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12 de julio de 2024Vigente

Certificación No. 2024/352 — Resolución de Cancelación Voluntaria de Marca de Fábrica RAPPI PRIME Y DISEÑO

Instituto de la Propiedad - Dirección General de Propiedad Intelectual

  • Decreto: 2024/352
  • Publicación: 12 de julio de 2024
  • Órgano emisor: Instituto de la Propiedad - Dirección General de Propiedad Intelectual
  • Gaceta: 36,584
  • Categoria: Mercantil

Texto completo

INSTITUTO DE LA PROPIEDAD CERTIFICACIÓN PARA EFECTOS DE PUBLICACIÓN El infrascrito, Registrador del Departamento Legal dependiente de la Dirección General de Propiedad Intelectual. CERTIFICA: Extracto de la resolución 2024/352,Tegucigalpa,M.D.C.,ocho(08)de febrero del dos mil veinticuatro (2024). VISTA: RESULTA PRIMERO: CONSIDERANDO PRIMERO: CONSIDERANDO SEGUNDO: POR TANTO: RESUELVE: PRIMERO: Declarar CON LUGAR la solicitud de Cancelación Voluntaria 2019-39328 con entrada No. 2024-000223 Presentado por la Abogada SANDRA YADIRA AMAYA VALLADARES, en su condición de Apoderada Legal de la sociedad sociedad RAPPI INC., en la acción de Cancelación Voluntaria contra el registro No. 27895 de la marca de fábrica denominada “RAPPI PRIME Y DISEÑO” en clase internacional (43) inscrita a favor de la Sociedad Mercantil denominada RAPPI INC., en virtud de haber sido solicitada por su titular. SEGUNDO: Una vez firme la presente resolución, el/los interesados deberán cancelar la tasa correspondiente. Mándese a publicar por cuenta del interesado en el Diario Oficial La Gaceta y por lo menos en un diario de mayor circulación en el país, cumplidos estos requisitos hacer las anotaciones marginales respectivas en el libro de registro y en la base de datos correspondiente. TERCERO: La presente Resolución no pone fin a la vía Administrativa, cabe contra la misma sin perjuicio del Recurso de Reposición que deberá presentarse ante el órgano que dictó la Resolución, dentro de los diez días hábiles siguientes de notificada la presente Resolución, el Recurso de Apelación que deberá interponerse ante la Superintendencia de Recursos del Instituto de la Propiedad, en el plazo de tres días hábiles siguientes de la notificación del Recurso de Reposición, NOTIFIQUESE. Tegucigalpa, M.D.C., dieciséis (16) mayo del año dos mil veinticuatro (2024) ABOGADO FIDEL ANTONIO MEDINA REGISTRADOR LEGAL 12 J. 2024 SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO