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8 de febrero de 2021Vigente

Acuerdo Ejecutivo No. 018-2021 — Autorización para suscribir Contrato de Arrendamiento de Terreno Salado en Marcovia, Choluteca

Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería

  • Decreto: 018-2021
  • Publicación: 8 de febrero de 2021
  • Órgano emisor: Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería
  • Gaceta: 35,510

Considerandos

Que en fecha ocho de abril del año dos mil catorce, mediante Decreto Legislativo No. 335- 2013, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” bajo No. 33,403 de fecha 11 de abril del 2014, se crea la Ley de Fortalecimiento de la Camaricultura, cuya finalidad es establecer un conjunto de regulaciones orientadas a fortalecer la industria del camarón cultivado en sus distintas etapas, a fin de elevar su competitividad, de manera tal que continúe siendo un sector de amplias contribuciones a la economía y desarrollo nacional.

Que mediante Acuerdo Ejecutivo No. 768-2014 de fecha veintidós de agosto del año dos mil catorce, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” bajo No. 33,528 de fecha diez de septiembre del mismo año, se acuerda aprobar el Reglamento de la Ley de Fortalecimiento de la Camaricultura, el que en su artículo 5, 1 inciso f, establece que le corresponde a la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería (SAG): “Emitir Acuerdo Ministerial que instruye a la Procuraduría General de la República a suscribir Contrato de Arrendamiento o concesión o su respectiva renovación”, cuyo procedimiento común y momento procesal se desglosa en el Artículo 56 del cuerpo legal citado.

Que el Poder Ejecutivo por medio de la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería (SAG), es autoridad superior en materia de pesca y sus conexos, por consiguiente establece normas específicas, para la explotación de los recursos marinos de Estado.

Articulos

Articulo 1.-

Autorizar en base a la Resolución Ministerial SAG No. 273-2020, emitida por la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería (SAG), de fecha cuatro de enero del año dos mil veintiuno, que corre agregada bajo bajo el Expediente Administrativo VAR-008- 2016, a la señora Procuradora General de la República, para que en Nombre y Representación del Estado de Honduras, comparezca ante Notario Público, a SUSCRIBIR entre el Estado de Honduras y el Gerente General de la Sociedad Mercantil GRANJAS MARINAS SAN BERNARDO S.A. DE C.V., el CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE UN TERRENO SALADO DE NATURALEZA JURÍDICA NACIONAL, UBICADO EN LA ALDEA EL PURGATORIO, MUNICIPIO DE MARCOVIA, DEPARTAMENTO DE CHOLUTECA, con una vigencia de VEINTE (20) AÑOS, a partir de la fecha de la resolución respectiva y prorrogable a voluntad de las partes, cuya extensión superficial total otorgada es de MIL QUINIENTOS DIECINUEVE HECTÁREAS EXACTAS (1519.00 Has.) Y QUE DICHO TERRENO TIENE UNA PARTICULARIDAD, EN EL, SE ENCUENTRAN DOS (2) FRACCIONES QUE ESTAN DIVIDIDAS, LAS QUE SE IDENTIFICAN COMO: FRACCION NO. 1 Y FRACCION NO. 2, cuyas colindancias son las siguientes:

  • a)

    COLINDANCIAS PARA LA FRACCION NO. 1: AL NORTE, Colinda con la propiedad de Miguel Domínguez; AL SUR, Con Estero El Pedregal; AL ESTE, con Estero El Purgatorio; AL OESTE, Con el Estero Guipo;

  • b)

    COLINDANCIAS PARA LA FRACCION NO. 2: AL NORTE: AL NORTE, colinda con la propiedad de Miguel Domínguez; AL SUR, con Estero El Pedregal; AL ESTE, con Estero La Jagua;AL O ESTE, con el Estero El Purgatorio, las coordenadas de la Fracción No. 1 y de la Fracción No. 2, se enuncian en un considerando de la Resolución Ministerial 273-2020, emitida en fecha 4 de Enero del año 2021, sin limitar los requisitos que en el marco de su competencia la Procuraduría General de la República (PGR), considere deban quedar establecidos en protección y garantía del Estado de Honduras y la parte solicitante.

Articulo 2.-

El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”.

Articulo 3.-

Hacer las Transcripciones de Ley. COMUNÍQUESE: MAURICIO GUEVARA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERÍA ABOG. JOSÉ LUIS ANDINO CARBAJAL SECRETARIO GENERAL