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11 de agosto de 2023Vigente

Certificación No. 494-2023 — Licencia de distribuidor exclusivo otorgada a Comercial Ultramotor, S.A.

Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico

  • Decreto: 494-2023
  • Publicación: 11 de agosto de 2023
  • Órgano emisor: Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico
  • Gaceta: 36,305

Texto completo

CERTIFICACIÓN El infrascrito, Secretario General de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, CERTIFICA: La LICENCIA DE DISTRIBUIDOR EXCLUSIVO, otorgada mediante resolución número 494-2023 de fecha 25 de julio del año 2023, que LITERALMENTE DICE: La Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico en cumplimiento con lo establecido en el artículo 4 de la Ley de Representantes, Distribuidores y Agentes de Empresas Nacionales y Extranjeras, extiende la presente LICENCIA DE DISTRIBUIDOR EXCLUSIVO a la sociedad mercantil COMERCIAL ULTRA MOTOR, S.A. DE C.V. como concesionaria de la sociedad mercantil YAMAHA MOTOR, CO., LTD de nacionalidad japonesa, como DISTRIBUIDOR EXCLUSIVO, para distribuir los productos: motocicletas, scooters de motor, vehículos todo terreno, vehículos recreativos fuera de calle, generadores propulsados por gasolina,generadores propulsados por diésel, motores multipropósito, bombas de agua, motores fuera de borda, vehículos acuáticos, botes deportivos, por TIEMPO DEFINIDO a partir del 1 de abril del 2023 al 31 de marzo del 2025, de forma EXCLUSIVO, para todo el TERRITORIO DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS. (F) y (S) Msc. CINTHYA SARAHÍ ARTEAGA PORTILLO, Sub- Secretaria de Desarrollo Empresarial y Comercio Interior Delegado mediante Acuerdo No. 141-2022. (F) y (S) JOEL EDUARDO SALINAS LANZA, Secretario General. Esta certificación no surtirá efecto legal alguno, si la misma no es publicada en el Diario Oficial “La Gaceta” dentro del plazo establecido en el artículo 80 de la Ley de Procedimiento Administrativo y registrada en la Dirección General de Sectores Productivos de esta Secretaría de Estado. Para los fines que el interesado convenga, se le extiende la presente en la Ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central a los veintisiete días del mes de julio del año dos mil veintitrés. JOEL EDUARDO SALINAS LANZA Secretario General 11 A. 2023

PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha quince (15) de febrero del dos mil veintitrés (2023), compareció ante este Juzgado la señora DAYSI XIOMARA PEREZ HERNANDEZ, incoando demanda en materia personal. Con orden de ingreso número 0801- 2023-00260 contra el Estado de Honduras, a través de la INSTITUTO HONDUREÑO DE TRANSPORTE TERRESTRE, demanda en materia de personal para que se declare la nulidad de un acto administrativo tácito de carácter particular por no ser conforme a derecho y por quebrantar formalidades esenciales. Reconocimiento de una situación jurídica individualizada. La adopción de medidas para su pleno restablecimiento, entre ellas se ordene el reintegro al cargo, con el pago:

  • A)

    Los salarios dejados de percibir a título de indemnización por daños y perjuicios; y,

  • B)

    Pago de otros derechos de los cuales sean beneficiarios los servidores públicos en mi ausencia, incluido la aplicación y el pago del quinquenio. Costas del juicio. Se alega notificación defectuosa. Se acompañan documentos. Poder. Petición. En relación al acto tácito impugnado en el oficio Número IHTT-059-2023. ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE SECRETARIA ADJUNTA 11 A. 2023 _________ JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C. A. Tegucigalpa, M.D.C., 25 de mayo de 2023