Resolución No. 715/18-10-2024 — Autorización de reforma integral de Escritura de Constitución y Estatutos Sociales de FINANCIERA CREDI Q, S.A.
Comisión Nacional de Bancos y Seguros
- Decreto: 715/18-10-2024
- Publicación: 14 de noviembre de 2024
- Órgano emisor: Comisión Nacional de Bancos y Seguros
- Gaceta: 36,689
Considerandos
Que la Comisión Nacional de Bancos y Seguros, mediante Providencia SEGSE-PV-960/2023 del 8 de mayo de 2023, tuvo por recibido el escrito intitulado "SE SOLICITA AUTORIZACIÓN PARA MODIFICACIÓN DE ESCRITURA DE CONSTITUCIÓN DE FINANCIERA CREDI Q, S.A.- ACOMPAÑO DOCUMENTOS", suscrito por el Abogado Luis Alejandro Matamoros Quilico, en su condición de Apoderado Legal de FINANCIERA CREDI Q, S.A., mediante el cual solicita autorización de este Ente Supervisor, para efectuar reforma integral del pacto societario de su representada, a fin de incorporar las reformas al Reglamento de Gobierno Corporativo para las Instituciones Supervisadas aprobado por la Comisión Nacional de Bancos y Seguros en la Resolución GRD N°.638/03-10-2022.
Que la solicitud presentada por FINANCIERA CREDI Q, S.A., tendente a obtener autorización para efectuar reforma integral al pacto societario, se fundamenta en lo establecido en el Artículo 12 de la Ley del Sistema Financiero, el cual refiere que toda modificación de la escritura pública de constitución y de los estatutos de las instituciones sujetas a esa Ley, requerirán autorización de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros. Asimismo, el referido Artículo señala que para fines de otorgamiento y registro de las escrituras se seguirá lo descrito en el Artículo 9 de la Ley del Sistema Financiero y deberá publicarse en el Diario Oficial "La Gaceta" y en dos (2) diarios de circulación nacional. De igual manera, la solicitud de mérito atiende lo establecido en la Circular CNBS No.015/2022 del 4 de octubre de 2022, mediante la cual esta Comisión comunicó a las Instituciones Supervisadas la Resolución GRDN°.638/03- 10-2022, contentiva de las reformas al Reglamento de Gobierno Corporativo para las Instituciones Supervisadas, publicado en el Diario Oficial La Gaceta No.36,057 del 22 de octubre de 2022.
Que la reforma integral de Escritura de Constitución y Estatutos Sociales de FINANCIERA CREDI Q, S.A., fue aprobada en PUNTO PRIMERO y ACUERDO UNO del Acta Número CINCUENTA Y TRES (53) de la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de dicha Financiera, celebrada en la ciudad de San Salvador, República de El Salvador, el 17 de marzo de 2023, posteriormente en el punto PRIMERO, literal B) del Acta Número CINCUENTA Y OCHO (58) de la Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de dicha Financiera, celebrada en la ciudad de San Salvador, República de El Salvador el 16 de mayo de 2024, con el propósito de apegar el pacto societario a las disposiciones del Gobierno Corporativo y demás Leyes que dicta la Comisión. Lo anterior, según lo contemplado en el Testimonio de Instrumento Público No.108 del 30 de mayo de2024,autorizado por el Notario Luis Alejandro Matamoros, inscrito bajo el No.90837, Matrícula 68333 del Registro Mercantil de Francisco Morazán; mismo que posteriormente fue rectificado en Instrumento Público No.145, autorizado por el referido Notario el 23 de agosto de 2024, inscrito bajo el No.92788, Matrícula 68333 del precitado Registro Mercantil.
Que del análisis preliminar efectuado a la documentación presentada, se determinó que la solicitud de mérito debía ser subsanada, por lo que con el fin de contar con los elementos de juicio suficientes para emitir el dictamen correspondiente, mediante Notificaciones Electrónicas de Providencias SEGSE- NE-1137-2023, SEGSE-NE-367-2024 y SEGSE-NE-808-2024 notificadas el 11 diciembre de 2023, 6 de mayo y 16 de agosto de 2024 respectivamente, se requirió a FINANCIERA CREDI Q, S.A., a través de su Apoderado Legal, para que dentro del plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente de la notificación de las citadas Notificaciones Electrónicas de Providencia, subsanara su solicitud en el sentido incorporar algunas disposiciones establecidas en el Reglamento de Gobierno Corporativo para las Instituciones Supervisadas, realizar enmiendas y rectificaciones a las protocolizaciones de las Actas de Asamblea de Accionistas y al borrador de Proyecto de Reforma de Escritura de Constitución y Estatutos Sociales presentado. En virtud de lo anterior, la Sociedad Financiera presentó el 20 de mayo de 2024 ante esta Comisión el escrito intitulado "SE SOLICITA PRÓRROGA", en tal sentido mediante Nota GEEEE-NE-9-2024 del 5 de junio 2024, se concedió una prórroga de cinco (5) días hábiles equivalentes a la mitad del plazo originalmente otorgado. En atención a los requerimientos de subsanación notificados por esta Comisión y a la prórroga otorgada, el Abogado Luis Alejandro Matamoros Quilico presentó el 20 de diciembre de 2023, 11 de junio y 30 de agosto de 2024 los escritos intitulados: "SE CUMPLIMENTA REQUERIMIENTO. SE ACOMPAÑAN DOCUMENTOS", subsanando los requerimientos formulados por este Ente Supervisor, realizando una nueva Asamblea de Accionista e incorporando las disposiciones establecidas en el Reglamento de Gobierno Corporativo para las Instituciones Supervisadas aprobado por la Comisión Nacional de Bancos y Seguros en la Resolución GRD No.638/03-10-2022.
Que el Dictamen Técnico SBOUA-ME-772/2023 del 11 de agosto de 2023, emitido por la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras, refiere que de acuerdo con la revisión y el análisis efectuado a la documentación que acompaña el expediente, concluye que en lo que respecta al proyecto de reformas de la Escritura de la Constitución y Estatutos Sociales, presentado por FINANCIERA CREDI Q, S.A., relacionado con la solicitud de autorización para la modificación de la Escritura y Estatutos Sociales, de conformidad con lo establecido en el Nuevo Reglamento de Gobierno Corporativo para las Instituciones Supervisadas, no se tienen observaciones al proyecto de reforma de la Escritura y Estatutos Sociales presentados por la Financiera. Asimismo, recomienda trasladar a la Dirección de Asesoría Legal para que evalúe los aspectos legales que correspondan.
Que el Dictamen Legal GLEAI-DL-372-2024 del 20 de septiembre de 2024, emitido por la Gerencia Legal, concluyó que el Abogado Luis Alejandro Matamoros Quilico, en su condición de Apoderado Legal de FINANCIERA CREDI Q, S.A., subsanó los aspectos legales requeridos mediante providencia notificada electrónicamente el 16 de agosto de 2024 por esta Comisión. En consecuencia, es procedente que la Comisión Nacional de Bancos y Seguros autorice la reforma a la Escritura de Constitución y Estatutos Sociales de la sociedad FINANCIERA CREDI Q, S.A., en virtud que está conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Gobierno Corporativo contenido en la Resolución GRD No.638/03- 10-2022 de fecha 3 de octubre de 2022, y el ACUERDO UNO de la Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas celebrada por la referida Institución en fecha 16 de mayo de 2024. Se adjunta proyecto de reforma de Escritura de Constitución y Estatutos Sociales de FINANCIERA CREDI Q, S.A., revisado por esta Gerencia Legal.
Que el Dictamen Técnico GEEEE- DT-80-2024 de fecha 15 de octubre de 2024, emitido por la Gerencia de Estudios Económicos, Regulación, Competencia e Innovación Financiera, concluye y recomienda a la Comisión Nacional de Bancos y Seguros, autorizar a FINANCIERA CREDI Q, S.A. la reforma integral de su Escritura de Constitución y Estatutos Sociales, en cumplimiento a lo establecido en el Reglamento de Gobierno Corporativo para las Instituciones Supervisadas, contenido en la Resolución GRD No.638/03-10-2022 emitida por este Ente Supervisor. Modificaciones que hacen referencia a la incorporación de los derechos básicos de los accionistas, comités de apoyo técnico, selección, evaluación y remoción de los miembros del órgano superior, responsabilidades del órgano superior, supervisión de la alta gerencia, así como las facultades y obligaciones del comisario, entre otras. Lo anterior, en virtud de lo acordado en el punto PRIMERO, literal B) del Acta Número CINCUENTA Y OCHO (58) de la Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de dicha Financiera, celebrada en la ciudad de San Salvador, República de El Salvador, a los 16 días del mes de mayo de 2024.
Que con fundamento en los Dictámenes emitidos por la Gerencia de Estudios Económicos, Regulación, Competencia e Innovación Financiera, la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras y la Gerencia Legal, es procedente que la Comisión Nacional de Bancos y Seguros resuelva autorizar la solicitud de mérito a FINANCIERA CREDI Q, S.A.
Texto completo
RESOLUCIÓN GEE No.715/18-10-2024.- La Comisión Nacional de Bancos y Seguros, CONSIDERANDO (1): Que la Comisión Nacional de Bancos y Seguros, mediante Providencia SEGSE-PV-960/2023 del 8 de mayo de 2023, tuvo por recibido el escrito intitulado "SE SOLICITA AUTORIZACIÓN PARA MODIFICACIÓN DE ESCRITURA DE CONSTITUCIÓN DE FINANCIERA CREDI Q, S.A.- ACOMPAÑO DOCUMENTOS", suscrito por el Abogado Luis Alejandro Matamoros Quilico, en su condición de Apoderado Legal de FINANCIERA CREDI Q, S.A., mediante el cual solicita autorización de este Ente Supervisor, para efectuar reforma integral del pacto societario de su representada, a fin de incorporar las reformas al Reglamento de Gobierno Corporativo para las Instituciones Supervisadas aprobado por la Comisión Nacional de Bancos y Seguros en la Resolución GRD N°.638/03-10-2022. CONSIDERANDO (2): Que la solicitud presentada por FINANCIERA CREDI Q, S.A., tendente a obtener autorización para efectuar reforma integral al pacto societario, se fundamenta en lo establecido en el Artículo 12 de la Ley del Sistema Financiero, el cual refiere que toda modificación de la escritura pública de constitución y de los estatutos de las instituciones sujetas a esa Ley, requerirán autorización de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros. Asimismo, el referido Artículo señala que para fines de otorgamiento y registro de las escrituras se seguirá lo descrito en el Artículo 9 de la Ley del Sistema Financiero y deberá publicarse en el Diario Oficial "La Gaceta" y en dos (2) diarios de circulación nacional. De igual manera, la solicitud de mérito atiende lo establecido en la Circular CNBS No.015/2022 del 4 de octubre de 2022, mediante la cual esta Comisión comunicó a las Instituciones Supervisadas la Resolución GRDN°.638/03- 10-2022, contentiva de las reformas al Reglamento de Gobierno Corporativo para las Instituciones Supervisadas, publicado en el Diario Oficial La Gaceta No.36,057 del 22 de octubre de 2022. CONSIDERANDO (3): Que la reforma integral de Escritura de Constitución y Estatutos Sociales de FINANCIERA CREDI Q, S.A., fue aprobada en PUNTO PRIMERO y ACUERDO UNO del Acta Número CINCUENTA Y TRES (53) de la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de dicha Financiera, celebrada en la ciudad de San Salvador, República de El Salvador, el 17 de marzo de 2023, posteriormente en el punto PRIMERO, literal B) del Acta Número CINCUENTA Y OCHO (58) de la Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de dicha Financiera, celebrada en la ciudad de San Salvador, República de El Salvador el 16 de mayo de 2024, con el propósito de apegar el pacto societario a las disposiciones del Gobierno Corporativo y demás Leyes que dicta la Comisión. Lo anterior, según lo contemplado en el Testimonio de Instrumento Público No.108 del 30 de mayo de2024,autorizado por el Notario Luis Alejandro Matamoros, inscrito bajo el No.90837, Matrícula 68333 del Registro Mercantil de Francisco Morazán; mismo que posteriormente fue rectificado en Instrumento Público No.145, autorizado por el referido Notario el 23 de agosto de 2024, inscrito bajo el No.92788, Matrícula 68333 del precitado Registro Mercantil. CONSIDERANDO (4): Que del análisis preliminar efectuado a la documentación presentada, se determinó que la solicitud de mérito debía ser subsanada, por lo que con el fin de contar con los elementos de juicio suficientes para emitir el dictamen correspondiente, mediante Notificaciones Electrónicas de Providencias SEGSE- NE-1137-2023, SEGSE-NE-367-2024 y SEGSE-NE-808-2024 notificadas el 11 diciembre de 2023, 6 de mayo y 16 de agosto de 2024 respectivamente, se requirió a FINANCIERA CREDI Q, S.A., a través de su Apoderado Legal, para que dentro del plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente de la notificación de las citadas Notificaciones Electrónicas de Providencia, subsanara su solicitud en el sentido incorporar algunas disposiciones establecidas en el Reglamento de Gobierno Corporativo para las Instituciones Supervisadas, realizar enmiendas y rectificaciones a las protocolizaciones de las Actas de Asamblea de Accionistas y al borrador de Proyecto de Reforma de Escritura de Constitución y Estatutos Sociales presentado. En virtud de lo anterior, la Sociedad Financiera presentó el 20 de mayo de 2024 ante esta Comisión el escrito intitulado "SE SOLICITA PRÓRROGA", en tal sentido mediante Nota GEEEE-NE-9-2024 del 5 de junio 2024, se concedió una prórroga de cinco (5) días hábiles equivalentes
a la mitad del plazo originalmente otorgado. En atención a los requerimientos de subsanación notificados por esta Comisión y a la prórroga otorgada, el Abogado Luis Alejandro Matamoros Quilico presentó el 20 de diciembre de 2023, 11 de junio y 30 de agosto de 2024 los escritos intitulados: "SE CUMPLIMENTA REQUERIMIENTO. SE ACOMPAÑAN DOCUMENTOS", subsanando los requerimientos formulados por este Ente Supervisor, realizando una nueva Asamblea de Accionista e incorporando las disposiciones establecidas en el Reglamento de Gobierno Corporativo para las Instituciones Supervisadas aprobado por la Comisión Nacional de Bancos y Seguros en la Resolución GRD No.638/03-10-2022. CONSIDERANDO (5): Que el Dictamen Técnico SBOUA-ME-772/2023 del 11 de agosto de 2023, emitido por la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras, refiere que de acuerdo con la revisión y el análisis efectuado a la documentación que acompaña el expediente, concluye que en lo que respecta al proyecto de reformas de la Escritura de la Constitución y Estatutos Sociales, presentado por FINANCIERA CREDI Q, S.A., relacionado con la solicitud de autorización para la modificación de la Escritura y Estatutos Sociales, de conformidad con lo establecido en el Nuevo Reglamento de Gobierno Corporativo para las Instituciones Supervisadas, no se tienen observaciones al proyecto de reforma de la Escritura y Estatutos Sociales presentados por la Financiera. Asimismo, recomienda trasladar a la Dirección de Asesoría Legal para que evalúe los aspectos legales que correspondan. CONSIDERANDO (6): Que el Dictamen Legal GLEAI-DL-372-2024 del 20 de septiembre de 2024, emitido por la Gerencia Legal, concluyó que el Abogado Luis Alejandro Matamoros Quilico, en su condición de Apoderado Legal de FINANCIERA CREDI Q, S.A., subsanó los aspectos legales requeridos mediante providencia notificada electrónicamente el 16 de agosto de 2024 por esta Comisión. En consecuencia, es procedente que la Comisión Nacional de Bancos y Seguros autorice la reforma a la Escritura de Constitución y Estatutos Sociales de la sociedad FINANCIERA CREDI Q, S.A., en virtud que está conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Gobierno Corporativo contenido en la Resolución GRD No.638/03- 10-2022 de fecha 3 de octubre de 2022, y el ACUERDO UNO de la Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas celebrada por la referida Institución en fecha 16 de mayo de 2024. Se adjunta proyecto de reforma de Escritura de Constitución y Estatutos Sociales de FINANCIERA CREDI Q, S.A., revisado por esta Gerencia Legal. CONSIDERANDO (7): Que el Dictamen Técnico GEEEE- DT-80-2024 de fecha 15 de octubre de 2024, emitido por la Gerencia de Estudios Económicos, Regulación, Competencia e Innovación Financiera, concluye y recomienda a la Comisión Nacional de Bancos y Seguros, autorizar a FINANCIERA CREDI Q, S.A. la reforma integral de su Escritura de Constitución y Estatutos Sociales, en cumplimiento a lo establecido en el Reglamento de Gobierno Corporativo para las Instituciones Supervisadas, contenido en la Resolución GRD No.638/03-10-2022 emitida por este Ente Supervisor. Modificaciones que hacen referencia a la incorporación de los derechos básicos de los accionistas, comités de apoyo técnico, selección, evaluación y remoción de los miembros del órgano superior, responsabilidades del órgano superior, supervisión de la alta gerencia, así como las facultades y obligaciones del comisario, entre otras. Lo anterior, en virtud de lo acordado en el punto PRIMERO, literal B) del Acta Número CINCUENTA Y OCHO (58) de la Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de dicha Financiera, celebrada en la ciudad de San Salvador, República de El Salvador, a los 16 días del mes de mayo de 2024. CONSIDERANDO (8): Que con fundamento en los Dictámenes emitidos por la Gerencia de Estudios Económicos, Regulación, Competencia e Innovación Financiera, la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras y la Gerencia Legal, es procedente que la Comisión Nacional de Bancos y Seguros resuelva autorizar la solicitud de mérito a FINANCIERA CREDI Q, S.A. POR TANTO: Con fundamento en los Artículos 8 y 13, numeral 15) de la Ley de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros; 9, 10, 12, 72 y 73 de la Ley del Sistema Financiero; y, la Circular CNBS No.015/2022 del 4 de octubre de 2022, contentiva de la Resolución GRD No.638/03-10-2022 correspondiente a las reformas al Reglamento de Gobierno Corporativo para las Instituciones Supervisadas; RESUELVE: l. Autorizar a FINANCIERA CREDI Q, S.A. la reforma integral de su Escritura de Constitución y Estatutos Sociales, derivado de la incorporación de aspectos sobre gobernabilidad corporativa, en cumplimiento a lo establecido en el Reglamento de Gobierno Corporativo para las Instituciones Supervisadas, contenido en la Resolución GRD No.638/03-10-2022 emitida por este Ente Supervisor. Modificaciones que hacen referencia a la incorporación de los derechos básicos de los accionistas, comités de apoyo técnico, selección, evaluación y remoción de los miembros del órgano superior, responsabilidades del órgano superior, supervisión de la alta gerencia, así como las facultades y obligaciones del comisario, entre otras. Lo anterior, en virtud de lo acordado en el punto PRIMERO, literal B) del Acta Número CINCUENTA Y OCHO (58) de la Asamblea General
Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de dicha Sociedad Financiera,celebrada en la ciudad de San Salvador,República de El Salvador el 16 de mayo de 2024; y de acuerdo con el Proyecto de Reformas de Escritura de Constitución y Estatutos Sociales que se adjunta y forma parte de la presente Resolución. Lo anterior en virtud de los aspectos técnicos y legales señalados en los Considerandos (5), (6), (7) y (8) de la presente Resolución. 2. Autorizar a la Secretaría General de la Comisión para que extienda Certificación de la presente Resolución con el fin de que el Notario la copie íntegramente y sin modificaciones de ninguna clase en el Instrumento Público de Reformas, señalándose un plazo de quince (15) días hábiles para el otorgamiento de la Escritura Pública de Reformas; dicha Certificación deberá publicarse en el Diario Oficial "La Gaceta" y en dos (2) de los diarios de circulación en el país, por cuenta de FINANCIERA CREDI Q, S.A. Asimismo, la Sociedad Financiera deberá inscribir el instrumento público de reformas en el Registro correspondiente. 3. FINANCIERA CREDI Q, S.A. deberá remitir a la Comisión Nacional de Bancos y Seguros, copia autenticada de la nueva redacción de la Escritura de Constitución y de los Estatutos Sociales conteniendo las reformas aprobadas en la presente Resolución, una vez que las mismas hayan sido inscritas en el Registro correspondiente. 4. Notificar en legal y debida forma la presente Resolución al Abogado Luis Alejandro Matamoros Quilico, en su condición de Apoderado Legal de la FINANCIERA CREDI Q, S.A., para los efectos legales correspondientes, y comunicar el contenido de ésta a la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras y Gerencia Legal para su conocimiento. 5. La presente Resolución es de ejecución inmediata...Queda aprobado por unanimidad...F)MARCIO GIOVANNY SIERRA DISCUA, Presidente; ALBA LUZ VALLADARES OCONNOR, Comisionada Propietaria; ESDRAS JOSIEL SÁNCHEZ BARAHONA, Comisio- nado Propietario; JUAN MANUEL SIBAJA SALINAS, Secretario General". Y para los fines correspondientes se extiende la presente en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, a los veintitrés días del mes de octubre de dos mil veinticuatro. JUAN MANUEL SIBAJA SALINAS Secretario General 14 N. 2024 SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO