Certificación No. SG-SAG-026-2021 — Certificación de Inscripción del Nombramiento de Liquidadores de la Empresa Asociativa Campesina de Producción La Villa No. 1
Secretaría de Agricultura y Ganadería
- Decreto: SG-SAG-026-2021
- Publicación: 17 de agosto de 2021
- Órgano emisor: Secretaría de Agricultura y Ganadería
- Gaceta: 35,690
Texto completo
El infrascrito, Secretario General de la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería (SAG), CERTIFICA: Que en el expediente administrativo que contiene las diligencias de SOLICITUD DE DISOLUCIÓN y LIQUIDACIÓN DE UNA EMPRESA ASOCIATIVA CAMPESINA DE PRODUCCIÓN denominada "LA VILLA No. 1", ubicada en el lugar denominado Flores, jurisdicción del municipio de La Villa de San Antonio, departamento de Comayagua, recibido vía correo electrónico, en razón de la emergencia sanitaria producida por la Pandemia del COVID-19, con procedencia del Instituto Nacional Agrario (INA), una vez que ha sido revisado, consta que en fecha veintidós (22) de enero del año dos mil veinte (2020), la Abogada CARMEN EMILSE PORTILLO ALVARADO, inscrita en el Colegio de Abogados de Honduras, bajo el Número 22384, actuando en su condición de Apoderado Legal de la Empresa Asociativa de Campesinos de Producción “LA VILLA No. 1”, presentó ante la Oficina Regional del Instituto Nacional Agrario (INA) en Comayagua, la petición antes mencionada y que en el folio número treinta y ocho (38) del expediente de mérito, obra el informe de Investigación de Disolución y Liquidación de la Empresa Asociativa Campesina de Producción “LA VILLA No. 1”, emitido por Daniela Dayanara Bulnes Manueles/Comisión Liquidadora INA-Comayagua, de fecha catorce (14) de enero del año dos mil veintiuno (2021), se les solicitó a los socios que estructura ran la nueva junta directiva, continuando con el trámite legal correspondiente y con fundamento en el Artículo Artículos 116, 119, 120, 122 y 125dela Leyde Reforma Agraria;127,128,129del Estatuto de las Empresas Asociativas Campesinas, se procede a inscribir en el Libro de Liquidaciones de Empresas Asociativas Campesinas, el NOMBRAMIENTO DE LOS LIQUIDADORES de la Empresa Asociativa de campesinos de Producción “LA VILLA No. 1”, ubicada en el lugar denominado Flores, jurisdicción del municipio de La Villa de San Antonio, departamento de Comayagua, inscrita originalmente su Personería Jurídica en el Asiento No. 1858. Tomo No. 24. Folios 3 al 8, quedando debidamente inscrito dicho nombramiento de liquidadores bajo el Asiento No. 1858. Tomo IV, correspondiente al año 2021, misma que a la fecha, se encuentra en Proceso de liquidación, cabe señalar que en la personalidad jurídica de la empresa asociativa antes mencionada, únicamente aparecen como socios, los siguientes señores: SANTOS DOMINGO ORDOÑEZ VALLADARES; GABRIEL RIVERA RIOS; VICTOR MANUEL RUIZ LEZAMA; JOSE ADALBERTO GALLARDO CASTILLO; SANTOS WILBERTO RODRIGUEZ HERNANDEZ; ANGEL MARIA SORTO DOMINGUEZ; JORGE LUIS SANDOVAL ZUNIGA; SIMON CHAVARRIA ZUNIGA; RODULlO AMADOR RODRIGUEZ; JOSE DEL CID HIDALGO; SEBASTIAN RUIZ; EMIGDIO CHAVEZ DAVID; ERNALDO RODRIGUEZ AMADOR; GILBERTO HENRIQUEZ; FELICITO Ll CON A; FRANCISCO MEJIA; MANUEL DE JESUS MEJIA MEJIA; FAUSTO GALLARDO MORALES; ISIDRO BONILLA DONAIRE; ISAIAS ARIAS FLORES; SALOMON AMADOR CRUZ, la inscripción SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA CERTIFICACIÓN SG-SAG-026-2021
del Nombramiento de Liquidadores de la Empresa Asociativa Campesina de Producción denominada “LA VILLA No. 1”, se registra de conformidad con los siguientes aspectos:
- I)
Consta en el expediente de mérito, la providencia de fecha veintiocho (28) de enero del año dos mil veinte (2020), emitida por la oficina Regional Agraria para la Zona Central de Comayagua, en la cual, se nombran como liquidadores por parte del Instituto Nacional Agrario (INA), a los señores: DANIELA DAYANARA BULNES MANUELES y EDILBERTO MARTÍNEZ PEREZ;
- II)
De acuerdo al Informe de Investigación de Disolución y Liquidación de la Empresa Asociativa Campesina de Producción “LA VILLA No. 1”, emitido por Daniela Dayanara Bulnes Manueles/Comisión Liquidadora INA- Comayagua, de fecha catorce (14) de enero del año dos mil veintiuno (2021), mediante el cual, consigna que se comprobó que en el Acta No. 5, en reunión de asamblea celebrada el 27 de octubre del año 2019, aparece en la agenda, el punto de Disolución y Liquidación de la empresa, en vista que desde hace más de 20 años, la empresa trabaja de manera individual, imposibilitando el fin principal de la misma;
- III)
Obra en el expediente de mérito, la Certificación de fecha once (11) de enero del año dos mil veintiuno (2021), del Acta No. 6, en su punto número cinco (5), de la sesión ordinaria, se nombró como liquidador de la Empresa Asociativa Campesina de Producción denominada “LA VILLA No. 1”, al Señor JORGE LUIS SANDOVAL ZUNIGA, asimismo, en el punto número seis (6), de acuerdos y resoluciones, solicitan la Disolución y Liquidación de la Empresa Asociativa Campesina de Producción denominada “LA VILLA No. 1”, ante el Instituto Nacional Agrario;
- IV)
Consta en el expediente de mérito, el auto emitido por el Instituto Nacional Agrario (INA), de fecha dieciocho (18) de febrero del año dos mil veintiuno (2021), mediante el cual, consigna que se remita el expediente que contiene las diligencias de Disolución de la Empresa Asociativa de Campesinos de Producción “LA VILLA No. 1”, a la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería (SAG), para que se proceda a la inscripción en el Libro de Liquidaciones de Empresas Asociativas Campesinas, el Nombramiento de Liquidadores(as) de la Empresa Asociativa Campesina de Producción “LA VILLA No. 1”; V) Obra en el expediente de mérito, el Título Definitivo de Propiedad en Dominio Pleno , a favor de la Empresa Asociativa de Campesinos de Producción “LA VILLA No. 1”, por la cantidad de VEINTITRES HECTAREAS CON SETENTA Y CUATRO CENTESIMAS DE HECTAREA (23.74 Has), incoado en fecha 5 de noviembre de 1997, con un valor de CUARENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS NOVENTA LEMPIRAS CON VEINTIDOS CENTAVOS (L. 43,990.22). Dado lo anterior, procédase a la publicación por dos (2) veces consecutivas en el Diario Oficial “La Gaceta” del Acuerdo de Disolución y Nombramiento de Liquidadores de la Empresa Asociativa Campesina de Producción “LA VILLA No. 1”, conservando su personalidad jurídica mientras se realiza la liquidación. DOY FE. Tegucigalpa, M.D.C., 28 de junio del año 2021. ABG. JOSÉ LUIS ANDINO CARBAJAL SECRETARIO GENERAL 16 y 17 A