Contrato — Contrato de Préstamo - Opinión Jurídica del Procurador General
Procuraduría General de la República
- Publicación: 4 de junio de 2021
- Órgano emisor: Procuraduría General de la República
- Gaceta: 35,618
Texto completo
érminos utilizados en el contrato de préstamo antes relacionado. Con el propósito de emitir esta opinión jurídica he revisado, entre otros documentos: El contrato de préstamo debidamente firmado por las partes (identificadas a mi entera satisfacción), los documentos legales de creación del Organismo Ejecutor otorgados por las autoridades competentes de conformidad a la actividad principal del Organismo Ejecutor y otros documentos relacionados con el contrato de préstamo cuya revisión considere necesaria o conveniente para tales efectos. Con fundamento en lo anteriormente expresado, me permito poner de su conocimiento lo siguiente:
- 1)
Existencia. El Prestatario es una persona jurídica y el Organismo Ejecutor son órganos, entidades, unidades u oficinas de carácter gubernamental u oficial creadas y válidamente existentes al amparo de las leyes de la República de Honduras.
- 2)
Autorización. El Prestatario tiene facultades suficientes para:
- a)
celebrar el contrato de préstamo y demás documentos principales; y
- b)
cumplir todas y cada una de sus obligaciones derivadas de dichos instrumentos, en los términos establecidos en los mismos.
- a)
- 3)
Decisiones. Las decisiones y actuaciones del Prestatario y del Organismo Ejecutor han sido tomadas de conformidad con lo establecido en los Documentos Legales de Creación y demás normas de carácter general o especial que regulan sus actuaciones. Asimismo, la celebración del contrato de préstamo, el cumplimiento por parte del Prestatario de las obligaciones a su cargo derivadas de estos documentos no se encuentra en violación, incumplimiento o conflicto con las mencionadas normas de carácter general o especial.
- 4)
Representación. Las personas que suscriben el contrato de préstamo, en nombre y representación del Prestatario, tienen plenas facultades, autorizaciones y poderes suficientes para actuar con la representación que ostentan en dicho contrato de préstamo, así como para obligar al Prestatario en términos establecidos en el mismo.
- 5)
Permisos y Licencias. Todas las autorizaciones, licencias, permisos, consentimientos, concesiones o resoluciones similares de parte de las autoridades respectivas, nacionales o municipales, de la República de Honduras que son relevantes para que el Organismo Ejecutor pueda realizar sus actividades, se encuentran vigentes o serán obtenidas previamente a que deban requerirse para la ejecución del Programa.
- 6)
Garantías. El Prestatario ha constituido en respaldo del préstamo otorgado garantía soberana de la República de Honduras.
- 7)
Contratos. El contrato de préstamo ha sido debidamente autorizado por las autoridades competentes y las obligaciones contenidas en el mismo constituyen obligaciones válidas y exigibles de conformidad con sus términos, de acuerdo con las leyes de la República de Honduras.
8. Condiciones MedioAmbientales. No se tiene evidencia razonable de que exista ninguna prohibición, multa o penalidad de carácter medio ambiental exigible por parte de la autoridad competente que pueda tener un cambio adverso significativo en la actividad y operación del Prestatario como consecuencia del incumplimiento de condiciones y medidas medio ambientales. 9. Impuestos. El Gobierno de Honduras mantendrá un control estricto sobre los usuarios de este Contrato de Préstamo una vez que el Programa entre en ejecución en el sentido de cumplir con el pago de impuestos de conformidad con la legislación vigente. 10.Cumplimiento de las Leyes. No existe incumplimiento de alguna ley, decreto, reglamento o regulación de la República de Honduras por parte del Prestatario. Esta opinión legal ha sido emitida en conexión con la lectura, análisis y revisión de los documentos anteriormente descritos y no podrá ser utilizada para ningún otro propósito, más que con el consentimiento expreso y la previa autorización por escrito del Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE). [Ciudad], a los _________ días del mes de ___________ del año _____. (Firma y Nombre del Procurador General)
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