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27 de noviembre de 2024Vigente

Acuerdo No. IP-DGCN-DG-18-2024 — Declaración de Zona Catastrada de colonia El Bight Oak Ridge

Instituto de la Propiedad - Dirección General del Catastro Nacional

  • Decreto: IP-DGCN-DG-18-2024
  • Publicación: 27 de noviembre de 2024
  • Órgano emisor: Instituto de la Propiedad - Dirección General del Catastro Nacional
  • Gaceta: 36,700

Considerandos

Que mediante artículo 4 del Decreto N° 82-2004 de fecha veintiocho de mayo del año 2004. Se creó el Instituto de la Propiedad (IP) como un ente desconcentrado de la Presidencia de la República. Con personalidad jurídica y patrimonio propio, funcionando con independencia técnica administrativa y financiera y ejerciendo sus funciones en todo el territorio nacional. En junio de 2014 se da una reestructuración en el Instituto de la Propiedad (IP), fusion and o la Dirección General de Catastro y Geografía a la Dirección General de Registros. Convirtiendo a la Dirección General de Catastro y Geografía en el Departamento Predial, manteniendo esa figura administrativa y organizativa hasta marzo de 2021, cuando por Acuerdo número CD-IP-003-2021 se eleva nuevamente al grado de Dirección General del Catastro Nacional (DGCN) y a su vez se crea la Dirección General de Cartografía y Geografía.

Que según lo establecido en el Artículo 3 de la Ley de Propiedad. Son objetivos de la presente Ley: 1. Integrar y coordinar regulaciones, entidades políticas y procedimientos relativos a la propiedad orientada al desarrollo de la persona humana y la sociedad.- 2. Aplicar instrumentos jurídicos, administrativos y tecnológicos avanzados que garanticen la seguridad, transparencia y reducción de los costos y tiempos para las transacciones registrables Vista Pública Administrativa y el Proceso de Validación del Levantamiento de Catastro Registral de la zona, el Instituto de la Propiedad (IP) procederá a declarar la zona como “Zona Catastrada” de acuerdo con lo establecido en el artículo 67 de la Ley de Propiedad. CONSIDERANDO: La disposición imperativo atributiva dispuesta por el numeral 9) Artículo 24 de la Ley de Propiedad cual impone que: “En materia de registro y catastro el Instituto de la Propiedad (IP) desarrollará, por medio de las Direcciones Generales que se creen al efecto las funciones siguientes: … 9) Efectuar la declaración oficial de zona o área territorial que será objeto de actividades de levantamiento registro catastral, su cierre y la declaratoria oficial y definitiva de zona o área territorial catastrada con todos sus efectos”.

Articulos

Articulo 1.-

Dar por validados todos los trabajos de Levantamiento Catastral realizados por esta Dirección General del Catastro Nacional, en la colonia El Bight Oak Ridge, ubicada en el municipio de José Santos Guardiola, departamento de Islas de la Bahía.

Articulo 2.-

Tener por Zona Catastrada la colonia El Bight Oak Ridge, ubicada en el municipio de José Santos Guardiola, departamento de Islas de la Bahía .

Articulo 3.-

Este Acuerdo deberá publicarse en el Diario Oficial La Gaceta en un diario de mayor circulación, medio de comunicación electrónico y mediante avisos fijados en los parajes públicos más frecuentados y de los lugares donde se realice el levantamiento catastral.

Articulo 4.-

El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. CÚMPLASE Walther Josué Tinoco Director General del Catastro Nacional Vicente Antonio Salguero Secretario General de la Dirección del Catastro Nacional