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12 de septiembre de 2025Vigente

Edicto No. 29-2025 — Aviso de demanda ante Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo - Nulidad de Acuerdo de Cancelación Aduanero

Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo de San Pedro Sula

  • Decreto: 29-2025
  • Publicación: 12 de septiembre de 2025
  • Órgano emisor: Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo de San Pedro Sula
  • Gaceta: 36,941

Texto completo

PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SAN PEDRO SULA, CORTÉS AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo con sede en ciudad de San Pedro Sula, departamento de Cortés, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de la jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, a los interesados y para los efectos legales correspondientes; HACE SABER: Que en fecha ocho de agosto del año dos mil veinticinco, la Abogada Maria Guadalupe Castro Guardado, en su condición de Apoderado Judicial de la Sociedad Distribuciones Universales, S.A. DE C.V.- Interpone demanda con número de Correlativo 0501- 2025-00068-LAO.- Contra el Estado de Honduras, representado legalmente por el Procurador General de la República, Abogado Manuel Antonio Díaz Gáleas, por actos de la Secretaría de Estado en los Despachos de Desarrollo Económico Protección al Consumidor. Demanda en materia ordinaria para que se impugne en forma directa un Acto Administrativo de carácter individual consistente en la resolución número DRPC-N°076-2025, de fecha veinticuatro de junio del año dos mil veinticinco (2025), emitida por la Secretaría de Estado en los Despachos de Desarrollo Económico por medio de la Dirección Regional Nor-Occidental de Protección al Consumidor. - Para que este tribunal se pronuncie en el sentido de no ser conforme a derecho, consecuentemente nulo y se declare la procedencia de esta acción.- Se adjunta la en fotocopia autenticada y documentos que acredita que esta legitimidad para ejercitar esta acción que se abra el juicio a pruebas, supleción del acto impugnado, que se reconozca una si tución jurídica individualizada, que se adopten las medidas necesarias para restituir íntegramente los derechos fundamentales consagrados en la Constitución. COSTAS. 28 de agosto del año 2025 LICENCIADO JUAN ANTONIO MADRID GUZMAN SECRETARIO GENERAL 12 S. 2025