Acuerdo No. 300-DINAF-2023 — Delegación de funciones de Asesoría Legal en Abogado Rodolfo Medrano Cruz
Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia (DINAF)
- Decreto: 300-DINAF-2023
- Publicación: 17 de octubre de 2023
- Órgano emisor: Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia (DINAF)
- Gaceta: 36,360
Considerandos
Que el artículo 321 la Constitución de la República establece Los, servidores del Estado no tienen más facultades que las que expresamente les confiere la Ley. Todo acto que ejecuten fuera de la Ley es nulo e implica responsabilidad”.
Que mediante Decreto Ejecutivo Número PCM-027-2014 en su Artículo 7, se crea la Dirección Ejecutiva de la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia, para rectorar, formular, gestionar, coordinar y supervisar la implementación de las Políticas Nacionales y normativa de niñez, adolescencia y familia, siendo ratificadas las disposiciones contenidas en el referido Decreto Ejecutivo, en el artículo 2 del Decreto Legislativo Número 34-2021 publicado en el Diario Oficial La Gaceta, en fecha 16 de julio del año 2021.
Que nuestro marco legal vigente expresamente determina que los actos administrativos adoptarán la forma de Decretos, Acuerdos, Resoluciones o Providencias, según lo establece el artículo 116 de la Ley General de la Administración Pública.
Que el Artículo 118 de la Ley General de Administración Pública señala que "Se emitirán por Acuerdo: 1. Las, decisiones de carácter particular que se tomaren fuera de los procedimientos en que los particulares intervengan como parte interesada y que la motivación de estos actos estará precedida por la designación de la autoridad que los emite y seguida por la formula “ACUERDA”.
Que el Artículo 4 y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo, establecen expresamente que “El órgano superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones,en determinada materia al órgano inmediatamente inferior y, que el acto de delegación, además de indicar el órgano delegante, el objeto de la delegación podrá contener instrucciones obligatorias para este en materia procedimental. En los actos dictados por delegación, se expresará esta circunstancia y se entenderán adoptados por el órgano delegante. No obstante, la responsabilidad de que se derivare de la emisión de los actos será imputable al órgano delegado".
Que mediante Acuerdo Ejecutivo Número 151-2023 de fecha quince (15) de junio del año dos mil veintitrés (2023), se nombró a la ciudadana LIZETH ARMANDINA COELLO GÓMEZ, como DIRECTORA EJECUTIVA DE LA DIRECCIÓN DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA (DINAF).
Que conforme al Artículo 40 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencia del Poder Ejecutivo, la Unidad de Servicios Legales que coordina la Secretaría General, tiene a su cargo: apoyar y asistir a las diferentes dependencias de esta Secretaría de Estado, sobre asuntos legales, emitiendo opiniones y dictámenes, preparando proyectos de convenios, contratos, iniciativas de ley o reglamentos, así como prestando servicios de representación legal y Procuración cuando corresponda.
Que mediante Memorándum RRHH 735-2023 de fecha veinticinco (25) de septiembre de 2023, emitido por el Coordinador de la Jefatura de Recursos Humanos por Delegación, se solicita la emisión de Acuerdo de Delegación como Asesor Legal a favor del Abogado RODOLFO MEDRANO CRUZ.
Articulos
Dejar sin valor y efecto el Acuerdo Número 281-DINAF-2023 de fecha 2 de agosto del año 2023, mediante el cual se delegó en la Abogada MARIELA SAGRARIO RODRÍGUEZ NÚÑEZ, como encargada de la Unidad de Asesoría Legal de esta Dirección.
Delegar en el Abogado RODOLFO MEDRANO CRUZ, Oficial Jurídico II de ésta Dirección, como encargado de la Unidad de Asesoría Legal con las funciones inherentes al cargo.
El Abogado RODOLFO MEDRANO CRUZ, será responsable de los actos realizados en función de la delegación otorgada en este acuerdo y le serán imputables conforme a lo establecido en el artículo 5, párrafo final de la Ley de Procedimiento Administrativo.
Hacer las transcripciones de ley y comunicar formalmente al Abogado RODOLFO MEDRANO CRUZ, el contenido y alcance del presente Acuerdo, el cual tendrá vigencia hasta que éste no sea dejado sin valor y efecto.
El presente Acuerdo es de ejecución inmediata deberá ser publicado en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veinticinco (25) días del mes de septiembre del año dos mil veintitrés (2023). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. Dra. LIZETH ARMANDINA COELLO GOMEZ Directora Ejecutiva Abog. HECTOR ISAAC ALVARADO MEJIA Secretario General