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28 de agosto de 2018Vigente

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Juzgado de Letras Seccional de Tocoa

  • Publicación: 28 de agosto de 2018
  • Órgano emisor: Juzgado de Letras Seccional de Tocoa
  • Gaceta: 34,730

Texto completo

AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Fiscal Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 26 de Enero del año 2018, el Abogado Virgilio Umanzor, en su condición de representante procesal de las Sociedades Mercantiles Industrias Turísticas de Honduras, S.A de C.V. (INTUR), Donas Internacionales, S.A de C.V., Pizza Pizza Honduras, Sociedad de Capital Variable (antes Restaurantes del Cesar, S.Ade C.V.), interpuso demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No.0801-2018-00033 Fiscal, contra la Alcaldía Municipal del Progreso, departamento de Yoro, incoando Demanda Procedimiento Especial. Materia Tributaria o Impositiva se interpone demanda que interpongo para que se declare no conforme a derecho y se anule parcialmente un acto administrativo de carácter general consistente en el Plan de Arbitrios de la Municipalidad del Progreso, departamento de Yoro, correspondiente al año 2018, específicamente la tasa de recolección de basura a franquicias internacionales, establecida en el inciso b) del inciso b) no domiciliarios o de explotación del artículo 56 denominado clasificación de servicios vinculados a Limpieza, Recolección y Disposición de residuos Sólidos, Alcantarillado Sanitario, Bomberos, Tasa de Emegencia Municipal, del capítulo II denominado "Limpieza, Recoleción y Disposición final de Residuos sólidos, Alcantarillados Sanitario, Bomberos, Tasa Municipal de Emergencia", de dicho Plan de Arbitrios, por haberse dictado infiriendo el ordenamiento jurídico vigente. MARGARITA ALVARADO GALVEZ SECRETARIA ADJUNTA 28 A. 2018. JUZGADO DE LETRAS FISCAL ADMINISTRATIVO AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Fiscal Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 26 de enero del año 2018, el Abogado Virgilio Umanzor en su condición de representante procesal de la Sociedad Mercantil Azucarera del Norte, S.A de C.V., interpuso demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No.0801- 2018- 00032 Fiscal, contra la Alcaldía Municipal de Santa Rita, departamento de Yoro, incoando Demanda Procedimiento Especial. Materia Tributaria o Impositiva se interpone JUZGADO DE LETRAS FISCAL ADMINISTRATIVO AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Fiscal Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintiséis (26) de enero del dos mil dieciocho (2018), interpuso demanda ante este Juzgado el Abogado Virgilio Umanzor, en su condición de Representante Procesal de la Sociedad Mercantil AZUCARERA DEL NORTE, S.A. de C.V. (AZUNOSA), con orden de ingreso número 0801- 2018-00031 Fiscal, contra la Municipalidad de Santa Cruz de Yojoa, departamento de Cortés, incoando demanda especial en materia Tributaria o Impositiva para que se declare no conforme a Derecho y se anule parcialmente un Acto Administrativo de carácter general consistente en el Plan de Arbitrios de la Municipalidad de Santa Cruz de Yojoa, departamento de Cortés, correspondiente al año 2018, específicamente la tasa de impacto ambiental establecida en su artículo 230 numeral 14 párrafo primero del Capítulo II denominado "Permisos de Operación de Negocios" del Título III "Ingresos Permanentes, Eventuales, Administrativos y Derechos", por haberse dictado infringiendo el ordenamiento jurídico vigente, así como también que se declare el reconocimiento de una situación jurídica individualizada y se adopten las medidas necesarias para su disposición impugnada no le sea aplicable a mi representada. LIC. CINTHIA G. CENTENO SECRETARIA ADJUNTA 28 A. 2018. ________ demanda para que se declare no conforme a derecho y se anule parcialmente un acto administrativo de carácter general consistente en el Plan de Arbitrios de la Municipalidad de Santa Rita, departamento de Yoro, correspondiente al año 2018, específicamente la tasa por servicio de uso de suelo municipal para transportar las aguas superficiales por el canal de irrigación, establecida en su artículo 110, por haberse dictado infringiendo el ordenamiento jurídico vigente; asimismo, que se declare el reconocimiento de una situación jurídica individualizada y la adopción de medidas necesarias para su pleno restablecimiento, consistente en que la disposición impugnada no le sea aplicable a mi representada. MARGARITA ALVARADO GALVEZ SECRETARIA ADJUNTA 28 A. 2018. ________

Secc ITUTO DE LA PROPIEDAD CERTIFICACIÓN El infrascrito, Registrador de la Propiedad Industrial dependiente de la Dirección General de Propiedad Intelectual. Certifica. La Resolución que literalmente dice: