Acuerdo No. DE-DCHA-011-2023 — Declaratoria Zona de Protección Forestal Montecillos
Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal
- Decreto: DE-DCHA-011-2023
- Publicación: 4 de agosto de 2023
- Órgano emisor: Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal
- Gaceta: 36,299
Considerandos
Que las comunidades de Bañadero y Guaspololo en Santiago de Puringla y Palo Colorado de Comayagua se abastecen de agua de la microcuenca Montecillos, por lo que necesita protegerse y conservarse a perpetuidad.
Que, según la Ley de Municipalidades, Decreto No 134-90, articulo 14, uno de los objetivos de las Municipalidades es el de “Proteger el ecosistema municipal y el medio ambiente”
Que según la Ley Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre, capítulo IV artículo 124, se declaran como Zonas de Protección, las Microcuencas que abastecen o podrían abastecer de agua a poblaciones y capítulo II, artículo 64, la declaración de un área forestal como área protegida no prejuzga ninguna condición de dominio o posesión, pero sujeta a quienes tienen derechos de propiedad con dominio pleno, posesión, uso o usufructo a las restricciones, limitaciones y obligaciones que fueren necesarias para alcanzar los fines de utilidad pública que motivan su declaración.
Articulos
Declarar oficialmente y con base a los artículos 120,121,122,123, 124, 125 de la Ley Forestal, como Zona de Protección Forestal, el área de abastecimiento de agua, denominada Montecillos, ubicada en el sitio: Montecillos, en el municipio de Santiago de Purinqla, departamento de La Paz y Comayagua en el departamento de Comayagua, será Observadora y Supervisora del manejo adecuado del área a declarar: con un área de 41.8504 hectáreas. con coordenadas- de referencia represa X: 409 848 Y:1 591 934.
Queda prohibido realizar cualquier actividad que pueda causar degradación en el área de recarga de la microcuenca.
La Corporación Municipal de Comayagua en el departamento de Comayagua será un observador y supervisor del manejo adecuado del área a declarar y la Corporación Municipal de Santiago de Puringla, los patronatos y la Junta Administradora de Agua de las comunidades beneficiadas velarán por la conservación y protección a perpetuidad de los recursos de la microcuenca y sujetándose a las recomendaciones que en forma inmediata serán establecidas por la Oficina Regional de Comayagua
El presente Acuerdo será entregado a la Corporación Municipal de: Santiago de Puringla en La Paz en Comayagua porque será observadora del manejo para su cumplimiento.
Que el presente Acuerdo entra en vigencia en la fecha de su emisión y deberá publicarse en el Diario Oficial La Gaceta y de la página web institucional del ICF. CUMPLASE Y PUBLIQUESE. Extendido en el municipio del Distrito Central, a los 12 días del mes de junio, 2023. Ing. Luis Edgardo Soliz Lobo Director Ejecutivo ICF Abg. Dania María Ramírez Secretaria General del ICF Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal Sección A Acuerdos y Leye 9 DE-DCHA-012-2023