Acuerdo Ministerial No. 107-2023 — Apertura de contingente de desabasto de maíz blanco con derecho arancelario cero
Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico
- Decreto: 107-2023
- Publicación: 31 de octubre de 2023
- Órgano emisor: Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico
- Gaceta: 36,371
Considerandos
Que es competencia de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, la formulación y ejecución de políticas relacionadas con los mecanismos internos de comercialización de bienes y servicios, así como de su racionalización, para asegurar condiciones adecuadas de abastecimiento, en coordinación de los demás organismos que correspondan.
Que es prioridad del Gobierno de la República, fomentar la eficiencia de la producción en el campo propiciar la justa distribución de la riqueza, así como promover desarrollo económico, social y la competitividad sostenible de todos los sectores productivos del país.
Que los granos básicos representan el principal alimento de los hondureños y que en los últimos años la producción muestra un comportamiento que no satisface adecuadamente los requerimientos del consumo humano y el consumo industrial.
Que en fecha 24 de marzo de 2022, se suscribe el Convenio para las Negociaciones de una Alianza Estratégica de Compra y Venta de Granos Básicos, entre la Industria de Harinas de Maíz Blanco y Alimentos para Consumo Humano (DEMAHSA, IMSA, MATURAVE, ALBECASA), Federación Nacional de Agricultores y Ganaderos de Honduras (FENAGH), Asociación Nacional de Productores de Granos Básicos (PROGRANO), Consejo Coordinador de Organizaciones Campesinas de Honduras (COCOCH), Unión de Organizaciones de Productores Agropecuarios Oriente Limitada (UNOPROL), Asociación de Productores Agrícolas Negriteños (APRANE), Asociación de Productores de Maíz de Honduras (APROMAIZH) y por el Gobierno de la República las Secretarías de Agricultura y Ganadería (SAG) y Desarrollo Económico (SDE), mismo que fue elevado Acuerdo Ejecutivo No. SAG-125-2022, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 18 de mayo del 2022.
Que en la reunión celebrada en fecha 24 de agosto de 2023, con la Comisión de Supervisión, las empresas de la Industria de Harinas de Consumo Humano (IMSA y ALBECASA), expresan la necesidad de que se autorice un Contingente de Importación de Maíz Blanco por Desabasto, para cubrir los meses de septiembre a diciembre EDIS ANTONIO MONCADA ARIEL ISAAC RODRIGUEZ PAGOAGA Coordinador y Supervisor Colonia Miraf Iores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 de 2023, conforme las solicitudes presentadas desde el 08 de junio de 2023 y que a raíz de las sequias meteorológica asociada al fenómeno de “El Niño” lo que ha ocasionado un retraso en la siembra de primera del ciclo 2023-2024, resultando una siembra escalonada y una cosecha tardía, donde mayor producción será en los meses de octubre y noviembre de 2023; además este grano entra a un reposo de dos meses para poder ser utilizado en el proceso de harina maíz.
Que en fecha 07 de septiembre de 2023, se reunió la Comisión de Supervisión del referido Convenio, en donde la SAG y SDE, presentaron el Informe del Análisis Técnico de la Oferta y Demanda de Maíz Blanco, para recomendaciones. Con base al resultado del referido Análisis Técnico y las recomendaciones de la Comisión Supra mencionada, la SAG y SDE autorizan un Contingente de Importación de Maíz Blanco por Desabasto por la Cantidad de Once Mil Novecientas Sesenta y Cuatro Punto Noventa Toneladas Métricas (11,964.90 TM) cuya asignación es con base a las compras de la producción nacional de la cosecha 2022-2023. Realizadas por las empresas de la Industria de las Harinas de Maíz Blanco y Alimento para Consumo Humano.
Que mediante Oficio No.1658- SAG-2023, la Secretaría de Agricultura y Ganadería remite a la Secretaría de Desarrollo Económico el Acuerdo No. SAG- 168-2023, publicado en el Diario Oficial “LA GACETA” en fecha 30 de septiembre del 2023, en el marco del Acuerdo Ejecutivo No. SA-125-2022, solicitando establecer un Contingente de Importación de Maíz Blanco por Desabasto, por la cantidad de once mil novecientas sesenta y cuatro punto noventa toneladas métricas (11,964.90 TM), clasificado en la partida arancelaria SAC-1005.90.30.00, con un DAI del cero por ciento (0%), con una vigencia comprendida del 11 de septiembre al 31 de diciembre de 2023, cuya asignación es con base a las compras de la producción nacional de la cosecha 2022-2023 realizadas por las empresas de las industrias de las Harinas de Maíz Blanco y Alimento para Consumo Humano.
Articulos
Aperturar un contingente de desabasto de maíz blanco clasificado en la fracción arancelaria SAC.1005.90.30.00 del del Arancel Centroamericano de Importación (ACI), por la cantidad de once mil novecientas sesenta y cuatro puntos noventa toneladas métricas (11,964.90 TM), con un Derecho Arancelario de Importación del cero por ciento (0%), y con una vigencia hasta el 31 de diciembre de 2023, dicha importación podrá realizarse de cualquier procedencia en aplicación del Acuerdo No. SAG-168-2023 publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 30 de septiembre de 2023, emitido por la Secretaría de Agricultura y Ganadería (SAG), cuya asignación es en base a las compras de la producción nacional de la cosecha 2022-2023, que corresponden a las Empresas de Industrias de Harinas para Consumo Humano, detallado así:
El importador deberá presentar la solicitud de un certificado de importación ante la ventanilla de Secretaría General de la Secretaría de Desarrollo Económico, por medio de un apoderado legal, de conformidad a los requisitos y procedimientos de Ley:
- a)
Identificación del solicitante conforme a su Registro Tributario Nacional (R.T.N.) y fotocopia del mismo, incluyendo una breve descripción de la actividad económica;
- b)
Fotocopia de la Tarjeta de Identidad y Registro de Comerciante Individual en el caso de persona natural;
- c)
Fotocopia de la Escritura de Constitución, en el caso de persona jurídica;
- d)
Carta de poder debidamente autenticada;
- e)
Dirección física, teléfono y correo electrónico del apoderado legal y de la empresa a fin de efectuar las notificaciones pertinentes;
- f)
Constancia de solvencia de las obligaciones tributarias de conformidad con el artículo 3 del Decreto Ejecutivo No. PCM-052-2013;
- g)
Recibo Oficial de la Tesorería General de República TGR-1 por L. 200.00 en el código 12121, a nombre de la Secretaría de Desarrollo Económico, para cada solicitud, por concepto de pago de la emisión de los actos administrativos;
- h)
Todas las copias deben de estar debidamente autenticadas;
- i)
Toda solicitud debe presentar una copia en formato digital (CD o USB).
Una vez emitidos los certificados de importación, no podrán ser endosados, ni cedidos, ni transferidos a terceros.
Para efectos de control y supervisión, se solicita a la Administración Aduanera de Honduras (AAH) presentar un reporte quincenal a los Secretarios de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería y Desarrollo Económico respectivamente, sobre las importaciones de maíz blanco clasificado en el inciso arancelario 1005.90.30.00 del Arancel Centroamericano de Importación (ACI), realizadas bajo el contingente de desabasto establecido.
Remitir el presente Acuerdo a la Administración Aduanera de Honduras (AAH) y a la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería para que procedan de conformidad a sus competencias.
El presente Acuerdo entrará en vigor a partir de su publicación en el Diario Oficial “LA GACETA”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los dieciocho (18) días del mes de octubre de dos mil veintitrés (2023). NOTIFÍQUESE Y PUBLÍQUESE. Abg. FREDIS ALONSO CERRATO V. Secretario de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico JOEL EDUARDO SALINAS LANZA Secretario General (11,964.90 TM), con un Derecho Arancelario de Importación del cero por ciento (0%), y con una vigencia hasta el 31 de diciembre de 2023, dicha importación podrá realizarse de cualquier procedencia en aplicación del Acuerdo No. SAG-168-2023 publicado en el Diario Oficial "La Gaceta" en fecha 30 de septiembre de 2023, emitido por la Secretaría de Agricultura y Ganadería (SAG), cuya asignación es en base a las compras de la producción nacional de la cosecha 2022-2023, que corresponden a las Empresas de Industrias de Harinas para Consumo Humano, detallado así: