Certificación No. PJ-29032019-250 — Certificación de Estatutos de la Junta Administradora de Agua Potable y Saneamiento de Comunidad de París Leán
Secretaría General de la Secretaría de Estado de Gobernación, Justicia y Descentralización
- Decreto: PJ-29032019-250
- Publicación: 23 de enero de 2023
- Órgano emisor: Secretaría General de la Secretaría de Estado de Gobernación, Justicia y Descentralización
- Gaceta: 36,136
Articulos
Se constituye la organización cuyo denominación será. “Junta Administradora de Agua Potable y Saneamiento y se reconocerá con las siglas siguientes: JAAS de la Comunidad de PARÍS LEÁN DEL MUNICIPIO DE ESPARTA DEPARTAMENTO DE ATLÁNTIDA como una asociación de servicio comunal, de duración indefinida, sin fines de lucro y que tendrá como finalidad obtener la participación efectiva de dicha comunidad para la construcción, operación y mantenimiento del sistema de agua potable de acuerdo con las normas, procedimientos y reglamentaciones vigentes, establecidos en la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento, su Reglamento· General y demás reglamentos, Código de Salud y Ley General del Ambiente y demás Leyes Aplicables efectuando trabajos de promoción y educación sanitaria ambiental, entre los habitantes de la comunidad de PARÍS LEÁN.
El domicilio legal será en la comunidad PARÍS LEÁN DEL MUNICIPIO DE ESPARTA, DEPARTAMENTO ATLÁNTIDA y tendrá operación en dicha comunidad proporcionando el servicio de agua potable.
Se considera componentes del Sistema de Agua Potable los siguientes:
- 1)
La Microcuenca que comprende el área de terreno delimitada y protegida,
- 2)
El acueducto que comprende las obras físicas de captación, conducción, almacenamiento y distribución de agua potable.
- 3)
Saneamiento que comprende las obras físicas para el saneamiento Ambiental en cada uno de los hogares. Construido por la comunidad. CAPÍTULO II DE LOS OBJETIVOS Y ACTIVIDADES
El fin primordial de los presentes Estatutos es regular y normal el funcionamiento de la Junta Administradora de Agua Potable y Saneamiento Básico (JAAS) y los diferentes comités para la administración operación y mantenimiento del sistema agua potable y saneamiento.
La Organización tendrá los siguientes objetivos a.- Mejorar la condición de salud de los usuarios y de las comunidades en general. b.-Asegurar una correcta administración del sistema. c.- Lograr un adecuado mantenimiento y operación del sistema. d.- Solicitar capacitación y asesoría a las instituciones competentes según la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento. e.- Gestionar financiamiento para mejorar el servicio de abastecimiento de Agua Potable y el Saneamiento Básico de la forma siguiente: l) obtención del área de la Microcuenca por medio de la compra , firma, de convenios con dueños de terreno. 2) Mejorando la infraestructura. 3) construyendo obras que ayuden a mejorar el saneamiento de la comunidad. f.- Vigilar porque la población use y maneje el agua adecuadamente y evitando el desperdicio del agua. g.- Gestionar la asistencia de técnica de SANAA necesaria para mantener adecuadamente el sistema.- h.- Realizar labores de vigilancia en todos los componentes del sistema: l) Microcuencas 2)Acueducto 3) Saneamiento Básico.- i.- Asegurar la sostenibilidad de los servicios de Agua Potable y Saneamiento Básicos j-Vigilar que la población practique hábitos higiénicos y sanitarios en los hogares .
Para el logro de los objetivos indicados, la organización podrá realizar las siguientes actividades:
- a)
Recibir las aportaciones Ordinarias en concepto de tarifa mensual por pagos del servicio de Agua Potable y Extraordinaria en concepto de cuotas como ser actividades con fines de lucro. Discutidas y aprobadas por la asamblea de usuarios con su firma respectiva en acta, categorización de la tarifa en base a: 1) Capacidad de pago 2) Número de familia por vivienda 3) Número de llaves adicionales. 4) otras consideraciones establecidas por la Junta Directiva de acuerdo a la inversión que se requiera hacer al sistema de Agua Potable y Saneamiento estimado por la misma.
- b)
Establecer programas de capacitación permanentes a fin de mejorar y mantener la salud de los usuarios.
- c)
Aumentar el patrimonio económico a fin de asegurar una buena operación y mantenimiento del sistema.
- d)
Gestionar, canalizar y ejecutar recursos financieros de entes nacionales e internacionales.
- e)
Coordinar y asociarse con otras juntas o Asociación de Juntas Administradoras de Agua a nivel Municipal e instituciones públicas y privadas para mantener y mejorar el sistema.
- f)
Promover la integración de la comunidad e involucrarla con el sistema.
- g)
Conservar, vigilar, mantener y aumentar el área de la Microcuenca cada año.
- h)
Realizar cualquier actividad que tienda mejorar la salud y/o a conservar el sistema de agua potable y saneamiento. CAPITULO III DE LOS MIEMBROS, DE LAS CLASES DE MIEMBROS, OBLIGACIONES DE LOS MIEMBROS
La Junta Administradora de Agua Potable y Saneamiento “JAAS” tendrá las siguientes categorías de miembros: a) Fundadores b) Activos, Miembros Fundadores: Son los que suscriben el acta de Constitución de la Junta Administradora de Agua Potable y Saneamiento “JAAS”- b)Activos: Son los que participan en las Asambleas de Usuarios.
Son derechos de los miembros:
- a)
ambas clases de miembros tienen derecho a voz y a voto,
- b)
elegir y ser electos,
- c)
Presentar iniciativas o proyectos a la Junta Directiva.- d) elevar peticiones o iniciativas que beneficien la adecuada gestión de los servicios; e) Presentar reclamos ante el prestador por deficiencias en la calidad de servicios, f) Recibir avisos oportunamente de las interrupciones programadas del servicio, de las modificaciones en la tarifa y de cualquier evento que afecte sus derechos o modifique la calidad del servicio que recibe.
Son obligaciones de los miembros (usuarios directivos): a) Conectarse en el acueducto y al sistema de saneamiento, b) Hacer uso adecuado de los servicios, sin dañar ni poner en riesgo l