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4 de agosto de 2023Vigente

Acuerdo No. 468-2023 — Creación de la Unidad de Contabilidad de la Agencia de Regulación Sanitaria

Agencia de Regulación Sanitaria (ARSA)

  • Decreto: 468-2023
  • Publicación: 4 de agosto de 2023
  • Órgano emisor: Agencia de Regulación Sanitaria (ARSA)
  • Gaceta: 36,299

Considerandos

Que Honduras es un Estado de Derecho, soberano, constituido como República Libre, Democrática e Independiente, para asegurar a sus habitantes el goce de la justicia, la libertad, la cultura y el bienestar económico y social garantizando a los hondureños y extranjeros residentes en el país, el derecho a la inviolabilidad de la vida, a la seguridad individual, a la libertad, a la igualdad ante la Ley y a la propiedad.

Que el Artículo 43 de la Ley de la Administración Pública establece que la desconcentración funcional se verificará mediante la creación de entidades u órganos que no obstante dependerá jerárquicamente de un órgano central, se les atribuye competencia propia, la cual ejercitan con autonomía técnica administrativa y financiera.

Que mediante Decreto Legislativo 7-2021, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 12 de junio de 2021, se ratificó la creación de la AGENCIA DE REGULACIÓN SANITARIA (ARSA), creada mediante Decreto Ejecutivo Número PCM-032-2017, publicado en Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 19 de mayo del año 2017, reformado mediante Decreto Ejecutivo Número PCM-013- 3. Por presentar durante seis(6)meses con se- cutivos Reportes de Captura en cero (0). En Consecuencia,en cualquiera de los casos anteriormente mencionados, será mediante Resolución Administrativa que se ordenará la exclusión definitiva del Registro General de Pescadores (RGP). DECIMO SEPTIMO: El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá ser publicado en el Diario Oficial“La Gaceta” DECIMO OCTAVO: Hacer las transcripciones de Ley.CÚMPLASE Y PUBLÍQUESE. Ph.D LAURA ELENA SUAZO TORRES SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DEAGRICULTURAY GANADERÍA ABG. HENRY ALEXIS MENDOZA ZELAYA SECRETARIO GENERAL ACUERDO DE DELEGACION NO. 335-2022 de Regulación Sanitaria (ARSA), así como el ejercicio de las demás facultades que confieren las Leyes y Convenios Internacionales aplicables.

Que el Artículo 95 de la Ley Orgánica de Presupuesto, establece en su párrafo II que, el Subsistema de Contabilidad Gubernamental registrara las operaciones económico-financieras y patrimoniales del sector público, facilitando los datos o la información general que fuere necesaria para el desarrollo de sus cometidos. El Subsistema de Contabilidad requiere que cada institución pública, con personería jurídica, patrimonio independiente y presupuesto propios, lleve una contabilidad, que sobre la base de los datos de sus operaciones, muestre los resultados de su gestión, produciendo de manera automática, simultánea e integral, información presupuestaria, de tesorería, de crédito público, patrimonial y económica, la Administración Central cuenta con un solo patrimonio y por tanto es un único ente contable. CONSIDERANDO: Los Acuerdos, Resoluciones y Provi- de ncias serán firmadas por el titular del órgano que los emite y autorizados por el funcionario que indiquen las disposiciones legales, la motivación de los actos que emita la Administración Pública estará precedida por la designación de la autoridad que los emite y seguida por la fórmula “ACUERDA”.

Que el artículo 2 del Decreto 7-2021 de la Ley de la Agencia de Regulación Sanitaria dispone que. La Agencia de Regulación Sanitaria (ARSA), está a cargo de un Comisionado Presidente, quien es la máxima autoridad y el representante legal de la institución, responsable de definir y ejecutar las políticas, estrategias, planes y programas administrativos y operativos, conforme a la política económica, fiscal y tributaria del Estado, de cumplir con las metas y resultados institucionales establecidos por la Ley y por la Presidencia de la República.

Que la Comisionada Presidenta ostenta todas las facultades que correspondan a los Administradores y Órganos de Decisión Superior, específicamente en lo que respecta a su funcionamiento, desarrollo y operación, ejerciendo por lo tanto todas las potestades de administración y dirección relacionadas con las competencias de la Agencia Sección A Acuerdos y Leye 9 Ley General de la Administración Pública; 3 de la Ley de Simplificación Administrativa; 1, 2, 3, 19, 23, 24, 25, 26, 27, 32, 33, 40, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 112 y 150 de la Ley de Procedimiento Administrativo; 2 y 5 del Decreto Legislativo 7-2021 de la Ley de la Agencia de Regulación Sanitaria. ACUERDA: PRIMERO: Crear a partir del uno (01) de septiembre del año dos mil veintitrés (2023) la UNIDAD DE CONTABILIDAD adscrita a la Gerencia Administrativa, a través de la Subgerencia de Presupuesto, la cual apoyará en la ejecución de los procesos administrativos y contables, el control del fondo rotatorio, caja chica y controles administrativos manteniendo actualizada la información contable y financiera como del Sistema de Información Administrativa y Financiera (SIAFI). SEGUNDO: La Unidad de Contabilidad de la Agencia de Regulación Sanitaria tendrá los siguientes objetivos específicos: 1. Administrar y ordenar la información contable de la Agencia de Regulación Sanitaria bajo la supervisión de la Subgerencia de Presupuesto. 2. Suministrar información requerida para las operaciones de planeación, monitoreo y evaluación, así como a otras instancias internas y externas autorizadas. 3. Preparar los Estados Financieros en forma mensual para obtener en cualquier momento información ordenada y sistemática sobre la ejecución y situación financiera. TERCERO: Además de las funciones establecidas en las leyes, Disposiciones Generales de Presupuesto y demás normativa interna de la Agencia de Regulación Sanitaria, la UNIDAD DE CONTABILIDAD tendrá las funciones siguientes: 1. Presentar en forma sistemática las transacciones de la Institución con el objeto de proveer información sobre su gestión financiera. 2. Supervisar el registro de operaciones contables, Presupuestarias y tributarias de acuerdo a la normativa vigente en los plazos y términos establecidos. 3. Analizar y preparar informes de la ejecución presupuestaria de ingresos y gastos ejecutados por todas las unidades ejecutoras a nivel institucional. 4. Revisar y Aprobar todos los registros contables manuales del registro de bienes de consumo. 5. Revisar, elaborar y Aprobar los estados financieros de la Agencia conforme a los lineamientos establecidos por la Secretaría de Finanzas. 6. Analizar y revisar las Conciliaciones de Bienes Nacionales con el Sistema Contable, Conciliaciones de Libretas y registros de bienes de consumo. 7. Supervisar y dar seguimiento a la ejecución presupuestaria. 8. Participar en la creación de nuevos procedimientos para el área administrativa y contable. Sección A Acuerdos y Leye 9 9. Brindar apoyo y acompañamiento en los procesos solicitados por la Contaduría General de la República. 10. Analizar y revisar la información financiera solicitada por el portal de transparencia. 11. Supervisar que se lleve a cabo el cierre contable del ejercicio vigente de acuerdo a las disposiciones legales y técnicas emitidas por la Secretaría de Finanzas. 12. Supervisar que se realicen todas las actividades relacionadas con la ejecución presupuestaria de ingresos y gastos ejecutados. 13. Brindar apoyo en la elaboración del PACC a fin de que este sea compatible con el presupuesto Aprobado. 14. Llevar control de los archivos de la documentación contable, Presupuestaria y Tributaria de la Agencia de Regulación Sanitaria. 15. Realizar cualquier otra función que le sea asignada por su jefe inmediato o superior jerárquico. CUARTO: La UNIDAD DE CONTABILIDAD para el óptimo desarrollo de sus funciones estará a cargo de una persona responsable, dependiente jerárquicamente de la Subgerencia de Presupuesto estando organizada de la siguiente manera. 1. Jefatura de la Unidad de Contabilidad. 2. Contador. 3. Otras que se creen según la necesidad del servicio. QUINTO: Incorporar al Plan Operativo Anual correspondiente al año 2024 los requerimientos de recurso humano, técnico y financiero para la consolidación de la Unidad de Contabilidad para su funcionamiento y administración. SEXTO: El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial de la República “La Gaceta”. COMUNÍQUESE. Dra. DORIAN ELIZABETH SALINAS JIMÉNEZ Comisionada Presidenta Abg. SAMUEL ELÍAS AGUILAR SAUCEDA Secretario General Sección A Acuerdos y Leye 9 Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal DE-DCHA-007-2023 ACUERDO DE DECLARATORIA ZONA DE PROTECCIÓN FORESTAL DE-DCHA-007-2023

Articulos

Articulo 1.-

Crear a partir del uno (01) de septiembre del año dos mil veintitrés (2023) la UNIDAD DE CONTABILIDAD adscrita a la Gerencia Administrativa, a través de la Subgerencia de Presupuesto, la cual apoyará en la ejecución de los procesos administrativos y contables, el control del fondo rotatorio, caja chica y controles administrativos manteniendo actualizada la información contable y financiera como del Sistema de Información Administrativa y Financiera (SIAFI).

Articulo 2.-

La Unidad de Contabilidad de la Agencia de Regulación Sanitaria tendrá los siguientes objetivos específicos: 1. Administrar y ordenar la información contable de la Agencia de Regulación Sanitaria bajo la supervisión de la Subgerencia de Presupuesto. 2. Suministrar información requerida para las operaciones de planeación, monitoreo y evaluación, así como a otras instancias internas y externas autorizadas. 3. Preparar los Estados Financieros en forma mensual para obtener en cualquier momento información ordenada y sistemática sobre la ejecución y situación financiera.

Articulo 3.-

Además de las funciones establecidas en las leyes, Disposiciones Generales de Presupuesto y demás normativa interna de la Agencia de Regulación Sanitaria, la UNIDAD DE CONTABILIDAD tendrá las funciones siguientes: 1. Presentar en forma sistemática las transacciones de la Institución con el objeto de proveer información sobre su gestión financiera. 2. Supervisar el registro de operaciones contables, Presupuestarias y tributarias de acuerdo a la normativa vigente en los plazos y términos establecidos. 3. Analizar y preparar informes de la ejecución presupuestaria de ingresos y gastos ejecutados por todas las unidades ejecutoras a nivel institucional. 4. Revisar y Aprobar todos los registros contables manuales del registro de bienes de consumo. 5. Revisar, elaborar y Aprobar los estados financieros de la Agencia conforme a los lineamientos establecidos por la Secretaría de Finanzas. 6. Analizar y revisar las Conciliaciones de Bienes Nacionales con el Sistema Contable, Conciliaciones de Libretas y registros de bienes de consumo. 7. Supervisar y dar seguimiento a la ejecución presupuestaria. 8. Participar en la creación de nuevos procedimientos para el área administrativa y contable. Sección A Acuerdos y Leye 9 9. Brindar apoyo y acompañamiento en los procesos solicitados por la Contaduría General de la República. 10. Analizar y revisar la información financiera solicitada por el portal de transparencia. 11. Supervisar que se lleve a cabo el cierre contable del ejercicio vigente de acuerdo a las disposiciones legales y técnicas emitidas por la Secretaría de Finanzas. 12. Supervisar que se realicen todas las actividades relacionadas con la ejecución presupuestaria de ingresos y gastos ejecutados. 13. Brindar apoyo en la elaboración del PACC a fin de que este sea compatible con el presupuesto Aprobado. 14. Llevar control de los archivos de la documentación contable, Presupuestaria y Tributaria de la Agencia de Regulación Sanitaria. 15. Realizar cualquier otra función que le sea asignada por su jefe inmediato o superior jerárquico.

Articulo 4.-

La UNIDAD DE CONTABILIDAD para el óptimo desarrollo de sus funciones estará a cargo de una persona responsable, dependiente jerárquicamente de la Subgerencia de Presupuesto estando organizada de la siguiente manera. 1. Jefatura de la Unidad de Contabilidad. 2. Contador. 3. Otras que se creen según la necesidad del servicio.

Articulo 5.-

Incorporar al Plan Operativo Anual correspondiente al año 2024 los requerimientos de recurso humano, técnico y financiero para la consolidación de la Unidad de Contabilidad para su funcionamiento y administración.

Articulo 6.-

El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial de la República “La Gaceta”. COMUNÍQUESE. Dra. DORIAN ELIZABETH SALINAS JIMÉNEZ Comisionada Presidenta Abg. SAMUEL ELÍAS AGUILAR SAUCEDA Secretario General Sección A Acuerdos y Leye 9 Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal DE-DCHA-007-2023 ACUERDO DE DECLARATORIA ZONA DE PROTECCIÓN FORESTAL DE-DCHA-007-2023