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12 de junio de 2025Vigente

Edicto No. 0801-2025-00206 — Demanda de Ilegalidad y Nulidad de Resolución 1273-2024-SS - Daniela Ariana Hurst Spears y Hernán Alberto Álvarez Cuevas

Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo

  • Decreto: 0801-2025-00206
  • Publicación: 12 de junio de 2025
  • Órgano emisor: Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
  • Gaceta: 36,862

Texto completo

AVISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintidós (22) de mayo del año dos mil veinticuatro(2024),compareció ante este juzgado el Abogado Sergio Alejandro Martínez Raudales, en su condición de representante procesal de la señora Lia Mireya Mineros Medrano, incoando demanda vía procedimiento ordinario, contra el Estado de Honduras, a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud, con orden de ingreso número 0801-2024-00418, para que se declare ilegalidad y nulidad de un Acto Administrativo de carácter particular consistente en la Resolución No. 344-2024-SS, de fecha doce (12) de marzo del año dos mil veinticuatro (2024), notificada en fecha once (11) de abril del año dos mil veinticuatro (2024), emitida por la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud. Por no ser conforme a derecho al infringir el ordenamiento jurídico, con quebrantamiento de las formalidades esenciales establecidas en la ley.- Que se reconozca una situación jurídica individualizada de las titulares de derechos y adoptar como medidas necesarias para el pleno restablecimiento de las mismas, el reconocimiento mediante sentencia firme para que se otorgue a su representada el pago de los incrementos de salario, decimotercer mes, decimocuarto mes de salario, bono de vacaciones según la Ley del Estatuto del Médico Empleado en relación con la Ley de Reordenamiento del Sistema Retributivo del Gobierno Central, incentivo bienal, según Decreto 76-2008 y demás derechos a partir del 01 de enero del 2013, hasta la fecha de su retiro voluntario en fecha 01 de diciembre del 2021.- Intereses.- Costas del Juicio.- Se acompañan documentos.- Delegación de poder.- ALAN MAURICIO MARTÍNEZ MARTÍNEZ SECRETARIO ADJUNTO 12 J. 2025 ______ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO La infrascrita, Secretaria, por Ley del Juzgado de Letras Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha siete (7) de abril del año dos mil veinticinco (2025), compareció a este Juzgado el Abogado JORGE ALBERTO HERRERA FLORES, representante procesal del señor ESTEBAN SANTOS HERNANDEZ, interponiendo demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No.0801-2025-00286, contra el Estado de Honduras, a través de la SECRETARÍA DE SALUD, interpone demanda en materia Ordinaria para que se declare la ilegalidad y nulidad de un Acto Administrativo de carácter particular Consistente en la resolución No.75-2025-88, emitida por la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud (SESAL), en el reclamo 872-2021, se reconozca situación jurídica individualizada y como medidas necesarias para el pleno restablecimiento del derecho subjetivo vulnerado se reconozca mediante sentencia el pago de los incrementos de salario y reajuste del mismo conforme establece la Ley del Estatuto del Médico Empleado en relación con la Ley de Reordenamiento del Sistema Retributivo del Gobierno Central, incremento de salario bienal del 3.5% reajuste y pago de salarios, decimotercer mes, decimocuarto mes de salario, bono de vacaciones y demás derechos retroactivos a partir del 1 de enero del 2013, hasta la fecha de jubilación, pago de complemento de bonificación concedida según el artículo 47 del Estatuto del Médico Empleado con relación a las disposiciones contenidas en el artículo 120 reformado del Código de Trabajo, en consonancia con lo que manda el artículo 8, numeral 5 de la Ley del Estatuto del Médico Empleado. Se solicito a este tribunal que la presente demandas e trámite de acuerdo lo dispuesto a las Reglas de Brasilia número 3 de la Cumbre Iberoamericana Sobre Acceso a la Justicia de Personas en Condición de Vulnerabilidad. Intereses. Costas.de carácter particular emitido por la Secretaría de Salud (SESAL).- Intereses.- Costas.- Delegación de Poder. CINTHIA GUISELL CENTENO PAZ SECRETARIA ADJUNTA 12 J. 2025

PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A.