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16 de agosto de 2024Vigente

Acuerdo No. 008-SG-2024 — Excepción al Acuerdo 005-SG-2024 y Cambio de Categoría de Visa para Nacionales de Islas Caimán

Secretaría de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional

  • Decreto: 008-SG-2024
  • Publicación: 16 de agosto de 2024
  • Órgano emisor: Secretaría de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional
  • Gaceta: 36,614

Considerandos

Que Honduras es un Estado de derecho, constituido como República libre, soberana e independiente.

Que es atribución de los Secretarios de Estado emitir los decretos y acuerdos en los asuntos de su competencia.

Que corresponde a la Secretaría de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional formular, coordinar, ejecutar y evaluar la política exterior de Honduras y las relaciones con otros Estados.

Que el Plan de Gobierno de la Presidenta Xiomara Castro tiene como pilar fundamental la gestión migratoria eficiente,segura y ordenada,protegiendo los derechos humanos de los migrantes, garantizando su bienestar y fortaleciendo la cooperación internacional para abordar conjuntamente los desafíos de los flujos migratorios seguros.

Que si bien las Islas Caimán son territorio de ultra mar británico, albergan una comunidad hondureña importante, que constituye el tercer grupo de migrantes más numeros o en las Islas, destacándose por su integración y contribución significativa en diversos sectores de la sociedad.

Que Honduras y las Islas Caimán comparten espacios marítimos, habiendo celebrado el Tratado entre el Gobierno de la República de Honduras y el Gobierno del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte sobre delimitaciones de los espacios marítimos con dichas Islas, promoviendo el respeto mutuo a la soberanía y los intereses tradicionales de sus pescadores.

Que con el establecimiento de vuelos directos se ha fortalecido e incrementado el turismo entre la República de Honduras y las Islas Caimán, promoviendo el intercambio cultural y contribuyendo significativamente a la economía nacional. Secretaría de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional ACUERDO N.008-SG-2024

Que Honduras es destino turístico importante de los circuitos de cruceros en el Caribe, favoreciendo el desarrollo y el crecimiento económico del país.

Articulos

Articulo 1.-

Aprobar una excepción al Acuerdo N.005- SG-2024, de fecha seis de junio del año dos mil veinticuatro, en el cual se aprueba el cambio a categoría “B”, visa consular, a los nacionales del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y Regiones Administrativas Especiales de la República Popular China que sean portadores de pasaporte británico originarios de Hong Kong en cuyo interior se lee “National it y British (Nacionalidad Británica).

Articulo 2.-

Los nacionales de Islas Caimán y del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte con domicilio en dichas Islas, pasan a categoría “A” exentos de visa.

Articulo 3.-

De igual manera, se exceptúa de la categoría de B (visa consular) a los nacionales del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y Regiones Administrativas Especiales de la República Popular China que sean portadores de pasaporte británico originarios de Hong Kong en cuyo interior se lee “National it y British (Nacionalidad Británica) que ingresen a Honduras como pasajeros de cruceros turísticos; esta excepción se aplicará únicamente durante su estadía en puertos hondureños.

Articulo 4.-

El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., a los 25 días del mes de julio del año dos mil veinticuatro. Eduardo Enrique Reina García Secretario de Estado María Gabriela Membreño Rápalo Encargada de la Secretaría General UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE HONDURAS UNAH