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18 de abril de 2023Vigente

Edicto No. 0801-2022-00421 — Demanda contencioso administrativa de Cristian Josué Oyuela Flores contra el Estado de Honduras

Juzgado de Letras Contencioso Administrativo

  • Decreto: 0801-2022-00421
  • Publicación: 18 de abril de 2023
  • Órgano emisor: Juzgado de Letras Contencioso Administrativo
  • Gaceta: 36,206

Texto completo

JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Contencioso Administrativo, en aplicación del Artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 20 de mayo del año 2022, comparece el señor Cristian Josué Oyuela Flores interpuso demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No.0801-2022-00421, contra el Estado de Honduras a través del Instituto de la Propiedad, incoando demanda contencioso administrativo, de procedimiento especial en materia de personal, para que se declare la ilegalidad y nulidad de un acto administrativo de carácter particular, el que fue dictado con infracción al ordenamiento jurídico, quebrantamiento de las formalidades esenciales, incluso con exceso y desviación de poder. Reconocimiento de una situación jurídica individualizada por haber lesionado los derechos fundamentales y para su pleno restablecimiento se, ordene el reintegro a mi puesto de trabajo como derecho alternativo u otro de igual categoría y salario.- Se condene al Estado de Honduras por actuaciones del Instituto de la Propiedad a pagar una indemnización de daños y perjuicios por concepto de sueldos dejados de percibir, que me corresponden a partir de la fecha que fuí removido injustamente de mi cargo que fue el 05 de mayo de 2022, así como el pago de todos los aumentos y beneficios que se produzcan durante dure el presente proceso, más el pago de los derechos adquiridos como ser: vacaciones, décimo tercer mes en concepto, aguinaldos y catorceavo mes en forma completa o proporcional según sea el caso, los que deberán ser calculados de acuerdo al último sueldo devengado y el pago de otros derechos y beneficios que me corresponden.- Costas del juicio.- Habilitación de días y horas inhábiles.- Me reservo el derecho a las prestaciones en el caso de que el reintegro se torne materialmente imposible o no se ordene su procedencia.- Se presentan documentos.- Petición.- Poder, En relación al Acuerdo de Cancelación número IP-DGR- NO- 166-2022 de fecha 04 de mayo del 2022. MARGARITA ALVARADO GALVEZ SECRETARIA ADJUNTA 18 A. 2023