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Decreto No. 0501-2024-1078-LCU | Poder Judicial
Edicto No. 0501-2024-1078-LCU — Aviso de Cancelación y Reposición de Título Valor - Certificado BANCO FICENSA
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Resumen
Un juzgado publica el aviso de cancelación y reposición de un certificado de depósito a plazo por L. 500,100.00 emitido por Banco Ficensa en 2019. El abogado Carlos Francisco Salgado Menjívar solicitó cancelar el documento original y obtener uno nuevo, según lo establecido en el Código de Comercio.
Texto completo
EXP. 0501-2024-1078-LCU
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Civil de la
Sección Judicial de San Pedro Sula, al público en general y
para efectos de la Ley y según lo establecido en el artículo
634, párrafo tercero y 640 del Código de Comercio. HACE
SABER: Que en la Solicitud de Cancelación y Reposición
de Título Valor, presentada por el Abogado CARLOS
FRANCISCO SALGADO MENJÍVAR, en su condición
personal, del título valor que se solicita Cancelación y
Reposición, siendo este: Un Certificado de Depósito a Plazo
No Negociable en lempiras número 13050, extendido por
BANCO FICENSA S.A., por la suma de QUINIENTOS
MIL CIEN LEMPIRAS EXACTOS (L. 500,100.00) en la
ciudad de San Pedro Sula, Cortés en fecha diecinueve (19)
de noviembre del año dos mil diecinueve (2019).
En la ciudad de San Pedro Sula, Cortés, a los veintidós (22)
días del mes de mayo del año 2024.-
MARTHA SUYAPA CHAVARRIA,
SECRETARIA ADJUNTA
19 J. 2024 ________
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es fiel con el original que recibimos para
el propósito.
La G aceta
Sección B A v isos L egales
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P
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BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 21 D E J U N I O D E L 2024 N o . 36,566
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras
AVISO
El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo
cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados
y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER:
Que en fecha nueve (09) de febrero del dos mil veinticuatro
(2024), compareció ante este Juzgado el señor SERGIO
ALEJANDRO MARTINEZ RAUDALES, incoando
demanda en materia personal. Con orden de ingreso
número 0801-2024-00144, se interpone demanda mediante
procedimiento especial en materia de personal para que se
declare la ilegalidad y nulidad de un acto administrativo de
carácter particular consistente en el Acuerdo de Cancelación
número SE-IP-022-2024 de fecha dieciséis (16) de enero
del año dos mil veinticuatro (2024), por dictarse en
contravención a derecho, por infringir el ordenamiento
jurídico y por contener vicios de nulidad y quebrantamiento
de las formalidades esenciales establecidas en la ley.- Que
se reconozca la situación jurídica individualizada y adoptar
medidas necesarias para el pleno restablecimiento del
derecho.- Se solicita el reintegro a las funciones de igual o
mejor categoría y a título de daños y perjuicios el pago de
sueldos dejados de percibir desde la fecha de cancelación
hasta que con sujeción de las normas procesales quede firme
la sentencia.- Más el pago de beneficios que ocurran durante
el juicio, tales como el décimo tercero y décimo cuarto
mes de salario, vacaciones y bonificación por concepto de
vacaciones.- Condena en costas.- Habilitación de días y
horas inhábiles para efectuar cualquier actuación judicial.-
Se acompañan documentos.- Poder.- Cotejo y devolución.
HAMELIN FANUEL AVILA
SECRETARIO, POR LEY
21 J. 2024
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