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16 de diciembre de 2023Vigente

Certificación No. 17-2023 — Aprobación de Directiva Central y Tribunal de Honor del Partido Innovación y Unidad Social Demócrata (PINU-SD)

Consejo Nacional Electoral

  • Decreto: 17-2023
  • Publicación: 16 de diciembre de 2023
  • Órgano emisor: Consejo Nacional Electoral
  • Gaceta: 36,411

Considerandos

Que en fecha veintisiete (27) de julio de dos mil veintitrés (2023) la Abogada Margen Omelda Díaz Soto, Secretaria de la Directiva Central del Partido Innovación y Unidad Social Demócrata (PINU-SD), solicitó la inscripción en propiedad de las autoridades de dicho Partido Político, para completar el período de cuatro (04) años comprendido de dos mil veintidós a dos mil veintiséis (2022-2026), autoridades que fueron electas mediante Asamblea Nacional Extraordinaria en fecha veintiséis (26) de julio de dos mil veintitrés (2023), de la forma siguiente: CERTIFICACIÓN La Infrascrita Secretaria General del Consejo Nacional Electoral, CERTIFICA: La Resolución número 17-2023, de fecha diecisiete (17) de noviembre de dos mil veintitrés (2023), recaída en el Expediente 613-2022, que literalmente dice: “RESOLUCIÓN NO. 17-2023 CONSEJO NACIONAL ELECTORAL. TEGUCIGALPA, MUNICIPIO DEL DISTRITO CENTRAL, DIECISIETE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTITRÉS. VISTA: para dictar Resolución a la solicitud de inscripción en propiedad de la nueva Directiva Central del Partido Innovación y Unidad Social Demócrata (PINU-SD), misma que fue electa en Asamblea Nacional Extraordinaria en fecha veintiséis (26) de julio de dos mil veintitrés (2023), para completar el período de cuatro (04) años comprendido de dos mil veintidós a dos mil veintiséis (2022- 2026), presentada por la Abogada Margen Omelda Díaz Soto, actuando en su condición de Secretaria de la Directiva Central de dicho Instituto Político; diligencias contenidas en el expediente Administrativo No. 613-2022.

Que en fecha veintisiete (27) de julio de dos mil veintitrés (2023) la Abogada Margen Omelda Díaz Soto, Secretaria de la Directiva Central del Partido Innovación y Unidad Social Demócrata (PINU-SD), solicitó la inscripción en propiedad de las autoridades de dicho Partido Político, para completar el período de cuatro (04) años comprendido de dos mil veintidós a dos mil veintiséis (2022-2026), autoridades que fueron electas mediante Asamblea Nacional Extraordinaria en fecha veintiséis (26) de julio de dos mil veintitrés (2023), de la forma siguiente: DIRECTIVA CENTRAL Cargo Nombre Documento Nacional de Identificación Presidencia Doris Alejandrina Gutiérrez 0801-1947-02483 Vicepresidencia José León Aguilar 0615-1967-00615 Secretaría Margen Omelda Díaz Soto 0819-1969-00190 Fiscalía German Edgardo Leitzelar Hernández 0501-1969-02151 Secretaría de Género e Inclusión Kelin Damary Gómez Martínez 0801-1993-01509 Secretaría de Finanzas Jorge Rafael Aguilar Paredes 0801-1966-02858 Secretaría de Formación y Capacitación Política e Ideológica Iris Elizabeth Vigil Zelaya 0801-1956-03901 Secretaría de Organización y Desarrollo Institucional Rogelio Israel Padilla Valladares 0801-1961-02080 Secretaría de Ecología y Ambiente Ángela Rosa Cáceres Martínez 0606-1966-00566 Secretaría de Juventud Merlin Moisés Corrales Ordoñez 0601-1988-03573 Secretaría de Derechos Humanos e Inclusión Social Marixa Filomena Julin Zelaya 0107-1967-01535 TRIBUNAL DE HONOR Nombre Documento Nacional de Identificación Guillermo Enrique Valle Marichal 0801-1962-06050 Sonia Matilde Fiallos Fasquelle 0801-1942-03110 Osman Maldonado Ortiz 0501-1964-00488 Marisela Bustillo Zúniga 0801-1963-02238 Pablo Gerardo Rivas Tejeda 1501-1983-01429

Que mediante providencia de fecha catorce (14) de agosto de dos mil veintitrés (2023) se ordenó remitir las diligencias al Departamento de Asesoría Legal a fin de que emitieran el Dictamen correspondiente en relación a la inscripción de las autoridades en propiedad del Partido Innovación y Unidad Social Demócrata (PINU-SD).

Que en fecha veintitrés (23) de octubre de dos mil veintitrés (2023) se recibió el Dictamen Legal No. AL-144-DL-2023, proveniente del Departamento de Asesoría Legal, el cual en su parte de conclusiones expresa lo siguiente: “…OPINIÓN LEGAL: Esta Asesoría Legal y con la documentación de mérito, Dictamina FAVORABLE, la SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN EN PROPIEDAD DE LAS AUTORIDADES del Partido Innovación y Unidad Social Demócrata (PINU-SD), para completar el periodo de 4 años que establecen sus propios estatutos (2022-2026)”.

Que al hacerse mención que las autoridades en propiedad es para completar el período de cuatro (04) años, comprendido de dos mil veintidós a dos mil veintiséis (2022-2026), es en virtud que este Organismo Electoral mediante Resolución 17-2022 de fecha cuatro (04) de noviembre de dos mil veintidós (2022) aprobó de manera provisional las autoridades de dicho Partido con el apercibimiento que el Partido Innovación y Unidad Social Demócrata (PINU-SD) dentro del plazo de dos (2) meses, contados a partir de la publicación de la Adecuación de sus Estatutos a la Ley Electoral de Honduras, celebrara Asamblea y procediera a elegir sus Autoridades en propiedad, cumpliendo con el Principio de Paridad y el mecanismo de Alternancia, por lo que ha quedado constatado la publicación de sus Estatutos en el Diario Oficial La Gaceta número 36,239 de fecha veintisiete (27) de mayo de dos mil veintitrés (2023).

Que el Consejo Nacional Electoral, ha constatado que la elección de las autoridades en propiedad del Partido Innovación y Unidad Social Demócrata (PINU- SD), cumple con la normativa establecida en sus propios Estatutos y en la Ley Electoral de Honduras, asimismo se observa que cumple con el principio de Paridad y mecanismo de alternancia de conformidad con el artículo 75 de la misma Ley.

Que en la Certificación de fecha veintiséis (26) de julio de dos mil veintitrés (2023) extendida por la Secretaria del Directorio Nacional del PINU-SD, que corre agregada en autos, puede observarse que la elección de las autoridades en propiedad del Partido Innovación y Unidad Social Demócrata (PINU-SD) fue aprobada por unanimidad por los 30 delegados, 0 abstenciones y 0 en contra y que no hubo más planillas en contienda.

Que el Consejo Nacional Electoral (CNE) debe velar para que los partidos y cualquier otra Secretaría de Formación y Capacitación Política e Ideológica Iris Elizabeth Vigil Zelaya 0801-1956-03901 Secretaría de Organización y Desarrollo Institucional Rogelio Israel Padilla Valladares 0801-1961-02080 Secretaría de Ecología y Ambiente Ángela Rosa Cáceres Martínez 0606-1966-00566 Secretaría de Juventud Merlin Moisés Corrales Ordoñez 0601-1988-03573 Secretaría de Derechos Humanos e Inclusión Social Marixa Filomena Julin Zelaya 0107-1967-01535 TRIBUNAL DE HONOR Nombre Documento Nacional de Identificación Guillermo Enrique Valle Marichal 0801-1962-06050 Sonia Matilde Fiallos Fasquelle 0801-1942-03110 Osman Maldonado Ortiz 0501-1964-00488 Marisela Bustillo Zúniga 0801-1963-02238 Pablo Gerardo Rivas Tejeda 1501-1983-01429 forma de asociación política permitan a la ciudadanía el ejercicio igualitario de sus derechos políticos, la afiliación voluntaria, el acceso a los cargos de elecciones populares y el de participación en todos los aspectos de la vida de las organizaciones políticas y de la nación sin discriminación alguna.

Que los partidos políticos legalmente inscritos son instituciones de derecho público, cuya existencia y libre funcionamiento garantiza la Constitución de la República y la Ley Electoral de Honduras, para lograr la efectiva participación política de los ciudadanos.

Que los partidos políticos tienen derechos comunes entre ellos: 1. Gozar de las garantías que la Constitución y la Ley Electoral de Honduras les otorga para efectuar libremente sus actividades políticas, 2. Organizar el proceso de elección y sustitución de las autoridades partidarias, en los términos y condiciones establecidos en la Ley Electoral de Honduras, su Reglamento y Estatutos del Partido.

Que el artículo 23 inciso a) de los Estatutos del Partido Innovación y Unidad Social Demócrata (PINU-SD) literalmente dice: “Son derechos los miembros, militantes y dirigentes: a) Elegir y ser electos para los cargos de Elección Popular, y para los de Autoridades y Organismos del Partido, de conformidad con sus Leyes, Estatutos y Reglamentos”.

Que la Asamblea Nacional es la suprema autoridad del Partido Innovación y Unidad Social Demócrata (PINU-SD) y está integrada de la siguiente manera: a) Por los Presidentes de las Directivas Departamentales; b) Por los Delegados propietarios de aquellos municipios donde en las últimas elecciones generales se haya obtenido un resultado electoral en el nivel electivo más votado de ese municipio y c) Los Delegados Nacionales.

Que entre las atribuciones de la Asamblea Nacional del Partido Innovación y Unidad Social Demócrata (PINU-SD), están: d) Elegir y juramentar cada cuatro (4) años, dentro de los seis meses posteriores a la fecha de la declaratoria de las últimas Elecciones Generales, a los miembros de la Directiva Central y del Tribunal de Honor y, en su caso llenar las vacantes permanentes.

Que el Consejo Nacional Electoral (CNE) es el órgano especial, autónomo e independiente, sin relaciones de subordinación a los Poderes del Estado, creado en la Constitución de la República,con competencia exclusiva para efectuar los actos y procedimientos administrativos.

Articulos

Articulo 1.-

APROBAR la Directiva Central y el Tribunal de Honor, ambos en propiedad del Partido Innovación y Unidad Social Demócrata (PINU-SD), de la forma siguiente: la Ley Electoral de Honduras, 83 y 87 de la Ley de Procedimiento Administrativo; 1, 23 inciso a), 27, 28, 30, 35 y 37 de los Estatutos del Partido Innovación y Unidad Social Demócrata (PINU-SD); 5 y 21 del Reglamento de Procedimiento del Recurso de Apelación en Materia Electoral, aprobado por el Tribunal de Justicia Electoral; por unanimidad de votos, RESUELVE: PRIMERO: APROBAR la Directiva Central y el Tribunal de Honor, ambos en propiedad del Partido Innovación y Unidad Social Demócrata (PINU- SD), de la forma siguiente: DIRECTIVA CENTRAL Cargo Nombre Documento Nacional de Identificación Presidencia Doris Alejandrina Gutiérrez 0801-1947-02483 Vicepresidencia José León Aguilar 0615-1967-00615 Secretaría Margen Omelda Díaz Soto 0819-1969-00190 Fiscalía German Edgardo Leitzelar Hernández 0501-1969-02151 Secretaría de Género e Inclusión Kelin Damary Gómez Martínez 0801-1993-01509 Secretaría de Finanzas Jorge Rafael Aguilar Paredes 0801-1966-02858 Secretaría de Formación y Capacitación Política e Ideológica Iris Elizabeth Vigil Zelaya 0801-1956-03901 Secretaría de Organización y Desarrollo Institucional Rogelio Israel Padilla Valladares 0801-1961-02080 Secretaría de Ecología y Ambiente Ángela Rosa Cáceres Martínez 0606-1966-00566 Secretaría de Juventud Merlin Moisés Corrales Ordoñez 0601-1988-03573 Secretaría de Derechos Humanos e Inclusión Social Marixa Filomena Julin Zelaya 0107-1967-01535 TRIBUNAL DE HONOR Nombre Documento Nacional de Identificación Guillermo Enrique Valle Marichal 0801-1962-06050 Sonia Matilde Fiallos Fasquelle 0801-1942-03110 Osman Maldonado Ortiz 0501-1964-00488 Marisela Bustillo Zúniga 0801-1963-02238 Pablo Gerardo Rivas Tejada 1501-1983-01429

Articulo 2.-

Que al ser firme la presente Resolución se extienda Certificación de la misma a la Abogada Margen Omelda Díaz Soto, en su condición de Secretaria del Partido Innovación y Unidad Social Demócrata (PINU-SD), para que proceda a su publicación en el Diario Oficial La Gaceta para los efectos legales correspondientes. TERCERO: Contra la presente Resolución procede el Recurso de Apelación, ante el Tribunal de Justicia Electoral (TJE) dentro del plazo de tres (3) días hábiles. NOTIFÍQUESE. FIRMAS Y SELLOS. DRA. ANA PAOLA HALL GARCÍA, CONSEJERA PRESIDENTA. ABG. KELVIN FABRICIO AGUIRRE CÓRDOVA, CONSEJERO SECRETARIO. LIC. JULIO CESAR NAVARRO POSO, CONSEJERO VOCAL. ABG. TELMA CRISTINA MARTÍNEZ, SECRETARIA GENERAL”. Y para proceder a la publicación en el Diario Oficial la Gaceta, se extiende la presente Certificación, en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veintitrés (23) días del mes de noviembre de dos mil veintitrés (2023). ABG. TELMA CRISTINA MARTÍNEZ SECRETARIA GENERAL 16 D. 2023 AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL REPÚBLICA DE HONDURAS INSTITUTO NACIONAL PARA LA ATENCIÓN A MENORES INFRACTORES (INAMI) “CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SUMINISTRO DE ALIMENTACIÓN PARA LOS CENTROS PEDAGÓGICOS DE INTERNAMIENTO DEL INSTITUTO NACIONAL PARA LA ATENCIÓN A MENORES INFRACTORES (INAMI) PARA ELAÑO 2024”