, décimo tercero proporcional, décimo cuarto mes, décimo cuarto mes proporcional.- Se acompañan documentos. Se confiere poder general de representación y gestiones administrativas. ABG. ARNOLD JAVIER ALCERRO CÁCERES SECRETARIO ADJUNTO 12 J. 2025 _______ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha trece (13) de marzo del año dos mil veinticinco (2025), compareció ante este Juzgado la Abogada BRICELDA MARIA CRUZ MARTINEZ, actuando en su condición de apoderada legal de los señores MARIO ROBERTO PINTO ROMERO y TANIA HENRIQUEZ ZUNIGA, incoando demanda con orden de ingreso 0801-2025- 00207 vía procedimiento en materia ordinaria contra el Estado de Honduras a través de la SECRETARÍA DE SALUD, para que se declare ilegalidad y nulidad de un Acto Administrativo de carácter particular consistente en la Resolución No. 18-2025-SS de fecha seis (06) de enero del año dos mil veinticinco (2025), notificada en fecha tres (03) de febrero del año dos mil veinticinco (2025) emitida por la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud, por no ser conforme a derecho al infringir el ordenamiento jurídico, con quebrantamiento de las formalidades esenciales establecidas en la ley.- Que se reconozca una situación jurídica individualizada de la titular de derechos y adoptar como medidas necesarias para el pleno restablecimiento de las mismas, el reconocimiento mediante sentencia firme para que se otorgue a mis representados el pago de los incrementos de salario, decimotercer mes, decimocuarto mes de salario, bono de vacaciones según la Ley del Estatuto del Médico Empleado en relación con la Ley de Reordenamiento del Sistema Retributivo del Gobierno Central, incentivo bienal según Decreto 76-2008 y demás derechos a partir de 01 de enero del 2013 hasta la fecha que se ejecute la sentencia.- Intereses.- Costas del juicio.- Se acompañan documentos.- Cotejo y devolución de poder. HAMELIN FANUEL AVILA GARCIA SECRETARIO POR LEY 12 J. 2025 _______ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha trece (13) de marzo del año dos mil veinticinco (2025), compareció ante este Juzgado la Abogada NANCY DEL CARMEN MIRA COLINDRES, actuando en su condición de apoderada legal de los señores DANIELA ARIANA HURST SPEARS y HERNÁN ALBERTO ALVAREZ CUEVAS, incoando demanda con orden de ingreso 0801-2025-00206 vía procedimiento en materia ordinaria contra el Estado de Honduras a través de la SECRETARÍA DE SALUD, para que se declare ilegalidad y nulidad de un Acto Administrativo de carácter particular consistente en la Resolución No. 1273-2024-SS de fecha dos (02) de diciembre del año dos mil veinticuatro (2024), notificada en fecha tres (03) de febrero del año dos mil veinticinco (2025) emitida por la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud, por no ser conforme a derecho al infringir el ordenamiento jurídico, con quebrantamiento de las formalidades esenciales establecidas en la Ley. Se reconozca la situación jurídica individualizada y como medidas necesarias para el pleno restablecimiento del derecho subjetivo vulnerado se reconozca mediante sentencia la nivelación e incrementos a la base salarial y los porcentajes de incrementos de salario conforme establece la Ley del Estatuto del Médico Empleado en relación con la Ley de Reordenamiento del Sistema Retributivo del Gobierno Central, así como incentivo de salario bienal del 3.5%, décimo tercer mes, décimo cuarto mes de salario, bono de vacaciones y demás derechos a partir del inicio de la relación laboral en unos casos y desde el 1 de enero del 2013 en otros según corresponda, hasta la fecha que se ejecute la sentencia. Intereses. Costas. Documentos.- Poder.- Se delega poder. HAMELIN FANUEL AVILA GARCIA SECRETARIO, POR LEY 12 J. 2025 La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 12 D E J U N I O D E L 2025 N o . 36,862 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 13 de febrero del año 2025 comparece el señor FREDI HUMBERTO REYES, interpuso demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No.0801-2025-00092, contra el Estado de Honduras a través de la Secretaría de Seguridad, se interpone demanda especial en materia personal para que se declare la nulidad e ilegalidad de un acto administrativo de carácter particular consistente en el Acuerdo SEDS- NÚMERO 159-2025 de fecha veinte (20) de enero del año dos mil veinticinco (2025), emitido por la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, por no haber sido emitido conforme a derecho, así como por contener vicios de nulidad absoluta mediante el que se me ha cancelado por despido de mi cargo.- Se solicita el reconocimiento de un situación jurídica individualizada y como medida para el pleno restablecimiento del derecho vulnerado mediante la emisión del ilegal acto impugnado, pido se reintegre al puesto del que fui ilegalmente cancelado, con el reconocimiento de la antigüedad y reconocimiento al ascenso al grado inmediato superior que me pudiera corresponder, más el pago de los salarios dejados de percibir desde la vigencia de los actos impugnados hasta el momento mismo en que sea definitivamente reintegrado.- De igual forma como producto del reconocimiento de mi situación jurídica pido también se me pague los aumentos, bonificaciones, décimo tercer y cuarto mes de salario, vacaciones o cualquier otro derecho que la plaza a la que pido reintegro tenga mientras se desarrolla el presente juicio. Se pide especial condena en costas a la parte demanda. Sin perjuicio de que se ordene la nulidad del acto por el cual se hubiere designado al sustito del demandante en aplicación del artículo 113 de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo.- Se confiere poder. Se acompañan documentos y se señala de forma específica donde obran otros.- En relación el Acuerdo de Cancelación número SEDS NO.159-2025 de fecha 20 de enero de 2025. MARGARITA ALVARADO GALVEZ SECRETARIA ADJUNTA 12 J. 2025 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha treinta (30) de mayo del año dos mil veinticinco (2025),

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