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30 de mayo de 2023 | Poder Judicial

Edicto — Aviso de cancelación y reposición de título valor - Esduith Garcia Castellanos

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Resumen

Este documento publica varios avisos legales: una solicitud de cancelación y reposición de un certificado de depósito bancario a nombre de Esduith García Castellanos por L150,000; demandas contencioso-administrativas de empleados contra el Estado pidiendo nulidad de cancelaciones laborales y reintegro a sus puestos; y registros de marcas comerciales para productos de tabaco y conservas. Afecta a los titulares de derechos involucrados y notifica al público sobre procedimientos judiciales pendientes.

Texto completo

EL INFRASCRITO, SECRETARIO GENERAL JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCION JUDICIAL DE ESTA CIUDAD DE EL PROGRESO, DEPARTAMENTO DE YORO.- AL PUBLICO EN GENERAL Y PARA LOS EFECTOS DE LEY, HACE SABER: Que en este Juzgado con fecha dieciocho de abril del año dos mil trece, el Abogado LEONEL MEDRANO IRIAS en su condición de apoderado legal del señor ESDUITH GARCIA CASTELLANOS, presentó Solicitud de Cancelación y Reposición de Título Valor consistente en Certificado de Depósito a plazo fijo número 19958, por un plazo de trescientos sesenta (360) días, con un valor de CIENTO CINCUENTA MIL LEMPIRAS EXACTOS (L 150,000.00), a nombre del señor ESDUITH GARCIA CASTELLANOS, emitido por la Sociedad Mercantil denominada BANCO FUTURO S.A., ahora BANCO LAFISE S.A.- Actúa el Abogado MAYNOR LOPEZ CASTILLO en su condición de apoderado legal del señor ESDUITH GARCIA CASTELLANOS. El Progreso, Yoro, a los 30 de mayo del 2023 ABG. JORGE ALBERTO ORTIZ FLORES SECRETARIO GENERAL 15 J. 2023 __________ LA EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS no es responsable del contenido de las publicaciones, en todos los casos la misma es fiel con el original que recibimos para el propósit o La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 19 D E J U N I O D E L 2023 N o . 36,258 Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. A V I S O La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veinte (20) de octubre del año dos mil veintidós (2022), compareció ante este Juzgado el abogado DIEGO DANIEL GACÍA VILLALTA, en su condición de representante procesal de WILMER ALEXANDER ORTÍZ MÁRQUEZ, interponiendo demanda contencioso administrativa en procedimiento especial en materia de personal, con orden de ingreso No. 0801-2022-01680, contra el Estado de Honduras a través de la SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD, para solicitar: "que se declare la nulidad de un acto administrativo en materia de personal. Que se anule totalmente el mismo por haber sido adoptado con infracción del ordenamiento jurídico.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada y como medidas para el pleno restablecimiento de su derecho se ordene mediante sentencia definitiva el reintegro al cargo del cual fue cancelado o a otro de igual o mejor categoría. Desde la fecha de la cancelación hasta que se ejecute la sentencia.- Reconocimiento de los respectivos incrementos salariales que en su caso tuviera el puesto durante el juicio. Se ocompoñan documentos.- Costas del juicio”. “Esto en relación al acuerdo No. 12980-2022 de fecha 28 de septiembre del 2022. HAMELIN FANUEL ÁVILA GARCÍA SECRETARIO, POR LEY 19 J. 2023. _______ Número de Solicitud: 2022-4713 Fecha de presentación: 2022-08-11 Fecha de emisión: 8 de marzo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: OPERACIONES TECNICAS Y COMERCIALES, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE “OTECO, S.A. de C.V.” Domicilio: Bo. El Benque, 12 Ave., S.O. #1204, 1 y 2 calle, San Pedro Sula, Cortés, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADQO LEGAL GERMAN HERRERA SIMON E.- CLASE INTERNACIONAL (34) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN VAPOR PLANET G.- H.- Reservas/Limitaciones: No se protege la frase “SE SIENTE BIEN”, presente en la etiqueta. Se protege la denominación únicamente en su conjunto, sin darle exclusividad a los términos por separado. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Tabaco y sucedáneos del tabaco, cigarrillos y puros; cigarillos electrónicos y vaporizadores bucales para fumadores; artículos para fumadores como ser encendedores, cerillas, cajas de cigarros, de la clase 34. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 18 M., 2 y 19 J. 2023. Número de Solicitud: 2023-2395 Fecha de presentación: 2023-04-20 Fecha de emisión: 17 de mayo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: OSCAR ARMANDO CASTELLANOS HENRIQUEZ Domicilio: VILLANUEVA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, CP 504, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL ILYINA DANIELA TREJO ENAMORADO E.- CLASE INTERNACIONAL (29) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN D CAMPO G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “D CAMPO” y la apariencia de su etiqueta, los demás elementos denominativos no se protegen. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Frutas en almibar, frutas y legumbres en conserva, de la clase 29. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTRHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 2, 19 J. y 4 J. 2023. La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 19 D E J U N I O D E L 2023 N o . 36,258 JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Reública de Honduras AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veinticinco (25) de julio del año dos mil veintidós (2022), compareció a este Juzgado el señor EDBERG ALESSANDRO VILORIO DIAZ, incoando demanda Contencioso Administrativo en Materia de Personal con orden de ingreso número 0801- 2022-00699, contra el Estado de Honduras a través de la Secretaria de Estado en el Despacho de Energía.- Para la declaración de no ser conforme a derecho y la nulidad de un acto administrativo, de carácter particular consistente en el Acuerdo, No. SEN-077-2022.- por quebramiento de formalidades esenciales y del ordenamiento jurídico.- que se reconozca la situación jurídica individualizada por la cancelación ilegal injusta de la cual fui objeto y para el pleno restablecimiento de mis derechos.- Que se declare sin valor y efecto el acuerdo de cancelación antes mencionado y en consecuencia se me reintegre a mi puesto de trabajo en igual o mejores condiciones laborales.-que en concepto de daños y perjuicios se me paguen los salarios dejados percibir, aumentos, vacaciones no gozadas, bonificación por vacaciones, décimo tercer mes de salario, décimo cuarto mes de salario y cualquier otro derecho laboral que corresponda desde que tuvo lugar la ilegal cancelación hasta que sea debidamente ejecutada la respectiva sentencia.- Se condene al pago de costas.- se presentan documentos.- Poder.- Abg. Viki Mariel Montoya Ruiz SECRETARIA, POR LEY 19 J. 2023 JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A V I S O El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta Jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veinticuatro (24) de junio de dos mil veintiuno (2021), comparecieron a este Juzgado por los Abogados ANDRÉS ENRIQUE ASFURA RODRÍGUEZ y JORGE ANTONIO AGUILERA AGUILERA, en su condición de Apoderados Legales del señor MARCO TULIO MARTÍNEZ CASCO, interponiendo demanda ordinaria con orden de ingreso 0801-2021-00315, J.5, contra el Estado de Honduras a través del INSTITUTO DE ACCESO A LA ________ INFORMACIÓN PÚBLICA (IAIP) contraída a pedir la nulidad de un acto administrativo consistente en la resolución numero SO-195-2021 de fecha veintinueve (29) de abril de dos mil veintiuno (2021), notificada en fecha jueves trece (13) de mayo del presente año dos mil veintiuno (2021), en donde se declara sin lugar recurso de reposición interpuesto por estos Apoderados Legales y confirma en toda sus partes la resolución número SO-062-2020, emitido por el Instituto de Acceso a la Información Pública en fecha ocho de febrero del año dos mil veintiuno (2021). ABG. JUAN ERNESTO GARCÍA ALVAREZ SECRETARIO ADJUNTO 19 J. 2023. ________

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