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6 de marzo de 2017Vigente

Edicto No. 724-2016 — Aviso de Demanda en Materia de Personal contra Secretaría de Seguridad

Juzgado de Letras Contencioso Administrativo

  • Decreto: 724-2016
  • Publicación: 6 de marzo de 2017
  • Órgano emisor: Juzgado de Letras Contencioso Administrativo
  • Gaceta: 34,282

Texto completo

JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo,en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta Jurisdicción y para los efectos legales correspondientes. HACE SABER: Que en fecha veintinueve de noviembre del dos mil dieciséis, compareció a este Juzgado los señores Saira Yesenia Ulloa Ulloa, Miguel Ángel Montoya Castillo, Henry Róbelo Sosa Calix y Marlon Jos el y Hernández Romero, incoando demanda Personal contra el Estado de Honduras a través de la Secretaría de Seguridad, con orden de ingreso No.724-2016, para la nulidad de un acto administrativo de carácter particular en materia de personal, por la cancelación realizada mediante los acuerdos números 3342-2016 de fecha dieciocho (18) de noviembre dos mil dieciséis (2016), 3274-2016 de fecha diecisiete (17) de noviembre dos mil dieciséis (2016), 3251-2016 de fecha diecisiete (17) de noviembre dos mil dieciséis (2016), 3325- 2016 de fecha dieciocho (18) de noviembre dos mil dieciséis (2016), así como las notificaciones de cancelación de fechas veinticinco (25) de noviembre dos mil dieciséis (2016), veinticuatro (24) de noviembre dos mil dieciséis (2016), y de fecha veintiocho (28) de noviembre dos mil dieciséis (2016) mismas que me entregar on mediante oficios SEDS-SG-4295- 2016, SEDS-SG-4256-2016, SEDS-SG-4233-2016, SEDS-SG-4345-2016, además del reconocimiento de las situaciones jurídicas individualizadas por la cancelación ilegal e injustificada y como medidas para su pleno restablecimiento de los derechos de nuestros representados se ordene mediante sentencia el reintegro sus puestos de trabajo y a título de daños y perjuicios el pago de los sueldos y salarios dejados de percibir desde el despido o cancelación ilegal e injustificado, pago de decimocuarto mes de salarios, décimo tercer mes de salarios, vacaciones, aumentos ascensos a la escala inmediata superior en su promoción desde la fecha de cancelación hasta que se ejecute la sentencia, costas del juicio, pago de honorarios profesionales, se adjunta documentos, poder.- En relación al acto impugnado consistente en los Acuerdos de cancelación N°. 3342-2016 de fecha 18 de noviembre del 2016, N°. 3274-2016 de fecha 17 de noviembre del 2016, N°. 3251-2016 de fecha 17 de noviembre del 2016, N°. 3325-2016 de fecha 18 de noviembre del 2016. ABOG. HERLON DAVID MENJIVAR SECRETARIO ADJUNTO 6 M. 2017.