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Decreto No. 0801-2023-00541
Edicto No. 0801-2023-00541 — Demanda contencioso administrativa - Cancelación ilegal - Ana Luisa Romero Salinas
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Resumen
Una empleada del Instituto Hondureño de Transporte Terrestre demanda al Estado porque fue despedida sin seguir los procedimientos legales. Solicita que se anule su despido, la reintegren a su puesto y le paguen los salarios no percibidos, prestaciones y beneficios desde su cancelación hasta la sentencia final.
Texto completo
La infrascrita, Secretaria, por Ley del Juzgado de Letras de
lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo
cincuenta (50) de la Ley de esta Jurisdicción y para los
efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que
en fecha veinte (20) de abril del año dos mil veintitrés
(2023), compareció a este Juzgado la señora ARLETTE
CAROLINA MONCADA RAMOS, incoando demanda
Contencioso Administrativo en materia de Personal, contra
el Estado de Honduras a través del Instituto Hondureño de
Transporte Terrestre, con orden de ingreso número 0801-
2023-00506, para que se declare no ser conforme a derecho
un acto administrativo de carácter particular en materia de
personal que se decrete la ilegalidad y consecuentemente la
nulidad de un acto tácito consistente en la acción de personal
número: 751 de fecha treinta y uno (31) de marzo del año dos
mil veintitrés (2023), elaborado por Maribel Martínez Plata
en su condición de Subgerente de Recursos Humanos, Carlos
Humberto Chévez en su carácter de Gerente Administrativo y
de Recursos Humanos y Rafael E. Barahona en su condición
de Comisionado Presidente del Instituto Hondureño del
Transporte Terrestre (IHTT) que contiene la cancelación por
despido de mi puesto de trabajo como asistente ejecutiva del
Comisionado del Transporte Terrestre; reconocimiento de
una situación juridica individualizada y su restablecimiento
al amparo del artículo 129 de la Constitución de la
República en consonancia con el artículo 112 de la ley de
la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo. Adopción
de medidas necesarias para el pleno restablecimiento del
derecho subjetivo violado entre ellas se ordene el reintegro a
mi puesto de trabajo en iguales o mejores condiciones. Pago
de mi primer quinquenio (reajuste y nivelación de salario).
Pago de salarios dejados de percibir contados desde la fecha
de mi cancelación hasta que quede firme la sentencia de
mérito. Pago de aumentos de salarios generales, selectivos
y quinquenios otorgados por el Estado de Honduras durante
el tiempo que dure la separación de mi puesto de trabajo
y cualquier otro beneficio inherente producido durante
la secuela del juicio. Pago de vacaciones causadas y no
gozadas. Notificación defectuosa. Habilitación de días y
horas inhábiles. Se acompañan documentos. Se otorga poder.
Costas. - En relación al Oficio número IHTT-191-2023 de
fecha 31 de marzo del año 2023 notificada esa misma fecha
de manera tácita.
ABG. KARINA ELIZABETH GALVEZ
SECRETARIA GENERAL
1 J. 2023
La G aceta
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 1 D E J U N I O D E L 2023 N o . 36,243
Sección “B”
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
AVISO
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