Agreement-PRS-03-2023
- Decree: PRS-03-2023
- Published: November 16, 2023
- Gazette: 36,385
- Category: Administrative
Summary
This agreement creates the Solidarity Scholarships Program to help primary and secondary students living in poverty in targeted villages. The program will distribute 30,000 scholarships of L 2,000 each (with a budget of L 62.4 million) so that vulnerable children and youth can stay in school and advance their education in public schools.
Considerations
Whereas the Constitution of the Republic in its Article 59 establishes that the human person is the supreme purpose of society and the State, in that sense the necessary provisions must be issued and actions executed to protect it and protect its assets.
Whereas the Constitution of the Republic in its Article 151 establishes that Education is an essential function of the State for the conservation, promotion and dissemination of culture, and must project its benefits without discrimination of any kind. Which must be secular and based on essential principles of democracy, linking directly with the country's economic development process.
Whereas the Constitution of the Republic in its Article 153 establishes that the State of Honduras must guarantee the right to education for all boys and girls, by eliminating barriers to access and providing equitable educational resources and opportunities, being fundamental to eradicate poverty and guarantee other fundamental human rights. To fulfill this responsibility, the State must establish policies and programs that promote equal access to education and supervise its quality.
Whereas Article 43 of the General Law of Public Administration indicates that functional decentralization is verified through the creation of entities or bodies which, notwithstanding, will depend hierarchically on a central body, are attributed their own competence, which they exercise with technical-administrative and financial autonomy. Decentralized entities and bodies may order payments against special accounts opened at the Central Bank of Honduras, and subscribe contracts for the supply of goods, works or services or others permitted by the Laws, up to the limits determined by the regulations.
Whereas Article 116 of the General Law of Public Administration indicates that the acts of the bodies of Public Administration shall adopt the form of Decrees, Agreements, Resolutions or Administrative Orders.
Whereas Article 118 of the General Law of Public Administration indicates that "They shall be issued by Agreement: 1. Decisions of a particular character made outside of procedures in which private parties intervene as interested party. 2. Acts of a general character issued in the exercise of regulatory power. The motivation of these acts shall be preceded by the designation of the authority that issues them and followed by the formula 'AGREES'."
Whereas Article 122 of the General Law of Public Administration indicates the following: Agreements, Resolutions and Administrative Orders shall be signed by the head of the body that issues them and authorized by the official indicated in the legal provisions.
Whereas through Article 1 of PCM-08-2022, the Solidary Network Program is created, which executes projects assigned or pre-designed by the State Secretariat of the Social Development Office, of actions aimed at progressively improving the living conditions and access to social protection mechanisms for households living in conditions of poverty and extreme poverty, and has technical, financial and administrative autonomy, in the capacity of a decentralized and autonomous body, responsible for the design, execution, supervision, and administration of social projects and those assigned to it, as a result of the formalization of contracts, agreements, external financing agreements, donations, inter-institutional agreements or direct designation by the bodies of decision of the Government of the Republic of Honduras.
Whereas Decree PCM-08-2022 continues to state in its Article 12, numeral 11, and establishes as one of the functions of the Solidary Network Program to execute the programs and projects designated for the development of social inclusion in the country, based on principles of transparency, objectivity, inclusion and efficiency.
Whereas Article 12 of Executive Decree PCM-05-2022 establishes that the Solidary Network Program executes investments in the areas of health, education, basic social infrastructure and productive projects, for families living in conditions of poverty and extreme poverty targeted by the Social Development Observatory (ODS).
Whereas PCM-08-2022, Article 31, in its numeral 3, establishes that in addition to the Programs and Projects described in Article 30, scholarships oriented to the Education Axis are assigned to the Solidary Network Program.
Whereas the right to Education in recent years has been diminished by the application of neoliberal policies and as part of the proposals of the Bicentennial Government Plan to Refound Honduras is the generation of a scholarship program for young people in primary, secondary and university education in order to guarantee universal access.
Whereas it is a priority of the Government of the Republic to promote the efficiency of production in the countryside and foster fair distribution of wealth, as well as promote economic development, social progress and sustainable competitiveness of all productive sectors of the country.
Whereas among the attributions of the State Secretariat of the Economic Development Office is the administration of Honduras' foreign trade regime.
Whereas to supply the national market it is necessary to complement the supply of onions with imports in order to avoid shortage and unjustified price increases to consumers, being among the attributions and competence of the Ministry of Agriculture and Livestock to ensure an adequate supply of products essential for national consumption.
Whereas in accordance with Ministerial Agreement No. 009-2015 dated January 21, 2015, amended by Ministerial Agreement 042-2016 of June 21, 2016, the importation of onions under tariff items 0703.10.11.00; 0703.10.12.00 and 0703.10.13.00.
Articles
El presente Reglamento tiene como objetivo establecer los mecanismos de elegibilidad, requisitos de pago, mecanismos de entrega y los procedimientos a seguir para la ejecución del Programa de Becas Solidarias, asignados al eje de educación del Programa de la Red Solidaria en el Decreto Ejecutivo PCM 08-2022, en su Artículo 31 numeral 3.
Para los fines del presente reglamento los siguientes términos tendrán el significado que a continuación se expresa: BANADESA: Banco Nacional de Desarrollo Agrícola. Entidad financiera estatal. Beca: Es una ayuda económica otorgada por El Programa Red Solidaria como parte de los servicios del paquete básico del Eje de Educación, destinada a educandos de Educación Básica (1ero a 9no grado) y Educación Media que cumplan con las condiciones descritas en el presente Reglamento, con el objetivo de favorecer la permanencia y avance de la trayectoria escolar de los educandos en condición de pobreza y pobreza extrema. Ciclo Educativo: La educación formal se organiza en una secuencia progresiva de niveles (Prebásica, Básica y Media) y ciclos. La Educación Básica consta de 3 ciclos: I ciclo (1ero a 3er grado), II ciclo (4to a 6to grado) III ciclo (7mo a 9no grado) y Educación Media. Educandos o Participantes: Niños, niñas y jóvenes que forman parte del Programa de Becas Solidarias, durante el año lectivo correspondiente al otorgamiento del beneficio, que están inscritos en un centro educativo gubernamental, debidamente registrado en el Sistema de Administración de Centros Educativos (SACE) de la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación. Madre, padre, tutor o encargado: Para los beneficios que se otorgan en el presente reglamento se debe entender como responsable a la persona que ha sido declarada como tal, en el consolidado de matrícula del centro educativo. ROPI: Registro de la Oferta Programática Institucional y de las Organizaciones Sociales, basado en la ficha técnica de programas y proyectos, es un instrumento que permite registrar la información de los mismos, de acuerdo a los sectores, subsectores, políticas públicas, unidades de acción, área geográfica de intervención, sexo de la población participante, pertenencia a pueblos originarios, tipo de beneficios, tipo de población vulnerable priorizada y ciclo de vida de los participantes y características de la población beneficiaria; indicando los componentes, fuentes de financiamiento, organismos cooperantes, lo que permite realizar el mapeo de las intervenciones en el territorio nacional. SACE: Sistema de Administración de Centros Educativos. Es el sistema oficial de la Secretaría de Educación para llevar el registro y gestión de los Centros Educativos y la información de sus estudiantes. RED SOLIDARIA: Programa de la Red Solidaria. Institución Estatal desconcentrada, responsable de ejecutar los proyectos asignados diseñados o prediseñados, de las acciones tendientes a mejorar de manera progresiva las condiciones de vida de hogares que viven en pobreza o pobreza extrema. SEDUC: Secretaría de Estado en el Despacho de Educación. Institución del Estado responsable desde el nivel central, de normar el Sistema Nacional de Educación con excepción del nivel superior universitario; conduce el desarrollo de la política educativa del país definida por el Consejo Nacional de Educación; ejerce labores de orientación, supervisión, evaluación y control y descentraliza funciones operativas y de ejecución al nivel departamental. SIRBHO: Sistema Información y Registro de Beneficiarios de Honduras. Sistema del Observatorio de Desarrollo Social, que obtiene y conserva la información de las personas y los hogares que se inscriben para recibir beneficios de los programas sociales. CAPÍTULO II: DE LOS FONDOS, ADMINISTRACIÓN Y COORDINACIÓN DEL PROGRAMA DE BECAS SOLIDARIA
Financiamiento: El Programa de Becas Solidarias de la Red Solidaria, será financiada con fondos del tesoro nacional, de igual manera, la Red Solidaria podrá gestionar opciones de financiamiento de becas a través de convenios de cooperación interinstitucional con instituciones y organismos nacionales e internacionales que sumen esfuerzos en la implementación de la estrategia de combate a la pobreza y pobreza extrema en las aldeas focalizadas.
Los fondos del Programa de Becas Solidarias serán trasladados al Bando Nacional de Desarrollo Agrícola (BANADESA), quien será el ente pagador de las Becas Solidarias.
Monto: La Beca Solidaria se otorgará por un monto de L 2,000.00 lempiras, acreditado en un solo pago, a nombre de la madre, padre, tutor o encargado del menor beneficiado, de acuerdo con la programación realizada por el eje de Educación del Programa de la Red Solidaria.
La Red Solidaria notificará a las madres, padres, tutores o encargados de los beneficiarios, el lugar y la fecha de pago de la Beca Solidaria, a través de las autoridades departamentales, municipales, directores de centros educativos y redes sociales oficiales del Programa de la Red Solidaria. Artículo. 7.- Duración: La Beca Solidaria se otorgará por una vez en el año lectivo, los participantes podrán ser reincorporados al programa mientras su condición de vulnerabilidad por pobreza o pobreza extrema continúe y pueda ser constatado en la base de datos de SIRBHO y haya cumplido con los requisitos establecidas en el presente reglamento.
La modalidad de desembolso, transferencias, liquidación y las disposiciones relativas a los fondos que se manejan en el Programa de Becas Solidarias, será regulados por el Convenio Interinstitucional de Prestación de Servicios Bancarios suscrito entre el Programa de la Red Solidaria y el Banco Nacional de Desarrollo Agrícola (BANADESA) “Becas Solidarias” Fondos Nacionales, así como los procesos internos que defina la Gerencia Administrativa de la Red Solidaria.
La coordinación del Programa Becas Solidarias recae en la Coordinación Técnico Especialista en Educación, del Programa de la Red Solidarias. CAPÍTULO III: CRITERIOS DE ELEGIBILIDAD Y REQUISITOS PARA EL OTORGAMIENTO DE BECAS
Criterios de Elegibilidad: Para ser participante del Programa de Beca Solidaria deben cumplir con los siguientes requisitos: 1. Ser hondureño por nacimiento. 2. Participante en condición de pobreza o pobreza extrema que resida en aldeas focalizadas en el SIRBHO por el Programa de la Red Solidaria. 3. Educandos matriculados en el I, II, III ciclo (1ero. a 9no. grados) y Educación Media (10mo., 11vo., 12vo.) en los centros educativos gubernamentales. 4. El adulto responsable del menor (madre, padre, tutor o encargado) debe estar registrado en SACE.
Requisito para el otorgamiento: Para recibir el beneficio del Programa de Beca Solidaria, los participantes deben cumplir con el siguiente requisito: 1. Permanecer en el registro de matrícula activa, para obtener el beneficio de la beca. 2. Presenta el Documento Nacional de Identificación de la madre, padre, tutor o encargado del menor. CAPÍTULO IV: METODOLOGÍA DE SELECCIÓN DE PARTICIPANTES
Para la selección de los beneficiarios se utilizará un aplicativo informático desarrollado por la Red Solidaria, que se alimenta de la base de datos del SIRBHO y el SACE, el cual genera automáticamente la planilla de beneficiarios aplicando los siguientes criterios de elegibilidad: 1. Se tomará como primer criterio de asignación de becas, la densidad poblacional de participantes por departamentos registrados en el SIRBHO. 2. Para la distribución de becas a nivel de aldeas focalizadas, se tomará como prioridad las aldeas con 100% de pobreza y pobreza extrema de hogares focalizados por el SIRBHO, pudiendo incluirse en orden descendente porcentual otras aldeas focalizadas hasta completar el número de becas asignadas al departamento. 3. La asignación de las Becas Solidarias será una por hogar.
El Programa de la Red Solidaria solicita a la Secretaría de Educación la base de datos de educandos matriculados en SACE, y al Observatorio de Desarrollo Social adscrito a Sedesol, el umbral de pobreza de los educandos, remitiendo este último la base de datos al Programa de la Red Solidaria.
Atendiendo los criterios de selección de participantes, se asignará una Beca Solidaria por hogar, que cumpla con los requisitos establecidos en el presente reglamento.
Cancelación del beneficio. - La Beca Solidaria, puede ser suspendida por incumplimiento de cualquiera de los criterios de elegibilidad o descritos en el presente Reglamento.
Las quejas, denuncias y solicitud de información serán abordadas por los gestores sociales asignados por el Programa de la Red Solidaria, quien remite a la instancia superior correspondiente para la resolución de las mismas. Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 120-2023 LA SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO CONSIDERANDO: Que es prioridad del Gobierno de la República, fomentar la eficiencia de la producción en el campo y propiciar la justa distribución de la riqueza, así como promover el desarrollo económico, social y la competitividad sostenible de todos los sectores productivos del país. CONSIDERANDO: Que, entre las atribuciones de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, figura la administración del régimen de comercio exterior de Honduras. CONSIDERANDO: Que para abastecer el mercado nacional es necesario complementar la oferta de cebolla con importaciones a efecto de evitar desabastecimiento y alza injustificada de los precios a los consumidores, siendo de sus atribuciones y competencia de la Secretaría de Agricultura y Ganadería velar por un adecuado abastecimiento de productos esenciales para el consumo nacional. CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Acuerdo Ministerial No.009-2015 de fecha 21 de enero de 2015, reformado mediante Acuerdo Ministerial 042-2016 del 21 de junio del 2016, la importación de cebolla bajo los incisos arancelarios 0703.10.11.00; 0703.10.12.00 y 0703.10.13.00 CAPITULO V DISPOSICIONES FINALES
Todo lo no previsto en el presente Reglamento será resuelto conforme a lo establecido en las Leyes y Reglamentos que rigen la administración del Estado y los manuales que se aprueben en el futuro por el Programa de la Red Solidaria. CUARTO: El presente Acuerdo entrará en vigencia inmediata a partir de su firma y deberá ser publicado en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los dos días del mes de agosto del año dos mil veintitrés 2023. LIC. JOSÉ CARLOS CARDONA ERAZO Director Ejecutivo Ad honorem Programa de la Red Solidaria ABG. SUZY STEPHANY SALINAS CABRERA Secretaria General, por Delegación Acuerdo PRS-DE-07-2023 Programa de la Red Solidaria
Related laws
- Agreement No. 1323-SE-2023 by which the year 2023 is declared as the Year of the Refoundation of the National Education System — This decree suspends certain constitutional rights (such as freedom of movement, home, and communication) for 45 days to allow police and military to intensify operations against organized crime and gangs. It affects all Honduran citizens by temporarily limiting their fundamental guarantees in order to improve public safety.
- Acuerdo Ejecutivo No. PRS-03-2023 — Crear el Programa de Becas Solidarias y aprobar su Reglamento — This agreement creates the Solidarity Scholarships Program that provides L 2,000 lempiras to 30,000 elementary and secondary students in poverty living in targeted villages. It benefits vulnerable children and youth in public schools to ensure their school attendance and improve their access to education. (Decree PRS-03-2023, 2023)
- Acuerdo No. PRS-DE-07-2023 — Reglamento del Programa de la Red Solidaria (Decree PRS-DE-07-2023, 2023)
- Ministerial Agreement Establishing Import Tariff Quotas with Zero Percent Import Tariff Rights — This law establishes import tariff quotas with zero percent tax for 2025 under Honduras' free trade agreements. It allows certain imported products from the United States, Canada, Panama, Colombia, Chile, the European Union, and the United Kingdom to enter duty-free, provided they meet health and origin requirements. (Decree 10-2005, 2024)
- Acuerdo — Acuerdo entre la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional y el Gobierno de Honduras sobre Condiciones de Ejecución del Proyecto de Gestión Resiliente del Corredor Vial CA-13