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8 de agosto de 2024Vigente

Acuerdo — Confirmación de Norma Técnica de Programación de la Operación y Norma Técnica Transitoria de Servicios Complementarios

Comisión Reguladora de Energía Eléctrica (CREE)

  • Publicación: 8 de agosto de 2024
  • Órgano emisor: Comisión Reguladora de Energía Eléctrica (CREE)
  • Gaceta: 36,607

Considerandos

Confirmar en todas y cada una de sus partes no modificadas la Norma Técnica de Programación de la Operación.

Instruir a la Secretaría General de esta Comisión Reguladora para que: i. Comunique el Informe de Resultados a los partici- pantes de la consulta pública que hayan suministrado su correo electrónico, de conformidad con lo establecido en el artículo 10 del Procedimiento de Consulta Pública. ii. Proceda con la publicación del presente acuerdo en el Diario Oficial “La Gaceta” en conjunto con las unidades administrativas. iii. Publique en la página web de la Comisión Reguladora el presente acto administrativo, de conformidad con el artículo 3 Literal D, romano XII de la Ley General de la Industria Eléctrica (LGIE), proceda a publicar en la página web de la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica (CREE) el presente acto administrativo. iv. Una vez que la presente norma técnica se encuentre publicada en el Diario Oficial “La Gaceta”, proceda a informar a los Agentes del Mercado Eléctrico Nacional (MEN) y a las Empresas Transmisoras de la entrada en vigencia de la Norma Técnica Transitoria de los Servicios Complementarios de Control de Voltaje y Potencia Reactiva y Desconexión de Cargas.

La Norma Técnica Transitoria de los Servicios Complementarios de Control de Voltaje y Potencia Reactiva y Desconexión de Carga estará en vigencia una vez publicada en el Diario Oficial “La Gaceta” y hasta que se emita la Norma Técnica de Servicios Complementarios. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. RAFAEL VIRGILIO PADILLA PAZ WILFREDO CÉSAR FLORES CASTRO LEONARDO ENRIQUE DERAS VÁSQUEZ

Articulos

Articulo 3.-

Literal D, romano XII de la Ley General de la Industria Eléctrica (LGIE), proceda a publicar en la página web de la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica (CREE) el presente acto administrativo. iv. Una vez que la presente norma técnica se encuentre publicada en el Diario Oficial “La Gaceta”, proceda a informar a los Agentes del Mercado Eléctrico Nacional (MEN) y a las Empresas Transmisoras de la entrada en vigencia de la Norma Técnica Transitoria de los Servicios Complementarios de Control de Voltaje y Potencia Reactiva y Desconexión de Cargas. SEXTO: La Norma Técnica Transitoria de los Servicios Complementarios de Control de Voltaje y Potencia Reactiva y Desconexión de Carga estará en vigencia una vez publicada en el Diario Oficial “La Gaceta” y hasta que se emita la Norma Técnica de Servicios Complementarios. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. RAFAEL VIRGILIO PADILLA PAZ WILFREDO CÉSAR FLORES CASTRO LEONARDO ENRIQUE DERAS VÁSQUEZ