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12 de septiembre de 2024 | Poder Judicial
Edicto — Aviso de Título Supletorio de Marvin Leonel Lara Melara en Ocotepeque
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Resumen
Este edicto publica avisos de títulos supletorios en Ocotepeque. Permite que personas que han poseído terrenos pacíficamente durante más de 13 o 20 años obtengan documentos de propiedad oficial sin tener escritura original. Beneficia a propietarios sin papeles que pueden demostrar su posesión histórica del terreno.
Texto completo
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de Ocotepeque, al
público en general y para efectos de Ley, HACE CONSTAR:
Que el señor LUIS ALONSO VASQUEZ MATA, ha
solicitado Título Supletorio del Inmueble siguiente: Un lote
de terreno con un área de SETENTA Y OCHO MANZANAS
CON TREINTA CENTÉSIMAS DE MANZANA (78.30
M), equivalente a QUINIENTOS CUARENTA Y CINCO
MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO METROS
CUADRADOS CON NOVENTA CENTÉSIMAS DE
METRO CUADRADO (545,988.90M2), ubicado en el lugar
denominado El Copanton, municipio de San Francisco del
Valle, departamento de Ocotepeque, con las colindancias
siguientes: AL NORTE, colinda con Oscar Noé Mejía
Moran, río de por medio; AL SUR, AL NORESTE, AL
NOROESTE; Y, AL ESTE, colinda con sucesión Mejía
Lemus; AL SURESTE, colinda con sucesión Mejía Lemus,
calle pública de por medio; AL SUROESTE, colinda con
María de Jesús Moran. Los cuales he poseído quieta, pacífica
e interrumpidamente más de trece años.- Representante
Legal Abg. JAVIER EDUARDO MADRID.
Ocotepeque, 12 de septiembre del 2024
ABG. MARIA DOLORES LEONOR, SRIA. ADJUNTA
JUZGADO DE LETRAS DEPARTAMENTAL DE
OCOTEPEQUE
25 S., 25 O. y 25 N. 2024
AVISO DE TÍTULO_SUPLETORIO
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de
Ocotepeque, al público en general y para efectos de Ley,
HACE CONSTAR: Que el señor: HELMER DAVID
SANTOS BARRERA, ha solicitado Título Supletorio
sobre de un Lote de Terreno con una área de CUARENTA
Y NUEVE MIL SETECIENTOS NOVENTA Y
OCHO METROS, CUADRADOS CON OCHENTA
Y DOS CENTÉSIMAS DE METRO CUADRADO
(49,798.82M2), equivalente a SIETE MANZANAS CON
TRECE CENTESIMAS DE MANZANA (7.13 Mzs.),
ubicado en el lugar denominado El Sastre, municipio de
San Francisco del Valle, departamento de Ocotepeque, con
las colindancias siguientes: AL NOROESTE, colinda con
YOLENY MARILU RIVERA LOPEZ, CALLE DE
POR MEDIO; AL NORESTE, colinda con JUANITO
DUBLAS SANTOS MELGAR; AL SURESTE, colinda
con JORGE ALBERTO HENRIQUEZ Y CARLOS
MANUEL VASQUEZ; AL SUROESTE, colinda con
HELMER DAVID SANTOS BARRERA; Y, AL OESTE,
colinda con ARMIDA SANTOS MELGAR; poseyendo
dicho inmueble únicamente en documento privado de
compra venta y que en este acto acompaño, acreditando
que tengo más de veinte años de poseer en quieta, pacífica e
interrumpidamente dicho terreno; téngase como Apoderado
Legal al Abg. EDGAR JAVIER MADRID CHINCHILLA.
Ocotepeque, 04 de septiembre del año 2024
ABG. MARIA DOLORES LEONOR, SRIA. ADJUNTA
JUZGADO DE LETRAS DEPARTAMENTAL DE
OCOTEPEQUE
25 S., 25 O. y 25 N .2024
_______
Sección “B”
La G aceta
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 25 D E N O V I E MBRE D E L 2024 N o . 36,698
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
AVISO
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Contencioso
Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley
de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos
legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha
20 de Agosto 2024 comparece el señor MARCO TULIO
LARA GUEVARA interpuso demanda con orden de ingreso
No.0801-2024-00635, contra el Estado de Honduras, a través
del Instituto Nacional de Previsión del Magisterio, incoando
demanda en materia ordinaria para la declaración de nulidad
de actos administrativos de carácter particular emitidos por el
Instituto Nacional de Previsión del Magisterio (INPREMA)
por haberse dictado con infracción del ordenamiento jurídico.
El reconocimiento de una situación jurídica individualizada
y como medidas para su pleno restablecimiento que se
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras
AVISO
El infrascrito, secretario del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo
cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados
y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER:
Que en fecha trece (13) de diciembre del dos mil veintitrés
(2023), compareció ante este Juzgado la Abogada SANDRA
PATRICIA FLORES LOPEZ, en su condición de
representante procesal de la señora BREISSY MARIELY
LAINEZ LAINEZ, incoando demanda en materia personal.
Con orden de ingreso número 0801-2023-01327, contra el
Estado de Honduras, a través de la ADMINISTRACIÓN
ADUANERA DE HONDURAS. Se interpone demanda de
nulidad del acto administrativo de carácter particular e materia
personal por existir exceso de poder y violación al debido
proceso que consiste que cosiste en la nulidad del Acuerdo
de Cancelación NO. ADUANAS-DE-GNGTH-314-2023,
Administración Aduanera de Honduras, Tegucigalpa, M.D.C.,
20 de noviembre de 2023, emitido por el Director Ejecutivo
de la Administración Aduanera de Honduras. Que se conceda
el reconocimiento de una situación jurídica individualizada
que consiste en el reintegro a su puesto en iguales o mejores
condiciones de trabajo. - Pago de salarios dejados de percibir.
Bonificaciones. El reconocimiento de aumentos y demás
derechos colaterales durante su ausencia. - Se confiere poder.
ABG. KARINA ELIZABETH GALVEZ REYES
SECRETARIA GENERAL
25 N. 2024
_______
condene al INPREMA al pago de una indemnización por
concepto de daños y perjuicios, materiales, psicológicos
y morales; asimismo el lucro cesante y el daño emergente
causados por una denuncia dolosa, mal intencionada y
sin fundamentos, interpuesta por el Instituto Nacional de
Previsión del Magisterio (IMPREMA) ante el Ministerio
Público, contra mi persona, por el delito de estafa y derivo
un requerimiento fiscal ante el Juzgado de Letras Penal de la
sección judicial de Tegucigalpa, departamento de Francisco
Morazán, finalizando con un sobreseimiento definitivo
que adquirió el carácter firma, y por ende, acreditando mi
inocencia. Se anuncian medos de prueba. Se acompañan
documentos y se señala el lugar donde se encuentran otros
que constituyen prueba.- Condena en costas.- Poder; en
relación a las resoluciones números CI-ASL/063/20-12-2023
EXTR y resolución No.CI-ASL/106/04- 06-2024.
MARGARITA ALVARADO GALVEZ
SECRETARIA ADJUNTA
25 N. 2024
_______
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