Acuerdo No. 417-2024 — Nombramiento provisional de Coordinador de la Comisión Técnica Liquidadora
Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas
- Decreto: 417-2024
- Publicación: 5 de septiembre de 2024
- Órgano emisor: Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas
- Gaceta: 36,631
Considerandos
Que de conformidad con lo establecido en el artículo 246 de la Constitución de la República, las Secretarías de Estado son órganos de la administración general del país y dependen directamente del Presidente de la República.
Que el artículo 247 de la Constitución de la República, establece que los Secretarios de Estado son colaboradores del Presidente de la República en la orientación, coordinación, dirección y supervisión de los órganos y entidades de la administración pública nacional, en el área de su competencia.
Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 36 numeral 8) de la Ley General de la Administración Pública, es atribución y deber de los Secretarios de Estado, emitir acuerdos y resoluciones en los asuntos de su competencia EDIS ANTONIO MONCADA SULY YADIRA ANDRADE GUTIERREZ Colonia Miraf Iores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 y aquellos que le delegue el Presidente de la República y cuidar de su ejecución. La firma de los Secretarios de Estado en estos casos, será autorizada por los respectivos Secretarios Generales.
Que de conformidad con lo prescrito en el artículo 29 numeral 3) de la Ley General de la Administración Pública, en relación con el artículo 17 del Decreto Ejecutivo PCM- 05-2022 publicado en el Diario Oficial La Gaceta número 35,892 en fecha 6 de abril de 2022, es competencia de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas lo concerniente a la formulación, coordinación, ejecución y evaluación de las políticas relacionadas con las Finanzas Públicas; la ejecución del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República; lo relativo al crédito y a la deuda pública, el manejo de la Tesorería y la Pagaduría de la República, el registro, administración, protección y control de los bienes nacionales, la programación de la inversión pública en el marco de las prioridades establecidas por la Presidencia de la República a través de la Coordinación General de Gobierno.
Que la Presidenta de la República en el marco de sus atribuciones constitucionales y legales en Consejo de Secretarios de Estado, mediante Decretos Ejecutivos números PCM-05- 2022 y PCM-11-2022, procedió a reestructurar la administración pública, después de una década de la destrucción del orden democrático por el golpe de Estado del 28 de junio de 2009.
Que mediante Decreto Ejecutivo PCM-05-2022 de fecha 6 de abril de 2022, publicado en el Diario Oficial La Gaceta número 35,892, fueron suprimidas las Secretarías de Estado,Programas, Gabinetes Especiales y Gabinetes Sectoriales siguientes: 1) Secretaría de Estado en el Despacho de Coordinación de Gobierno. 2) Secretaría de Estado en el Despacho de Transparencia. 3) Despacho Ministerial de Socialización y Acompañamiento Digital de los Proyectos Presidenciales y la Dirección Nacional de Intervención Social, ambos organismos adscritos a la Secretaría de la Presidencia. 4) Subsecretaría II, Subsecretaría III, Unidad de Apoyo Técnico Pr e side nc ia l, Pr ogr a ma Honduras, Programa de Viviendas y Obras Sociales,todos dependientes de la Secretaría de Estado en el Despacho de la Presidencia. 5) Proyecto Especial Economía Naranja. 6) Escuela de Alta Gerencia Pública. 7) Consejo Presidencial de Economía Verde. 8) Sistema Presidencial de Gestión por Resultados (SPGR). 9) Despacho de Prioridades Presidenciales e innovación Pública dependiente de la Presidencia de la República. 10) Gabinete Técnico para la Formulación de la Estrategia de Simplificación Administrativa. 11) Dirección de Transformación Digital, como un órgano permanente al interior de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN). 12) Inversiones Estratégicas/ MCC-Honduras (INVEST-H). 13) Programa Vida Mejor. 14) Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP). 15) Secretaría de Desarrollo e Inclusión Social. 16) Gabinete Especial para la reactivación Económica y Social. 17) Los cinco Gabinetes Sectoriales.
Que mediante Decreto Ejecutivo número PCM-11-2022publicado en el Diario Oficial La Gaceta número 35,913 en fecha 3 de mayo de 2022, se suprimieron también, la Dirección Ejecutiva de Cultura, Arte y Deportes (DECAD), la Comisión Nacional Pro Instalaciones Deportivas (CONAPID) y el Instituto Nacional de la Mujer (INAM), ordenando en el Decreto, que dichas instituciones deberán proceder a la inmediata liquidación operativa, administrativa y financiera.
Que de conformidad con el artículo 1 del Decreto Ejecutivo en Consejo de Secretarios de Estado número PCM-11- 2022, publicado en el Diario Oficial La Gaceta número 35,913 en fecha 3 de mayo de 2022, establece que para dar cumplimiento a la supresión y liquidación de las Secretarías de Estado, Programas, Gabinetes Especiales,Gabinetes Sectoriales e Institutos y Direcciones, se instruye y faculta a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, para que proceda a nombrar a una Comisión Técnica Liquidadora, con atribuciones plenas en lo conducente a la liquidación del personal por contrato y Acuerdos, pago de pasivos y deudas para lo cual puede requerir el auxilio de la Secretaría de Estado en el Despacho de la Presidencia a través de la Dirección de Servicio Civil, la Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social (STSS), las Gerencias Administrativas de las instituciones suprimidas y otras instituciones del Estado si fuere necesario, quedando esas obligadas a prestar su inmediata colaboración.
Que de conformidad con el artículo 7 del Decreto Ejecutivo número PCM-11- 2022, establece, que una vez liquidadas las Secretarías de Estado, Programas, Gabinetes Especiales,Gabinetes Sectoriales e Institutos y Direcciones a que hace referencia el artículo 21 del PCM-05-2022 de fecha 6 de abril de 2022 y demás instituciones descritas en el artículo 2 del presente Decreto, las obligaciones financieras que actualmente tienen estas instituciones serán transferidas a la Comisión Técnica Liquidadora y su financiamiento será cubierto del saldo disponible en el presupuesto de las Instituciones suprimidas. La Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN) asumirá las obligaciones financieras que se pudieren generar en instancia administrativa o judicial de los actos realizados que se generen posteriormente al proceso de liquidación de las Secretarías de Estado, Programas, Gabinetes Especiales,Gabinetes Sectoriales e Institutos y Direcciones suprimidas. En el caso de aquellas Instituciones Públicas que se suprimen y se crean otras que absorben como parte de sus funciones y responsabilidades la prestación de servicios públicos similares a satisfacer, asumirán las obligaciones financieras que se pudieren generar en instancias administrativas o judiciales de los actos realizados que se generen posteriormente al proceso de liquidación. El titular de la Comisión Técnica Liquidadora, el titular de la unidad nominadora, los funcionarios y/o empleados que intervengan en los actos administrativos que dan origen al pago, no serán responsables de forma personal o solidaria.
Que en cumplimiento de lo establecido por el Decreto Ejecutivo número PCM-11- 2022, antes referido, la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, procedió a emitir Acuerdo Número 322-2022, de fecha 12 de mayo de 2022, de conformación e integración de la Comisión Técnica Liquidadora, integrada por un Coordinador y un Subcoordinador, un delegado de la Unidad de Auditoría Interna y un Delegado de la Dirección General de Presupuesto, responsables de ejecutar la supresión y liquidación de las Secretarías de Estado,Programas, Gabinetes Especiales, Gabinetes Sectoriales e Institutos, Direcciones y Comisiones, nombrando provisionalmente al ciudadano CARLOS ANTONIO DÍAZ SÁNCHEZ, como Coordinador de dicha Comisión.
Que en fecha 31 de enero de 2023, la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, procedió a emitir el Acuerdo Número 013-2023, en el que se le otorgan a la Comisión Técnica Liquidadora, coordinada por el ciudadano CARLOS ANTONIO DÍAZ SÁNCHEZ, además de las funciones y atribuciones encomendadas en los Decretos Ejecutivos PCM-05-2022 y PCM-11-2022, las facultades concernientes a los procesos en Ejecución Administrativa y Judicial, producto de la liquidación de las instituciones siguientes: PCM 26-2014 Instituto Hondureño de la Niñez y la Familia (IHNFA), PCM 083-2015 Dirección Ejecutiva de Ingresos (DEI), PCM 056- 2016 Dirección General de Transporte (DGT), PCM 048- 2017 Dirección General de Energía, adscrita a la Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas (MI AMBIENTE) y PCM 059-2019 Dirección Adjunta de Rentas Aduaneras (DARA).
Que mediante Acuerdo número 337-2024, se acordó reintegrar al ciudadano CARLOS ANTONIO DIAZ SANCHEZ, en el cargo de Asesor Legal en la Subgerencia de Recursos Humanos de esta Secretaría de Estado, efectivo a partir del 01 de junio de 2024.
Que en fecha 01 de julio de 2024, esta Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, contrató al ciudadano GERARDO JOSÉ GUEVARA LÓPEZ en el cargo de Coordinador de la Comisión Técnica Liquidadora.
Articulos
del Decreto Ejecutivo en Consejo de Secretarios de Estado número PCM-11- 2022, publicado en el Diario Oficial La Gaceta número 35,913 en fecha 3 de mayo de 2022, establece que para dar cumplimiento a la supresión y liquidación de las Secretarías de Estado, Programas, Gabinetes Especiales,Gabinetes Sectoriales e Institutos y Direcciones, se instruye y faculta a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, para que proceda a nombrar a una Comisión Técnica Liquidadora, con atribuciones plenas en lo conducente a la liquidación del personal por contrato y Acuerdos, pago de pasivos y deudas para lo cual puede requerir el auxilio de la Secretaría de Estado en el Despacho de la Presidencia a través de la Dirección de Servicio Civil, la Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social (STSS), las Gerencias Administrativas de las instituciones suprimidas y otras instituciones del Estado si fuere necesario, quedando esas obligadas a prestar su inmediata colaboración. CONSIDERANDO (9): Que de conformidad con el artículo 7 del Decreto Ejecutivo número PCM-11- 2022, establece, que una vez liquidadas las Secretarías de Estado, Programas, Gabinetes Especiales,Gabinetes Sectoriales e Institutos y Direcciones a que hace referencia el artículo 21 del PCM-05-2022 de fecha 6 de abril de 2022 y demás instituciones descritas en el
del presente Decreto, las obligaciones financieras que actualmente tienen estas instituciones serán transferidas a la Comisión Técnica Liquidadora y su financiamiento será cubierto del saldo disponible en el presupuesto de las Instituciones suprimidas. La Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN) asumirá las obligaciones financieras que se pudieren generar en instancia administrativa o judicial de los actos realizados que se generen posteriormente al proceso de liquidación de las Secretarías de Estado, Programas, Gabinetes Especiales,Gabinetes Sectoriales e Institutos y Direcciones suprimidas. En el caso de aquellas Instituciones Públicas que se suprimen y se crean otras que absorben como parte de sus funciones y responsabilidades la prestación de servicios públicos similares a satisfacer, asumirán las obligaciones financieras que se pudieren generar en instancias administrativas o judiciales de los actos realizados que se generen posteriormente al proceso de liquidación. El titular de la Comisión Técnica Liquidadora, el titular de la unidad nominadora, los funcionarios y/o empleados que intervengan en los actos administrativos que dan origen al pago, no serán responsables de forma personal o solidaria. CONSIDERANDO (10): Que en cumplimiento de lo establecido por el Decreto Ejecutivo número PCM-11- 2022, antes referido, la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, procedió a emitir Acuerdo Número 322-2022, de fecha 12 de mayo de 2022, de conformación e integración de la Comisión Técnica Liquidadora, integrada por un Coordinador y un Subcoordinador, un delegado de la Unidad de Auditoría Interna y un Delegado de la Dirección General de Presupuesto, responsables de ejecutar la supresión y liquidación de las Secretarías de Estado,Programas, Gabinetes Especiales, Gabinetes Sectoriales e Institutos, Direcciones y Comisiones, nombrando provisionalmente al ciudadano CARLOS ANTONIO DÍAZ SÁNCHEZ, como Coordinador de dicha Comisión. CONSIDERANDO (11): Que en fecha 31 de enero de 2023, la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, procedió a emitir el Acuerdo Número 013-2023, en el que se le otorgan a la Comisión Técnica Liquidadora, coordinada por el ciudadano CARLOS ANTONIO DÍAZ SÁNCHEZ, además de las funciones y atribuciones encomendadas en los Decretos Ejecutivos PCM-05-2022 y PCM-11-2022, las facultades concernientes a los procesos en Ejecución Administrativa y Judicial, producto de la liquidación de las instituciones siguientes: PCM 26-2014 Instituto Hondureño de la Niñez y la Familia (IHNFA), PCM 083-2015 Dirección Ejecutiva de Ingresos (DEI), PCM 056- 2016 Dirección General de Transporte (DGT), PCM 048- 2017 Dirección General de Energía, adscrita a la Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas (MI AMBIENTE) y PCM 059-2019 Dirección Adjunta de Rentas Aduaneras (DARA). CONSIDERANDO (12): Que mediante Acuerdo número 337-2024, se acordó reintegrar al ciudadano CARLOS ANTONIO DIAZ SANCHEZ, en el cargo de Asesor Legal en la Subgerencia de Recursos Humanos de esta Secretaría de Estado, efectivo a partir del 01 de junio de 2024. CONSIDERANDO (13): Que en fecha 01 de julio de 2024, esta Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, contrató al ciudadano GERARDO JOSÉ GUEVARA LÓPEZ en el cargo de Coordinador de la Comisión Técnica Liquidadora. POR TANTO: Esta Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, en uso de sus facultades y en aplicación de los artículos: 245 numeral 5, 246, 247 y 321 de la Constitución de la República; 29 numeral 15), 33, 36 numerales 2) y 8); 36 numeral 8); 116 y 118 de la Ley General de la Administración Pública; 23 y 27 de la Ley de Procedimiento Administrativo; Decreto No. 8-2022; Decretos Ejecutivos: PCM-26-2014, PCM-083-2015, PCM-056-2016, PCM-048-2017, PCM-059-2019, PCM-05- 2022 y PCM-11-2022;Acuerdo 322-2022;Acuerdo 013-2023; y Acuerdo 337-2024. ACUERDA: PRIMERO: NOMBRAR PROVISIONALMENTE a partir del uno (1) de julio del año 2024 al ciudadano GERARDO JOSÉ GUEVARA LÓPEZ, como Coordinador de la Comisión Técnica Liquidadora establecida en el
del Decreto Ejecutivo número PCM-11-2022, dictado por la Presidenta de la República en Consejo de Secretarios de Estado y publicado en el Diario Oficial La Gaceta en fecha 3 de mayo del 2022. El Coordinador de la Comisión Técnica Liquidadora deberá elaborar de inmediato un plan de trabajo que será validado por la máxima autoridad de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN), previo a su ejecución. SEGUNDO: Modificar el numeral “QUINTO” del Acuerdo número 322-2022 de fecha 12 de mayo de 2022 y el Acuerdo número 013-2023 de fecha 31 de enero de 2023, en el único sentido de que la Comisión Técnica Liquidadora, será coordinada por el ciudadano GERARDO JOSÉ GUEVARA LÓPEZ, manteniendo vigente todo lo demás. TERCERO: Ratificar las funciones, atribuciones y facultades encomendadas a la Comisión Técnica Liquidadora, en los Decretos Ejecutivos PCM-26-2014, PCM-083-2015, PCM-056-2016, PCM-048-2017, PCM-059- 2019, PCM-05- 2022 y PCM-11-2022; y, de igual manera, en el Acuerdo número 322- 2022 y Acuerdo número 013-2023, las que partir de la fecha serán coordinadas por el ciudadano GERARDO JOSÉ GUEVARA LÓPEZ, en su condición de Coordinador de la Comisión Técnica Liquidadora. CUARTO: La Comisión Técnica Liquidadora, deberá resolver los reclamos administrativos que se presenten como consecuencia de la liquidación de todas las instituciones suprimidas mediante los Decretos Ejecutivos PCM-26-2014, PCM- 083-2015, PCM 056-2016, PCM-048-2017, PCM-059-2019, PCM-05-2022 y PCM-11- 2022 en primera instancia; y la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, resolverá en segunda y única instancia los recursos de reposición que se interpongan en contra de los actos administrativos que resuelvan dichos reclamos. Asimismo, la Comisión Técnica Liquidadora, está legalmente facultada para llevar a cabo el proceso administrativo y judicial de las demandas judiciales que se presenten producto de las liquidaciones de las instituciones suprimidas en los Decretos antes referidos. QUINTO: El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. NOTIFÍQUESE Y PUBLÍQUESE. MARLON DAVID OCHOA MARTÍNEZ SECRETARIO DE ESTADO GERSSON ORLANDO SIERRA PORTILLO SECRETARIO GENERAL