Edicto No. 0801-2016-00615 — Demanda en Materia de Personal Contencioso Administrativo
Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
- Decreto: 0801-2016-00615
- Publicación: 21 de abril de 2017
- Órgano emisor: Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
- Gaceta: 34,319
Texto completo
JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO REPÚBLICA DE HONDURAS AVISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo en aplicación al Artículo cincuenta (50) de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, a los interesados y para los efectos legales correspondientes. HACE SABER: Que en fecha diez (1 O) de noviembre del año dos mil dieciséis (2016), compareció a este juzgado por la Abogada GLADYS ONDINA MATAMOROS ARÍAS, en su condición de representante procesal de los señores MIRNA YOLANDA AMADOR BARAHONA, ERCY ARIEL COREA NÚÑEZ, CÉSAR DANIEL JUNNIOR SALINAS GARCÍA y JOSÉ DANIEL BONILLA PARADA, incoando demanda en Materia de Personal Contencioso Administrativo, registrada bajo el número 0801-2016-00615, en contra del Estado de Honduras a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, contraída a pedir el reconocimiento de una Situación Jurídica Individualizada.- Que se adopten las medidas para su pleno restablecimiento ordenando el reintegro al trabajo y a los grados de los cuales los cancelaron.- Pago de los salarios dejados de percibir más los reajustes a que tengan Derecho en su ausencia y sean otorgados a los demás Servidores Públicos.- Que mediante sentencia condenatoria se ordene los ascensos a los que por Ley tienen Derecho y los beneficios en el Instituto de Previsión Militar.- Bonos.- Décimo tercero y décimo cuarto mes de salario.- Vacaciones comunes y corrientes.- Nulidad de unos Actos Administrativos emitidos con exceso y abuso de poder violentando garantías constitucionales.- Violentando el Debido Proceso.- Por violentar el Derecho a defensa que es inviolable.- Que se declare no ser conforme a Derecho unos Actos Administrativos y como consecuencia que se decrete la nulidad de los mismos Acuerdos números:
- 1)
2352-2016 de fecha 14 de octubre del 2016 contenido en el oficio SEDS- SG-3171-2016 de fecha 17 de octubre del 2016 y notificado el 20 de octubre del2016;
- 2)
2662-2016 de fecha 25 de octubre del 2016 contenido en el oficio SEDS-SG-3475-2016 de fecha 25 de octubre del 2016 y notificado el día 2 de noviembre del 2016;
- 3)
2652-2016 de fecha 25 de octubre del 2016 contenido en el oficio SEDS-SG-3465-2016 de fecha 25 de octubre del2016 y notificado el2 de noviembre del2016;
- 4)
2707-2016 de fecha 25 de octubre del2016 contenido en el oficio SEDS-SG-3520-2016 de fecha 25 de octubre del 2016 y notificado en la Cédula de Notificación en la Tabla de Avisos del Despacho de la Secretaría de Seguridad de fecha 4 de noviembre del 2016.- Poder.- Petición.- Especial condena en costas.- Por violación de Derechos Humanos. Por manchar el honor y estigmatizar a los cancelados. Se acompañan documentos debidamente autenticados. Y se señala lugar donde obran otros. Se relacionan hechos de la demanda con sus medios de prueba. ABOG. KARINA ELIZABETH GALVEZ SECRETARIA ADJUNTA 21 A. 2017. U D I -D EG T-U N AH l i No. Solicitud: