Edicto — Edicto de publicación de extracto de demanda contencioso administrativa
Poder Judicial
- Publicación: 24 de mayo de 2024
- Órgano emisor: Poder Judicial
- Gaceta: 36,542
- Categoria: Administrativo
Resumen
Este documento publica extractos de demandas contencioso-administrativas en los que ciudadanos y organizaciones impugnan actos administrativos del Estado (como cancelaciones de licencias, resoluciones de institutos públicos). Se notifica a las partes demandadas para que comparezcan ante los juzgados correspondientes en los plazos legales establecidos.
Texto completo
Este extracto deberá ser publicado en tres veces, de treinta en treinta en el periódico OFICIAL y en la tabla de avisos de este Tribunal y con caracteres que sean fácilmente legibles para el lector. Tegucigalpa, M.D.C., 15 de mayo del 2024 ABG. GABRIELA RIVERA O. SECRETARIA ADJUNTA 24 M., 24 J., y 24 J. 2024 _______ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Tegucigalpa M.D.C. República de Honduras, C.A. AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, con sede en Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 08 de abril del 2024, compareció a éste, el ciudadano WUERYN ENRIQUE ALVAREZ VELASQUEZ, en su condición personal, por la VÍA DEL PROCEDIMIENTO ESPECIAL EN MATERIA PERSONAL para la declaración de ilegalidad y nulidad del acto administrativo impugnado consistente en el ACUERDO DE CANCELACION No. SE-IP-217-2024 de fecha 21 de marzo del 2024, emitido por el Instituto de la Propiedad, reconocimiento de una situación jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento se adopten las medidas establecidas en el artículo 112 de la Ley de Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo; contra el Estado de Honduras a través de la Procuraduría General de la República, quedando registrada en esta Judicatura bajo el orden de ingreso No. 0801-2024-00296. Asimismo, se hace la advertencia que los legitimados como parte demandada con arreglo al inciso C) del artículo 17 de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo y los coadyuvantes se entenderán EMPLAZADOS con la presente publicación. ABG. RUTH ALEJANDRA CASTELLON CERRATO SECRETARIA ADJUNTA 24 M. 2024
PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Tegucigalpa, M.D.C. República de Honduras, C.A. AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, con sede en Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 08 de noviembre del 2023, compareció a este por el Abogado JACOBO JOSE FONSECA, en su condición de representante legal de la ciudadana MARIEL ALEJANDRA LOPEZ, su condición personal, por la VÍA DEL PROCEDIMIENTO ESPECIAL EN MATERIA PERSONAL, para la declaración de ilegalidad y nulidad de los Actos Administrativos impugnados consistentes en el ACUERDO DE CANCELACIÓN No. ADUANAS- DE-GNGTH-271-2023, de fecha 18 de octubre del 2023, emitidos por la Administración Aduanera de Honduras, reconocimiento de una situación jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento se adopten las medidas establecidas en el artículo 112 de la Ley de Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo; contra el Estado de Honduras, a través de la Procuraduría General de la República, quedando registrada en esta Judicatura bajo el orden de ingreso No. 0801-2023-01208. Asimismo, se hace la advertencia que los legitimados como parte demandada con arreglo al inciso C) del artículo 17 de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo y los coadyuvantes se entenderán EMPLAZADOS con la presente publicación. ABG. RUTH ALEJANDRA CASTELLON CERRATO SECRETARIA ADJUNTA 24 M. 2024 ________ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO La infrascrita, Secretaria, por Ley del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicrión, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha treinta (30) de enero del año dos mil veinticuatro (2024), compareció a este Juzgado señor BAYRON ADOLFO CARCAMO FLORES, interponiendo demanda especial en materia ordinaria, con número de ingreso 0801- 2024-00113, contra el ESTADO DE HONDURAS, a través el COLEGIO PROFESIONAL SUPERACIÓN MAGISTERIAL HONDUREÑO (COLPROSUMAH), incoando demanda ordinaria para la nulidad de un Acto Administrativo materializado en las Resoluciones números 27-2023-C.N.E-COLPROSUMAH-2023 y 32-2023-C.N.E COLPROSUMAH-2023, emitidas por el Consejo Nacional Electoral del Colegio Profesional Superación Magisterial Hondureño (COLPROSUMAH).- Que se declare la ilegalidad y nulidad de estas.- Que se reconozca consecuentemente la situación juridica individualizada y para su pleno restablecimiento, que se deje sin valor ni efecto lo resuelto en las mismas. Se proponen y relacionan medios de prueba. Se acompaña documentos. Anexos. Poder. En relación a las Resoluciones números 27-2023-C.N.E COLPROSUMAH.- 2023 y 32-2023-C.N.E-COLPROSUMAH-2023. ABG. TANNIA R. CASTILLO SIERRA SECRETARIA, POR LEY 24 M. 2024 ________ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Tegucigalpa, M.D.C. República de Honduras, C.A. AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, con sede en Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 20 de septiembre del 2023, compareció a este Juzgado por el Abogado Pedro Antonio Ortega Andino, en su condición de representante procesal de los ciudadanos, Edwyn Antony Aguilar Lopez y Maribel Caceres Mena, por la vía del procedimiento Personal, para la declaración de ilegalidad y nulidad del Acto Administrativo impugnado consistente en el ACUERDO No. 104-2023, de fecha 28 de agosto de 2023, ACUERDO No. 106-2023, de fecha 28 de agosto de 2023, emitido por actuaciones del Instituto Nacional de Migración. Que se reconozca una situación jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento se adopten las medidas necesarias establecidas en el artículo 112 de la Ley de Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo. Quedando registrada en esta Judicatura bajo el orden de ingreso No. 0801-2023-01031. Asimismo, se hace la advertencia que los legitimados como parte demandada con arreglo al inciso C) del artículo 17 de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo y los coadyuvantes se entenderán EMPLAZADOS con la presente publicación. ABG. RUTH ALEJANDRA CASTELLON CERRATO SECRETARIA ADJUNTA 24 M. 2024
Sección “B” PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SAN PEDRO SULA, CORTÉS AVISO El infrascrito, Secretario del juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo con sede en la Ciudad de San Pedro Sula, Departamento de Cortés, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la ley de la jurisdicción de lo Contencioso Administrativo a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: que en fecha diecinueve de abril del año dos mil veinticuatro (2024) el Abogado Rosman Wilfredo Montiel Flores, en su condición de Apoderado Judicial del señor Roberto Alcides Sánchez Herrera, quien a su vez actúa en condición de Presidente y Representante Legal del Sindicato de Trabajadores de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (SITRAUNAH).- Interpone demanda con número de Correlativo 0501-2024-00066.-LAP y número asignado en el Juzgado 67-2024-S.P.S.- Contra el Estado de Honduras, representado legalmente por el Procurador General de la República, Abogado Manuel Antonio Díaz Gáleas, por actos de la Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social. Demanda en materia ordinaria, para que se decrete la nulidad de un Acto Administrativo consiste en la resolución N°. 046-2024 de fecha veintidós de febrero del año dos mil veinticuatro y notificada en fecha ocho de marzo del año dos mil veinticuatro que confirma la resolución de recurso de apelación número 403-2023 de fecha quince de diciembre del año dos mil veintitrés que resuelve el recurso de apelación interpuesto contra la resolución N°. DGT 071/2022 emitido por la Dirección General del Trabajo de la Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social, dictada el seis de junio del año dos mil veintidós dadas en el expediente administrativo 062/2022/DGT, por haberse dictado en evidente infracción al ordenamiento jurídico vigente, exceso y desviación de poder, violación a la Ley de Procedimiento Administrativo y la Ley General de la Administración Pública.- estatutos vigente y de obligatoria aplicación el Sindicato de Trabajadores de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (SITRAUNAH), reconocimiento de la situación juridica individualizada y para su pleno restablecimiento se ordene como medida necesaria el no registro de la juta directiva impugnada y que cualquier fondo que sea haya utilizado por esa Ilegal Junta Directiva deba de ser devuelta por la Secretaría de esta en los Despacho de Trabajo y Seguridad Social al Sindicato que Representa.- Suspensión del Acto Impugnado.- COSTAS. San Pedro Sula, Cortés, dieciséis de mayo del año dos mil veinticuatro. Licenciado: Juan Antonio Madrid Guzmán Secretario General 24 M. 2024 _____ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO La infrascrita, Secretaria, por Ley del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintitrés (23) de enero del año dos mil veinticuatro (2024), compareció a este Juzgado el Abogado JORGE LEONIDAS CALDERON LAINEZ, en su condición de Representante Procesal del señor JORGE ALBERTO HERRERA FLORES, con número de ingreso 0801- 2024-00063, contra la UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE HONDURAS (UNAH), interponiendo demanda especial en materia de Licitación o Concurso, según sección tercera del capítulo cuarto de la ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo. Se demanda la nulidad de un Acto Administrativo que surte los mismos efectos de una resolución expresa al evidenciar un comportamiento que es unívoco e incompatible con una voluntad distinta. Que se reconozca la situación jurídica individualizada del único opositor resultante del proceso de concurso y para su restablecimiento se ordene su nombramiento o en su defecto se condene al pago de cantidad determinada según el ejercicio del cargo que se ha visto vedado por el acto ilegal de que trata. Se acompañan documentos. Anexos; En relación al oficio JDU UNAH No.77-2024 de fecha 16 de enero del 2024. ABG. TANNIA R. CASTILLO SIERRA SECRETARIA, POR LEY 24 M. 2024