Acuerdo No. 03-2024 — Acuerdo de urgencia para contratación de servicios tecnológicos adquisición seguridad perimetral Firewall
Consejo Nacional Electoral
- Decreto: 03-2024
- Publicación: 10 de junio de 2024
- Órgano emisor: Consejo Nacional Electoral
- Gaceta: 36,556
Considerandos
Que la Constitución Política de la República establece que es función primordial del Estado garantizar el bienestar general de sus habitantes que se fundamenta en la justicia, el desarrollo integral y además garantiza la escogencia de hombres y mujeres a través de procesos democráticos transparentes para dirigir sus destinos.
Que de acuerdo al Cronograma Electoral, el ocho (08) de septiembre del año en curso se debe convocar a los Partidos Políticos a participar en el Proceso Primario e Interno a celebrarse en el mes de marzo de 2025, cuya finalidad es la escogencia de Candidatos a cargos de elección popular, para la justa electoral de noviembre 2025.
Que el Consejo Nacional Electoral en estricto apego a la Ley de Contratación del Estado ha impulsado diferentes Procesos de Licitación Pública para la Adquisición de Licenciamientos Tecnológicos, Sistemas de Almacenamiento y otros de carácter Técnico- Profesional, mismos que se han declarado fracasados y desiertos por circunstancias no atribuibles a esta institución.
Que en fecha trece (13) de diciembre de dos mil veintitrés (2023), según Certificaciones 762-2023 y 774-2023 se autorizó publicar en los diarios de mayor circulación a nivel nacional, así como en la Plataforma Oficial de la Oficina Normativa de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (ONCAE) Honducompras1, el proceso de Licitación Pública No. LPCNE-GC-H1-015-10-2023 para la Adquisición del Nuevo Sistema Integrado de Seguridad Perimetral (Firewall) y Antivirus Sophos o su Equivalente, para Protección Perimetral de la Red y para la Protección Endpoint Institucional; proceso que se declaró fracasado mediante resolución contenida en la Certificación 250-2024.
Que en relación al proceso LPCNE- GC-H1-015-10-2023, se contó con el Dictamen Legal de Asesoría Legal y las opiniones de la Unidad de Auditoría Interna y la Unidad de Pre Intervención del Gasto, concluyen que dicho proceso debe de declararse fracasado en virtud que las empresas oferentes no cumplieron con lo estipulado en los Pliegos de Condiciones.
Que mediante el informe emitido por la Dirección Administrativa y Financiera junto con la Dirección de Sistemas y Estrategias Tecnológicas, se concluye que es urgente la adquisición del nuevo Sistema Integrado de Seguridad Perimetral (FIREWALL) y Antivirus Sophos o su equivalente para protección perimetral de la red y para la Protección Endpoint Institucional, en virtud que las licencias de seguridad se encuentran vencidas, siendo esta una gran brecha de peligro al estar expuestos a cualquier ataque cibernético pudiendo perder información valiosa de la Institución.
Que en apego a los artículos 38 al 51 de la Ley de Contratación del Estado; 37 párrafo primero, 38 párrafo primero, 39 y 80 del Reglamento de la Ley de Contratación del Estado; 104 del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República y sus Disposiciones Generales, ejercicio fiscal 2024, el Consejo Nacional Electoral, declaró Fracasado el proceso de licitación pública antes descrito, sin ningún tipo de responsabilidad institucional, pues ello obedeció a que, las empresas oferentes no cumplieron con lo estipulado en los Pliegos de Condiciones que se elaboró para cada uno de dichos procesos.
Que es prioridad de este Organismo Electoral el desarrollo del Cronograma Electoral sin ninguna demora, por ello es de urgente necesidad la adquisición de servicios tecnológicos para garantizar la protección y respaldo de la información, además de las actualizaciones del Censo Electoral que proporciona el Registro Nacional de las Personas; el desarrollo de todo lo cual se pone en riesgo si no se realiza un proceso expedito de adquisición de tales servicios.
Articulos
AUTORIZAR el procedimiento de Licitación Privada para el Proceso de Adquisición del Nuevo Sistema Integrado de Seguridad Perimetral (Firewall) y Antivirus Sophos o su Equivalente para Protección Perimetral de la Red y para la Protección Endpoint Institucional.
Publicar el presente Acuerdo en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, en el Salón de Sesiones del Consejo Nacional Electoral a los veintiocho (28) días del mes de mayo del año dos mil veinticuatro (2024). Firmas y Sellos: DRA. ANA PAOLA HALL GARCÍA, CONSEJERA PRESIDENTA; ABG. KELVIN FABRICIO AGUIRRE CORDOVA, CONSEJERO SECRETARIO, LIC. JULIO CESAR NAVARRO POSO, CONSEJERO VOCAL; ABG. TELMA CRISTINA MARTINEZ, SECRETARIA GENERAL”. Para ser publicado en el Diario Oficial La Gaceta. Para los fines legales pertinentes, se extiende la presente Certificación en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, a los veintiocho (28) días del mes de mayo de dos mil veinticuatro (2024). ABG. TELMA CRISTINA MARTÍNEZ SECRETARIA GENERAL Certificación 304-2024, Acta 16-2023, dos (2) páginas Consejo Nacional Electoral CNE