Acuerdo No. 033-2024 — Delegación de facultades al Administrador de Anticipos del proyecto de Sistema para Asegurar la Legalidad de la Madera
Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre (ICF)
- Decreto: 033-2024
- Publicación: 28 de agosto de 2024
- Órgano emisor: Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre (ICF)
- Gaceta: 36,624
Considerandos
Que el Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre (ICF), está a cargo de un Director Ejecutivo nombrado por el Presidente de la República, con rango de Secretario de Estado y con participación en el Consejo de Ministros.
Que el Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre (ICF), es un ente desconcentrado y dependiente de la Presidencia de la República con exclusividad en la competencia que determine esta ley, la que ejercerá con independencia técnica, administrativa y financiera. Estará dotado de la capacidad jurídica necesaria para emitir los actos, celebrar contratos y comparecer ante los Tribunales de la República, todo ello en el ejercicio de su competencia.
Que de conformidad a lo dispuesto en el artículo 3 y 4 de la Ley de Procedimiento Administrativo, la competencia es irrenunciable y será ejercida por los órganos que la tengan atribuida por ley, sin embargo, el órgano superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones en determinada materia al órgano inmediatamente inferior.
Que la competencia es irrenunciable y será ejercitada por los órganos que la tengan atribuida EDIS ANTONIO MONCADA SULY YADIRA ANDRADE GUTIERREZ Colonia Miraf Iores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 por ley, sin embargo, el órgano superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones en determinada materia al órgano inmediatamente inferior.
Que entre la Unión Europea y Honduras existe un Acuerdo de Asociación Voluntario Sobre Aplicación de la Ley Forestales la Gobernanza y Comercio Forestal (AVAFLEGT) siendo este destacado para mejorar la gobernanza forestal, cumplimiento de las leyes y asegurar la trazabilidad de los Recursos Forestales Maderables.
Que existe un Convenio de Financiación, Condiciones Particulares en el que la Unión Europea se compromete a conceder y el socio Honduras se compromete a aceptar la Financiación de la siguiente acción: Towards a Decarbonised Economy:Adapting Agricultural Production to Climate Change in the context of the EU-Honduras Voluntary Partnership Agreement - NDICI LA2021/043-250 Esta acción se financiará con cargo al presupuesto de la UE en el marco del siguiente acto de base “Instrumento de Vecindad. Cooperación al Desarrollo y Cooperación Internacional - Europa Global”: 1.1 El costo total estimado de la acción asciende a 7. 950.000 EUR. y el importe máximo de la contribución de la UE a esta acción se fija en 7.450.000 EUR. 1.2. El socio no co financiará la acción.
Que el ciudadano ANGEL FERNANDO ZEPEDA GONZALEZ con Documentación Nacional de Identificación 0801-1981-08192 y RTN 0801-1981-081923, funge en el cargo de Administrador de Anticipos, del proyecto “Diseño e Implementación de un Piloto del Sistema para Asegurar la Legalidad de la Madera en Bosque de Pino”, que se implementa en el Marco del Convenio de Financiación supra mencionado.
Articulos
y 4 de la Ley de Procedimiento Administrativo, la competencia es irrenunciable y será ejercida por los órganos que la tengan atribuida por ley, sin embargo, el órgano superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones en determinada materia al órgano inmediatamente inferior. CONSIDERANDO: Que la competencia es irrenunciable y será ejercitada por los órganos que la tengan atribuida EDIS ANTONIO MONCADA SULY YADIRA ANDRADE GUTIERREZ Colonia Miraf Iores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 por ley, sin embargo, el órgano superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones en determinada materia al órgano inmediatamente inferior. CONSIDERANDO: Que entre la Unión Europea y Honduras existe un Acuerdo de Asociación Voluntario Sobre Aplicación de la Ley Forestales la Gobernanza y Comercio Forestal (AVAFLEGT) siendo este destacado para mejorar la gobernanza forestal, cumplimiento de las leyes y asegurar la trazabilidad de los Recursos Forestales Maderables. CONSIDERANDO:Que existe un Convenio de Financiación, Condiciones Particulares en el que la Unión Europea se compromete a conceder y el socio Honduras se compromete a aceptar la Financiación de la siguiente acción: Towards a Decarbonised Economy:Adapting Agricultural Production to Climate Change in the context of the EU-Honduras Voluntary Partnership Agreement - NDICI LA2021/043-250 Esta acción se financiará con cargo al presupuesto de la UE en el marco del siguiente acto de base “Instrumento de Vecindad. Cooperación al Desarrollo y Cooperación Internacional - Europa Global”: 1.1 El costo total estimado de la acción asciende a 7. 950.000 EUR. y el importe máximo de la contribución de la UE a esta acción se fija en 7.450.000 EUR. 1.2. El socio no co financiará la acción. CONSIDERANDO:Que el ciudadano ANGEL FERNANDO ZEPEDA GONZALEZ con Documentación Nacional de Identificación 0801-1981-08192 y RTN 0801-1981-081923, funge en el cargo de Administrador de Anticipos, del proyecto “Diseño e Implementación de un Piloto del Sistema para Asegurar la Legalidad de la Madera en Bosque de Pino”, que se implementa en el Marco del Convenio de Financiación supra mencionado. POR TANTO: El Director del Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre Protegidas y Vida Silvestre, en uso de las facultades que la Ley le confiere y con fundamento en los artículos 1, 3, 4 y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo; Artículos 1 y 18 de la Ley Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre y Artículos 27 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencia del Poder Ejecutivo, y en cumplimiento al Acuerdo Voluntario de Asociación sobre aplicación de las Leyes Gobernanzas y Comercio Forestal (AVA-FLEGT) entre la Unión Europea y el ICF. ACUERDA: PRIMERO: Delegar en el Administrador de Anticipos, del Proyecto “Diseño e Implementación de un Piloto del Sistema para Asegurar la Legalidad de la Madera en Bosque de Pino”, Ingeniero ANGEL FERNANDO ZEPEDA GONZALEZ, la función y facultad de firmar en el marco del acuerdo de delegación y funciones descritas en el documento del Programa Presupuesto (PP) aprobado, las órdenes de pedido y los contratos, convocatorias de propuestas o consultas, procesos de compras, cheques y ordenes de transferencia, autorizaciones de desembolsos respetando el principio de separación efectiva de las funciones de ordenación del gasto y de pago con el Contable de Anticipos del PP. SEGUNDO: El Ingeniero ANGEL FERNANDO ZEPEDA GONZALEZ, será responsable por el ejercicio de esta facultad delegada. TERCERO: El presente acuerdo de delegación, tendrá vigencia a partir de su firma y hasta la finalización efectiva del proyecto o en su defecto a la finalización de la relación laboral con el Ingeniero Zepeda; debiendo publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”, y en la página web www.icf.gob. hn COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. Dado en la ciudad de Comayagüela, M.D.C., a los 14 días del mes de agosto del año 2024. LUIS EDGARDO SOLIZ LOBO DIRECTOR EJECUTIVO (ICF) ABOGADA DANIA RAMIREZ SECRETARIA GENERAL El Departamento de Legal del Instituto de Crédito Educativo (EDUCREDITO), CERTIFICA: