Acuerdo Ejecutivo No. 699-2024 — Autorización para suscribir Contrato de Préstamo con CAF para Programa de Preinversión e Inversión Pública
Presidencia de la República
- Decreto: 699-2024
- Publicación: 27 de diciembre de 2024
- Órgano emisor: Presidencia de la República
- Gaceta: 36,725
Considerandos
Que la Presidenta de la República, tiene a su cargo la suprema dirección y coordinación de la administración pública centralizada y descentralizada y en el ejercicio de sus funciones, podrá actuar por sí o en Consejo de Ministros. A ese efecto, el artículo 116 de la Ley General de la Administración Pública, establece que los actos de los órganos de la Administración Pública adoptarán la forma de Decretos, Acuerdos, Resoluciones o Providencias.
Que el artículo248de la Constitución de la República en su párrafo primero establece, que los Decretos, Reglamentos, Acuerdos, Órdenes y Providencias de la Presidenta de la República, deberán ser autorizadas por los Secretarios de Estado en sus respectivos ramos o por los Subsecretarios en su caso. Sin estos requisitos no tendrá fuerza legal.
Que el Decreto No.83-2004 que contiene la Ley Orgánica del Presupuesto, en su artículo 73 establece que la negociación de EDIS ANTONIO MONCADA ELSA XIOMARA GARCIA FLORES Colonia Miraf Iores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 los empréstitos del Sector Público corresponderá a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, por medio de la Dirección General de Crédito Público, de conformidad a los lineamientos contenidos en esta Ley y demás leyes aplicables. En la negociación se definirán las condiciones contractuales, como ser: Destino del financiamiento, plazos de amortización, período de gracia, tasas máximas de interés y moneda para el pago, sin perjuicio de las demás condiciones que son propias en esta clase de negociación. Esta negociación y la posterior formalización estarán determinadas por las prioridades del Programa de Inversión Pública, en consonancia con el Marco Macroeconómico y el Programa Financiero de Mediano y Largo Plazo que defina el Gobierno de la República.
Que el Gobierno de la República tiene ha realizado grandes esfuerzos para desarrollar la Pre inversion e Inversión en el país para mejorar la competitividad enfocando fomentar la inversión extranjera, así como la infraestructura estratégica que ayude a reducir la desigualdad regional del país.
Que la preinversión en el sector público de Honduras tiene como objetivo garantizar que los Proyectos de Inversión sean viables económica, social y ambientalmente previo a la decisión de su puesta en ejecución. Esto incluye la elaboración de estudios de factibilidad, evaluaciones de impacto y el diseño preliminar de proyectos clave, especialmente en sectores estratégicos.
Que el Gobierno de Honduras a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas y en el marco del Programa de Preinversión e Inversión Pública en Honduras ha convenido suscribir un Contrato de Préstamo con el Banco de Desarrollo de América Latina y el Caribe (CAF) que tiene como objetivo fortalecer la capacidad del Gobierno para identificar, planificar, formular y ejecutar proyectos de inversión pública en cuatro sectores estratégicos: Agua potable y saneamiento básico, transporte, energía y salud. De esta forma se optimizará el uso de los recursos públicos contribuyendo al desarrollo socioeconómico del país y facilitar la gestión del financiamiento externo e interno necesario para la puesta en marcha de los mismos.
Articulos
Autorizar al Licenciado Christian David Duarte Chávez, en su condición de Secretario de Estado en el Despacho de Finanzas, para que en nombre y representación del Gobierno de la República de Honduras, pueda suscribir un Contrato de Préstamo con el Banco de Desarrollo de América Latina y el Caribe (CAF), hasta por un monto de Setenta Millones de Dólares de los Estados Unidos de América (US$70,000,000.00), recursos destinados para la ejecución del “Programa de Preinversión e Inversión Pública en Honduras”.
El presente Acuerdo es de ejecución inmediata a partir de su aprobación y deberá publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los nueve (9) días del mes de diciembre del año dos mil veinticuatro (2024). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO Presidenta de la República de Honduras ROSA ELIZABETH RIVERA HENRÍQUEZ Subsecretaria de Finanzas y Presupuesto Acuerdo No. 176-2022 / Acuerdo No. 626-2024 Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas