Decreto Legislativo — Artículos sobre exenciones tributarias del Préstamo BCIE
Congreso Nacional
- Publicación: 4 de junio de 2021
- Órgano emisor: Congreso Nacional
- Gaceta: 35,618
Articulos
Articulo 2.-
Los pagos bajo el Préstamo, incluyendo, entre otros, los realizados en concepto de capital, intereses, montos adicionales, comisiones y gastos estarán exentos de toda clase de deducciones, impuestos, derechos, tasas, contribuciones, recargos, arbitrios, aportes, honorarios, contribución pública, gubernamental o municipal y otros cargos hondureños.