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16 de septiembre de 2020 | Poder Judicial

Edicto — Demanda Contenciosa Administrativa - Jenifer Guadalupe Vallecillo Chinchilla contra Instituto Nacional para la Atención de Menores Infractores (INAMI)

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Resumen

Estos son avisos judiciales de demandas contencioso-administrativas presentadas por empleados públicos contra el Estado hondureño. Los demandantes alegan que fueron cancelados (despedidos) sin seguir los procedimientos legales correctos, y solicitan que se declare nula la cancelación, su reintegro al cargo y el pago de salarios no percibidos más beneficios laborales acumulados.

Texto completo

El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 16 de septiembre de 2020, compareció ante este Juzgado la señora Jenifer Guadalupe Vallecillo Chinchilla, como parte demandante, incoando demanda para que se declare no ser conforme a derecho un acto administrativo de carácter particular en materia personal, emitido por el Instituto Nacional para la Atención de Menores Infractores (INAMI), con infracción del ordenamiento jurídico, violentando el principio de legalidad y el debido proceso, con exceso de poder y quebrantamiento de formalidades esenciales.- Se señala que el acto impugnado no reúne los requisitos legales y formales de un acuerdo, pero el mismo en forma tácita produce los mismos efectos de un acuerdo de cancelación por cesantía de carácter expreso, notificado de manera defectuosa, por consiguiente que se declare su nulidad.-Reconocimiento de una situación jurídica individualizada y adoptar como medidas necesarias para el pleno restablecimiento de mis derechos, el reintegro al cargo del cual fui cancelada o a otro de igual o mejor categoría y salario.- Pago de salarios dejados de percibir a título de daños y perjuicios desde la fecha de la cancelación ilegal e injusta hasta la fecha que mediante sentencia definitiva condenatoria sea reintegrada al cargo del cual fui cancelada, reconociendo los respectivos incrementos salariales que se otorguen durante la secuela del juicio, más el pago de los demás derechos laborales que ocurran durante el proceso, como décimo tercero y décimo cuarto mes de salario, vacaciones doblemente remuneradas y otros.- Costas del juicio.- Se acompañan documentos.-Poder; en relación con el acto tácito del acuerdo de cancelación, alegando que dicho acto no es conforme a derecho. ABOG. JUAN ERNESTO GARCIA ALVAREZ SECRETARIO ADJUNTO 8 M. 2021. La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 11 D E MAYO D E L 2021 N o . 35,596 Poder Judicial Honduras JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha siete (07) de enero del año dos mil veinte (2020), compareció a este Juzgado la señora JOHANA MICHEL ZELAYA ESPINO, incoando demanda Contenciosa Administrativa, vía procedimiento especial en materia personal con orden de ingreso número 0801-2020-00006 contra el Estado de Honduras a través de la SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD, para que se declare la nulidad de un acto administrativo consistente en el acuerdo número DIDADPOL-025-2019 de fecha 27 de noviembre del año 2019, por no ser conforme a derecho por infringir el ordenamiento jurídico, con quebrantamiento de las formalidades esenciales establecidas en la ley.- Que se reconozca una situación jurídica individualizada de titular de derechos reclamados y adoptar las medidas necesarias para el pleno restablecimiento de los mismos, el integro al cargo de investigador de casos comunes asignado a la Sección de Investigación de la Dirección de Asuntos Disciplinarios Policiales (DIDADPOL), dependencia de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad.- Salarios dejados de percibir desde la fecha de cancelación hasta el reintegro al cargo mediante sentencia definitiva condenatoria, reconociéndose los respectivos incrementos salariales que en su caso tuviera el puesto del cual fue cancelado ilegalmente durante la secuela del juicio, más el pago de los derechos laborales que ocurran durante el mismo como, décimo tercero y décimo cuarto mes de salario, vacaciones y bonificaciones por concepto de vacaciones.- Especial condena en costas a la parte demandada y vencida en juicio de primera instancia.- Habilitación de días y horas inhábiles para efectuar cualquier actuación judicial. ESTEFANY GABRIELA MENDOZA GARCÍA SECRETARIA ADJUNTA 11 M. 2021. JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 05 de abril del año 2021 el Abogado Cesar Arturo Heller Portillo, representante procesal de la señora Carolina Yamileth Aguilar Velásquez, interpuso demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No.0801-2021-00244, contra el Estado de Honduras a través de la Secretaría de Estado en los Despachos de Seguridad, incoando demanda especial Contencioso Administrativo en materia personal para que se declare la nulidad de un acto particular de la Administración Pública, dictado con infracción del ordenamiento jurídico, quebrantamiento de formalidades esenciales para su formación. Reconocimiento de una situación jurídica individualizada por haber lesionado derechos del administrado y para su pleno restablecimiento que se ordene el reintegro al cargo que ocupaba mi representada y el pago de los salarios dejados de percibir, o, en su defecto, el pago de las prestaciones laborales e indemnizaciones que en derecho corresponda. Se acompañan documentos. Se confiere poder. Condena en costas. MARGARITA ALVARADO GALVEZ SECRETARIA ADJUNTA 11 M. 2021. _____ LA EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS no es responsable del contenido de las publicaciones, en todos los casos la misma es fiel con el original que recibimos para el propósit o La G aceta Sección B Avisos Legales REPÚBLICA D E HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D . C., 12 D E MAYO D EL 2021 No. 35,597 Poder Judicial Honduras JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha catorce (14) de enero del año dos mil veintiuno (2021), compareció a este Juzgado el abogado JONATHAN ANTONIO CÁCERES INESTROZA, actuando en su condición de Apoderado Legal de la señora LOYDA AUDELITH GARCÍA MURILLO, incoando demanda Contenciosa Administrativa, vía procedimiento especial en materia personal con orden de ingreso número 0801-2021- 00059 contra el Estado de Honduras, a través de la SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL, para la nulidad de un acto administrativo particular emitido por la Secretaría de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional consistente en el acuerdo número 196-SRH-2020 de fecha 08 de octubre del año 2020.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada por la cancelación ilegal e injustificada de que fue objeto.- Y como medida para el restablecimiento de sus derechos que se le reintegre a su antiguo puesto de trabajo más el pago de los salarios dejados de percibir con todos los aumentos, pago de vacaciones, décimo cuarto mes, décimo tercer mes y demás beneficios colaterales desde la fecha de su cancelación hasta la fecha de ejecución de la sentencia.- Se acompañan documentos.- Costas del juicio.- Poder.- ESTEFANY GABRIELA MENDOZA GARCIA SECRETARIA ADJUNTA 12 M. 2021. _________ “

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