Edicto No. 0801-2018-00116 — Notificación de demanda especial contenciosa administrativa - Resolución No. 0140-SE-2017
Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
- Decreto: 0801-2018-00116
- Publicación: 29 de agosto de 2018
- Órgano emisor: Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
- Gaceta: 34,731
Texto completo
AVISO La infrascrita Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha siete (07) de marzo del dos mil dieciocho (2018), interpuso demanda ante este Juzgado la Abogada Yuni Maribel Gómez, en su condición de Representante Procesal de los señores José Jeovany López Lagos, René Edgardo Rivera Martínez, Olman Alduvin Parrales y Alexis Arturo Méndez Se bill a,con orden de ingreso número0801-2018-00116, contra la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación, incoando demanda especial contenciosa administrativa ordinaria para que se declare la Nulidad e ilegalidad por no ser conforme a derecho, de unos Actos Administrativos de carácter particular consistente en la Resolución No. 0140-SE-2017 de fecha 09 de mayo del 2017.-Emitidos por la Secretaría de Estado en los Despachos de Educación Pública, así como el auto resolutivo de fecha 11 de noviembre del 2017, que resuelve el Recurso de Reposición por contener vicios de nulidad y emitido con infracción del ordenamiento jurídico inclusive el exceso y desviación de poder.- Reconocimiento de una situación jurídica individualizada y como medida para el pleno restablecimiento de los derechos de mis representados que se ordene a través de la sentencia definitiva se haga efectivo el pago adeudado por concepto de reajuste salarial así como de los derechos adquiridos en cumplimiento de arancel del profesional de las Ciencias Agrícolas por categoría Profesional aprobados por el COLPROCAH Y CINAH.- Se acompañan documentos o anexos.- Poder. LIC. CINTHIA G. CENTENO SECRETARIA ADJUNTA 29 A. 2018.