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Decreto No. 0801-2023-01567 | 13 de febrero de 2023
Edicto No. 0801-2023-01567 — Solicitud de autorización judicial para adoptar a menor
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Resumen
Un juzgado de familia publica que una persona solicita autorización judicial para adoptar a una menor de edad. Se notifica al público en general para que cualquier persona con objeciones a esta adopción pueda presentarse ante el juzgado antes de que se dicte sentencia, permitiendo que se escuchen todas las preocupaciones legales sobre el caso.
Texto completo
La infrascrita, Secretaria Adjunta del Juzgado de Letras de Familia,
del Departamento de Francisco Morazán, en cumplimiento a
lo ordenado en el artículo 41 de la Ley Especial de Adopción,
para los efectos legales, al público en general, HACE SABER:
Que ante este Juzgado se ha presentado la señora NELSIN
YOLANY MEJIA FLORES, mayor de edad, nacionalidad
hondureña, solicitando autorización Judicial para adoptar a la
menor KATHERINE VANESSA SALGADO ARGUETA, con
expediente judicial registrado bajo el número 0801-2023-01567.-
Se hace del conocimiento al público en general para el efecto de
que cualquier persona con interés contrario a la presente adopción,
pueda comparecer ante este Juzgado antes de dictarse sentencia,
exponiendo las razones de su inconformidad.
Tegucigalpa, a los dos días del mes de junio del año dos mil veintitrés.
ABG. VALENTINA PAVON
SECRETARIA ADJUNTA
12 J. 2023
La G aceta
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 12 D E J U N I O D E L 2023 N o . 36,252
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras, C.A.
AVISO
La infrascrita, Secretaria Adjunta del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta
50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos
legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha nueve
(09) de marzo del año dos mil veintitrés (2023), comparecieron
ante este Juzgado los señores KEVIN JOSUE IZAGUIRRE
RODAS Y ROSIO MABEL MUÑOZ MADRID, contra el
Estado,. Honduras a través de la Secretaría de Estado en los
Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización, con
orden de ingreso 0801-2023-00349 incoando demanda especial
en materia personal para que se declare la nulidad e ilegalidad
de un acto administrativo de carácter particular consistente en los
Acuerdos 233-2023 y 226-2023 de fechas veinte y trece de febrero
del años dos mil veintitrés (2023), respectivamente, emitidos por
la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia
y Descentralización, por no ser dictados conforme a derecho,
infringir el ordenamiento jurídico, contener vicios de nulidad y
quebrantamiento de las formalidades esenciales establecidas en
la ley.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada
de los titulares de los derechos que se reclaman y adoptar como
medidas necesarias para el pleno restablecimiento de las mismas,
el reintegro a los cargos de oficial de personal II y promotor de
desarrollo comunal I de la Secretaría de Estado en los Despachos
de Gobernación, Justicia y Descentralización, o a otros de igual o
mejor salió y categoría, pago de los salarios dejados de percibir
desde la fecha de cancelación hasta que seamos reintegrados a los
cargos mediante sentencia definitiva procedente, reconociendose
los repectivos incrementos salariales que en su caso tuvieron los
puestos durante la secuela del juicio, más el pago de los derechos
laborales que ocurran durante el proceso, como pago de décimo
tercero y décimo cuarto mes de salario, vacaciones y bonificaciones
por concepto de vacaciones.- Costas del juicio.- Se acompañan
documentos. Se otorga poder.- Relacionas con los Acuerdos 233-
2023 y 226-2023 de fecha 20 de febrero y 13 de febrero del 2023.
LICDA. CINTHIA G. CENTENO PAZ
SECRETARIA ADJUNTA
12 J. 2023
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Tegucigalpa, M.D.C.
República de Honduras, C.A.
AVISO
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso
Administrativo, con sede en Tegucigalpa, municipio del Distrito
Central, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de
esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales
correspondientes, HACE SABER: Que en fecha nueve de
febrero del 2023, compareció a este Juzgado por las ciudadanas
Keyla Celenia Aguilar Aguilar, Leidy Samari Corea García
y Nancy Johana Molina Fúnez, en sus condiciones personales,
por la vía del procedimiento especial en materia de personal, para
la declaración de ilegalidad y nulidad del acto administrativo
impugnado consistente en ACUERDO No. 159-2023 de fecha
16 de enero del año 2023, ACUERDO No. 181-2023 de fecha 24
de enero del año 2023 y ACUERDO No. 182-2023 de fecha 24
de enero del año 2023, emitidos por la Secretaría de Estado en
los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización.
Que se reconozca una situación jurídica individualizada y para
su pleno restablecimiento se adopten las medidas establecidas
en el artículo 112 de la Ley de Jurisdicción de lo Contencioso
Administrativo. Quedando registrada en esta Judicatura bajo
el orden de ingreso No. 0801-2023-00235. Asimismo, se hace
la advertencia que los legitimados como parte demandada con
arreglo al inciso C del artículo 17 de la Ley de la jurisdicción de
lo Contencioso Administrativo y los coadyuvantes se entenderán
EMPLAZADOS con la presente publicación.
ABG. RUTH ALEJANDRA CASTELLON CERRATO
SECRETARIA ADJUNTA
12 J. 2023
La G aceta
Sección B A v isos L egales
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P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 12 D E J U N I O D E L 2023 N o . 36,252
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
A V I S O
El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de
la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos
legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha doce
(12) de abril de dos mil veintitrés (2023), compareció a este
Juzgado la ciudadana ANA GABRIELA SANTOS MOLINA,
quien confirió poder en el Abogado JOSÉ ARMANDO
ESPINAL, interponiendo demanda en materia de personal con
orden de ingreso 0801-2023-00469, contra el Estado de Honduras
a través de LA DIRECCIÓN DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA
Y FAMILIA (DINAF), para que se declare la nulidad de un acto
administrativo de carácter particular de la administración pública
consistente en el acuerdo de cancelación número 040-2023 de
fecha 15 de marzo del 2023, emitido por la Dirección de Niñez,
Adolescencia y Familia (DINAF). Infringiendo el ordenamiento
jurídico establecido en el reglamento interno de servicio público
de la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia y la Ley de
Servicio Civil y su reglamento, que se reconozca la situación
jurídica individualizada por la cancelación ilegal de que fui objeto
y como medida para el pleno restablecimiento de mis derechos
que se ordene mediante sentencia definitiva se me reintegre a
mi antiguo puesto de trabajo u otro de igual o mejor categoría
y a título de daños y perjuicios el pago de los salarios dejados
de percibir con todos sus aumentos, pago de vacaciones, décimo
cuarto mes, décimo tercer mes y demás beneficios que pudieran
surgir desde la fecha de mi ilegal cancelación hasta la ejecución de
la sentencia, se acompañan documentos, costas del juicio, poder.
ABG. JUAN ERNESTO GARCÍA ALVAREZ
SECRETARIO ADJUNTO
12 J. 2023.
________
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRTIVO
República de Honduras, C.A.
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