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19 de septiembre de 2024Vigente

Acuerdo No. 193-2024 — Moción para que emita un acuerdo que eleve a dominio pleno terreno municipal

Municipalidad de Danlí

  • Decreto: 193-2024
  • Publicación: 19 de septiembre de 2024
  • Órgano emisor: Municipalidad de Danlí
  • Gaceta: 36,644

Considerandos

Que después de revisar lo solicitado por el Alcalde Municipal, resulta procedente, mandar a recopilar la documentación y levantamiento topográfico mediante los cuales se acredité que esta Municipalidad tiene el uso y goce de dicho inmueble y al efecto EN FORMA PRELIMINAR, se le cedió el uso de la palabra al Abogado ROGER ALBERTO SUAREZ VEGA, en su condición de Asesor Legal Municipal, para que opine sobre los mecanismos a los cuales estará sujeto el procedimiento a seguir, para que está Corporación Municipal, puede titular el precitado terreno municipal, tomando en cuenta como su naturaleza nacional y ejidal y su pertenencia por parte de este término municipal y en base a lo prescito en la Ley de Propiedad Vigente, o ha AUTORIZAR el correspondiente DOMINIO PLENO, conforme a lo dispuesto en la Ley de Municipalidades vigente y sus reformas y cedida que le fue la palabra al aludido Asesor Legal, manifestó lo siguiente: 1°) Que habiendo escuchado y analizado la moción establecida por el Alcalde Municipal y en consideración a que los bienes nacionales cuyo uso no pertenece generalmente a los habitantes se llaman Bienes del Estado o Bienes Fiscales, por lo tanto el inmueble a que se refiere el Alcalde, es un bien que pertenece pública y pacíficamente en forma exclusiva a esta Municipalidad, en tal virtud procede que la Corporación Municipal apruebe

Texto completo

ACUERDO N. 193-2024- MOCIÓN PARA QUE EMITA UN ACUERDO QUE ELEVE A DOMINIO PLENO TERRENO MUNICIPAL.-Honorable Corporación Munici- pal.- El suscrito Alcalde Municipal ABRAHAM KAFATI DIAZ, por este medio y en vista de que según me informó la Tesorera Municipal, como custodio de los documentos o títulos de propiedad de los inmuebles de tenencia municipal, que en su departamento no se localizan los antecedentes que respaldan el dominio y posesión que sobre el lote de terreno donde funciona el conocido MERCADO XALI, ha venido teniendo durante el transcurso de los años esta Municipalidad y tampoco consta en los archivos de esta Alcaldia, documentos públicos que demuestren que en relación al mismo, ha existido una disputa judicial con terceros que pongan en riesgo la ocupación y tenencia que sobre dicho inmueble ha ejercido en el transcurso del tiempo esta Institución; POR LO CUAL y como se ha practicado en Corporaciones anteriores, que en casos como en el que nos ocupa, no se localizan las escrituras de bienes de posesión municipal, los mismos se han trasladado a dominio pleno e inscrito en el Registro Público y porque en este caso, tales atestados son necesarios porque en su interior se realizará una importante inversión municipal, a través de la construcción de un mercado municipal, para albergar los locatarios de la Placita San Sebastián; POR ESTE ACTO A MANERA DE MOCIÓN, VENGO A SOLICITAR, que haciendo uso del procedimiento instituido, se proceda a la elevación a dominio pleno a nuestro favor, del precitado terreno localizado en el Barrio Pueblo Nuevo de esta ciudad, previa evacuación del proceso administrativo establecido y publicación en un periódico de mayor circulación de la resolución que se emita; y, AL EFECTO LES REMITO A USTEDES,el oportuno LEVANTAMIENTO TOPOGRÁFICO del aludido lote de terreno municipal, efectuado por el Departamento Municipal de Catastro, para que emitá el Acuerdo Municipal correspondiente, con fines de inscripción en el Instituto de la Propiedad.- Danlí, El Paraíso,09 de julio de 2024.-firma.-Sr.ABRAHAM KAFATI DIAZ, Alcalde Municipal.-VISTA que fue la moción antes relacionada, Y CONSIDERANDO: Que después de revisar lo solicitado por el Alcalde Municipal, resulta procedente, mandar a recopilar la documentación y levantamiento topográfico mediante los cuales se acredité que esta Municipalidad tiene el uso y goce de dicho inmueble y al efecto EN FORMA PRELIMINAR, se le cedió el uso de la palabra al Abogado ROGER ALBERTO SUAREZ VEGA, en su condición de Asesor Legal Municipal, para que opine sobre los

mecanismos a los cuales estará sujeto el procedimiento a seguir, para que está Corporación Municipal, puede titular el precitado terreno municipal, tomando en cuenta como su naturaleza nacional y ejidal y su pertenencia por parte de este término municipal y en base a lo prescito en la Ley de Propiedad Vigente, o ha AUTORIZAR el correspondiente DOMINIO PLENO, conforme a lo dispuesto en la Ley de Municipalidades vigente y sus reformas y cedida que le fue la palabra al aludido Asesor Legal, manifestó lo siguiente: 1°) Que habiendo escuchado y analizado la moción establecida por el Alcalde Municipal y en consideración a que los bienes nacionales cuyo uso no pertenece generalmente a los habitantes se llaman Bienes del Estado o Bienes Fiscales, por lo tanto el inmueble a que se refiere el Alcalde, es un bien que pertenece pública y pacíficamente en forma exclusiva a esta Municipalidad, en tal virtud procede que la Corporación Municipal apruebe