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20 de junio de 2017Vigente

Edicto — Aviso de Título Supletorio de Dominio - Marciano Contreras Vargas

Juzgado de Letras Seccional, La Entrada, Copán

  • Publicación: 20 de junio de 2017
  • Órgano emisor: Juzgado de Letras Seccional, La Entrada, Copán
  • Gaceta: 34,369

Texto completo

AVISO DE TÍTULO SUPLETORIO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Seccional de esta ciudad, al público en general HACE SABER: Que con fecha diez de mayo del año dos mil diecisiete, el señor MARCIANO CONTRERAS VARGAS, a través de su apoderado legal Abog. EDUARDO ALFREDO LÓPEZ REYES, presentó un Título Supletorio de Dominio de un inmueble rural, ubicado en el lugar denominado en la comunidad de Valle María, jurisdicción del municipio de San Jerónimo Copán, el cual tiene la relación de la medidas siguientes: DEL PUNTO UNO AL PUNTO DOS, RUMBO S25º00’00”E, DISTANCIA DE DIECISEIS METROS (l6 Mts.), COLINDA CON LAURO PINEDA; DEL PUNTO DOS AL PUNTO TRES, S23º00’00”E, DISTANCIA DE VEINTISIETE PUNTO CINCUENTA METROS (27.50 Mts.), COLINDA CON LAURO PINEDA; DEL PUNTO TRES AL PUNTO CUATRO, S65º00’00”0, DISTANCIA DE DIEZ PUNTO CERO CINCO METROS (10.05 Mts.) CON NEPTALI COTO;DEL PUNTO CUATRO AL PUNTO CINCO, CON RUMBO S20º00’00”E, DISTANCIA DE VEINTITRÉS PUNTO CINCUENTA Y CINCO METROS (23.55 Mts.), COLINDA CON NEPTALI COTO; DEL PUNTO CINCO AL PUNTO SEIS, RUMBO DE S76º25’47”0, DISTANCIA DE QUINCE PUNTO CUARENTA Y UN METROS (15.41 Mts.), CARRETERA INTERNACIONAL; DEL PUNTO SEIS AL PUNTO SIETE, RUMBO S80º40’54”0, DISTANCIA DE CINCO PUNTO SETENTA METROS (5.70 Mts.), CARRETERA INTERNACIONAL; DEL PUNTO SIETE AL PUNTO OCHO, RUMBO DE S05º00’00”E, DISTANCIA DE SEIS PUNTO TREINTA Y CINCO METROS (6.35 Mts.), CARRETERA INTERNACIONAL; DEL PUNTO OCHO AL PUNTO NUEVE, RUMBO DE S69º01’09”0, DISTANCIA DE TREINTA Y SIETE PUNTO NOVENTA METROS (37.90 Mts.), COLINDA CON CARRETERA INTERNACIONAL; DEL PUNTO NUEVE AL PUNTO DIEZ RUMBO DE N 07º00’00”0, DISTANCIA DE DIECISEIS PUNTO SESENTA METROS (16.60 Mts.) CON LAURO PINEDA; DEL PUNTO DIEZ AL PUNTO ONCE, RUMBO DE N07º00’00”0, DISTANCIA DE DIECISIETE PUNTO SETENTA Y CINCO METROS (17.75 Mts.), CON LAURO PINEDA; DEL PUNTO ONCE AL PUNTO DOCE, RUMBO DE N15º00’00”O, DISTANCIA TREINTA Y TRES PUNTO CINCUENTA METROS (33.50 Mts.) CON LAURO PINEDA; DEL PUNTO DOCE AL PUNTO U NO,RUMBON65º00’00”E,DISTANCIA DE CINCUENTA Y SIETE PUNTO VEINTE METROS (57.20 Mts.) CON LAURO PINEDA; CON UN AREA TOTAL DE TRES MIL NOVECIENTOS SESENTA Y OCHO PUNTO VEINTIDOS METROS (3,968.22 Mts.) igual a CINCO MIL SEISCIENTAS NOVENTA Y UNO PUNTO CUARENTA Y CINCO VARAS CUADRADAS (5, 691.45 Vrs2) equivalente a CERO PUNTO CINCUENTA Y SIETE DE MANZANAS, (0.57 Mz.). La Entrada, Copán 24 de mayo del año 2017. TELMA YOLANDA CHINCHILLA SECRETARIA 20 J., 20 J. y 21 A. 2017. JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO La infrascrita, Secretaria Adjunta del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 08 de febrero de 2017, el Abogado José Guillermo Ayala Martínez, en su condición de apoderado legal de la señora María Auxiliadora Sierra Ramírez, incoando demanda ordinaria para la nulidad de un acto administrativo, consistente en la Resolución DI No. 181- 2016, emitida por la Dirección Interna del Instituto Nacional de Jubilaciones y Pensiones de los Empleados y Funcionarios del Poder Ejecutivo (INJUPEMP) con respecto a la solicitud de anulación de trámite de adquisición por traspaso. Devolución de cuotas pagadas. Ejecución de seguro de vida. Se Reconozca la Situación Jurídica Individualizada y para su pleno restablecimiento que se ordene la devolución inmediata de todas las cuotas pagadas por la demandante en concepto de pago de préstamo hipotecario mas la que se vayan generando, en virtud que el trámite nunca fue inscrito ante el Instituto de la Propiedad, por ende no ha surtido efectos ante terceros.- Ejecución de póliza por seguro de vida.- Poder; en relación con la Resolución DI No. 181-2016, alegando que dicho acto no es conforme a derecho. LIC. LIKZA GISSEL MARTÍNEZ SUAZO SECRETARIA ADJUNTA 20 J. 2017.