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26 de agosto de 2023Vigente

Acuerdo Ministerial No. SAG-129-2023 — Aprobación de continuidad de facultades de Coordinador General y Coordinador Administrativo Financiero de la UAP

Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería

  • Decreto: SAG-129-2023
  • Publicación: 26 de agosto de 2023
  • Órgano emisor: Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería
  • Gaceta: 36,318

Considerandos

Que los Secretarios de Estado son los colaboradores del Presidente de la República en la orientación, coordinación, dirección y supervisión de los órganos y entidades de la Administración Pública Nacional en el área de su competencia.

Que el titular de la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería (SAG), es el responsable de administrar los recursos que se encuentran o serán ajustados en los Programas/Proyectos, financiados mediante Convenios de Préstamo suscritos con Organismos Internacionales relacionados a su campo de acción.

Que, para des articular la administración de las operaciones financieras con recursos de los Convenios de Préstamos de Organismos Internacionales, así como la administración de otros Programas y Proyectos de su competencia, mediante Acuerdo Ministerial No. 362-2014, se creó la Unidad Administradora de Proyectos (UAP), como órgano permanente, adscrito a la Secretaría de Agricultura y Ganadería (SAG). Unidad que tendrá la responsabilidad de cumplir con los requerimientos de las normas y procedimientos establecidos en los Convenios de Financiamiento y la Legislación Nacional para los Programas y Proyectos bajo su administración.

Que mediante Acuerdo Ministerial A-001-2015 de fecha 06 de enero de 2015, el titular de la Secretaría de Agricultura y Ganadería, acordó que la administración y presupuesto asignado a la (UAP), quedarán bajo la responsabilidad directa del Coordinador General y el Coordinador Administrativo Financiero de la Unidad Administradora de Proyectos (UAP), quienes serán los encargados de la ejecución del gasto, así como de la custodia de los expedientes que generen en las diferentes operaciones que realicen en los Programas y/o Proyectos bajo su responsabilidad.

Que mediante Acuerdo No. SAG-123- 2021, el Secretario de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería (SAG), facultó y autorizó al Coordinador General de la Unidad Administradora de Proyectos (UAP), realizar y llevar a cabo contrataciones y adquisiciones en los Programas/ Proyectos bajo su responsabilidad hasta por un monto de Doscientos Cincuenta Mil Lempiras Exactos (L. 250,000.00).

Que la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas en cumplimiento a las Disposiciones Generales del Presupuesto vigente, ha delegado autoridad al Coordinador General y al Coordinador Administrativo Financiero de la Unidad Administradora de Proyectos (UAP), para que, en nombre y representación del Gobierno de la República, pueda firmar los trámites necesarios y requeridos para efectos administrativos de los Programas adscritos a la Unidad Administradora de Proyectos (UAP). Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería ACUERDO No. SAG-129-2023

Articulos

Articulo 1.-

Aprobar la continuidad de las facultades concedidas mediante Acuerdo Ministerial 001-2015 de fecha 06 de enero de 2015, ampliado mediante Acuerdos No. 123- 2018 de fecha 28 de mayo de 2018, Acuerdo No. 123-2021 de fecha 9 de julio de 2021, a favor del Coordinador General y Coordinador Administrativo Financiero de la Unidad Administradora de Proyectos (UAP), hasta el veintiséis (26) de enero del año dos mil veintiséis (2026), siendo facultad de la administración (2026-2030) la continuidad de la presente delegación.

Articulo 2.-

Facultar al Coordinador General de la Unidad Administradora de Proyectos (UAP), para que realice y lleve a cabo contrataciones y adquisiciones en los Programas y Proyectos bajo su responsabilidad hasta por un monto de Cien mil dólares americanos (USD.100,000.00), o su equivalente en lempiras al tipo de cambio al día.

Articulo 3.-

Que los gastos de financiamiento y operación de la Unidad Administradora de Proyectos (UAP), serán financiados con recursos provenientes de fondos externos y nacionales de los Proyectos que están adscritos a esta Unidad, hasta el veintiséis (26) de enero del año dos mil veintiséis (2026), será facultad de la nueva administración la continuidad de las facultades otorgadas mediante el presente acto administrativo.

Articulo 4.-

La administración y el presupuesto asignado a la Unidad Administradora de Proyectos (UAP), quedará bajo la responsabilidad directa del Coordinador General y el Coordinador Administrativo Financiero de la Unidad Administradora de Proyectos (UAP), quienes serán los encargados de la ejecución del gasto, así como de la custodia de los expedientes que generen en las diferentes operaciones que realicen en los Programas y/o Proyectos bajo su responsabilidad. Se toma en cuenta la Delegación de Autoridad otorgada por la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, al Coordinador General y al Coordinador Administrativo Financiero de la Unidad Administradora de Proyectos (UAP), en nombre y representación del Gobierno de la República de Honduras, puedan firmar los trámites necesarios y requeridos para efectos administrativos de los Programas adscritos a la Unidad Administradora de Proyectos (UAP), así como también están autorizados a firmar correspondencia y documentación interna sobre procesos de índole administrativo. Delegación que UAP deberá mantener vigente, considerando los cambios que se puedan dar en la titularidad de SEFIN durante el periodo concedido en el presente acuerdo.

Articulo 5.-

El Secretario de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería (SAG), podrá delegar un representante ante los Comités Directivos de los Programas y Proyectos bajo responsabilidad de UAP, para la toma de decisiones. Así mismo, el Coordinador General de la Unidad Administradora de Proyectos (UAP), es responsable de la comunicación con las autoridades superiores, organismos de cooperación y otras entidades vinculadas a las actividades de los Programas y/o Proyectos.

Articulo 6.-

Para el buen funcionamiento de la Unidad Administradora de Proyectos (UAP), tanto el Coordinador General como todo su personal, deberá cumplir con lo establecido en los Convenios de Préstamo; el Manual Operativo, aprobado por los Organismos Financiadores y demás normativa que se emita para la operatividad de la UAP.

Articulo 7.-

El presente Acuerdo Ministerial es de ejecución inmediata y deberá ser publicado en el Diario Oficial “La Gaceta”.

Articulo 8.-

Hacer las transcripciones de Ley COMUNÍQUESE: LAURA ELENA SUAZO TORRES Secretaria de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería HENRY ALEXIS MENDOZA ZELAYA Secretario General Secretaría de Agricultura y Ganadería