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7 de mayo de 2024Vigente

Acuerdo No. 011-2024 — Derogación del Acuerdo 020-2023 y restitución de funciones a la Región Forestal del Noreste de Olancho

Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre (ICF)

  • Decreto: 011-2024
  • Publicación: 7 de mayo de 2024
  • Órgano emisor: Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre (ICF)
  • Gaceta: 36,527

Considerandos

Que mediante (Decreto Legislativo No. 98- 2007) contentivo de la Ley Forestal se creó al Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre, por sus siglas (ICF), como la institución rectora del régimen legal a que se sujeta la administración y manejo de los Recursos Forestales, Áreas Protegidas y Vida Silvestre, incluyendo su protección, restauración, aprovechamiento, conservación y fomento, propiciando el desarrollo sostenible, de acuerdo con el interés social, económico, ambiental y cultural del país.

Que dentro de las atribuciones legales del ICF se encuentran la facultad de desarrollar programas, proyectos y planes y de crear las unidades administrativas técnicas y operativas necesarias para cumplir con los objetivos y fines de Ley, siendo necesario mejorar la capacidad administrativa y técnica de la Administración Forestal del Estado.

Articulos

Articulo 1.-

Derogar en su totalidad el Acuerdo 020-2023, de fecha 17 de octubre del 2023, publicado en el Diario Oficial La Gaceta 36,383, en fecha 14 de noviembre del 2023.

Articulo 2.-

Tener por restituidas todas las funciones y facultades, así como también validadas las acciones y actividades realizadas hasta la fecha de parte de la Región Forestal del Noreste de Olancho, del departamento de Olancho, sin perjuicio de las auditorias e investigaciones que el ICF y/o los entes competentes del Estado realicen de conformidad con la Ley.

Articulo 3.-

Se instruye a la Gerencia Administrativa, a la Unidad de Planificación y Evaluación de la Gestión y demás Departamentos Técnicos a realizar las modificaciones y restablecimientos internos y administrativos necesarios, así como brindar toda la cooperación necesaria para la correcta y eficaz prestación de los servicios técnicos y administrativos que le compete a la Región Forestal de Noreste de Olancho.

Articulo 4.-

El presente Acuerdo entra en vigencia a partir de su firma, siendo de ejecución inmediata y se publicará en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. Dado en la ciudad de Comayagüela, municipio del Distrito Central, a los siete días del mes de marzo del año dos mil veinticuatro. LUIS EDGARDO SOLIZ LOBO DIRECCIÓN EJECUTIVA DANIA MARÍA RAMÍREZ NÁJERA SECRETARIA GENERAL (E.N.A.G.) Colonia Miraflores Sur, Tels.: 2230-1120, 2230-4957, 2230-1339 Suscripciones: Nombre:___________________________________________________________________________________________ Dirección: _________________________________________________________________________________________ Teléfono: _________________________________________________________________________________________ Empresa: __________________________________________________________________________________________ Dirección Oficina: __________________________________________________________________________________ Teléfono Oficina: ___________________________________________________________________________________ Avance El Diario Oficial La Gaceta circula de lunes a sábado Próxima Edición Remita sus datos a: precio unitario: Lps. 15.00 Suscripción Físico y Digital Lps. 2,000.00 anual, seis meses Lps. 1,000.00 La Gaceta está a la vanguardia de la tecnología, ahora ofreciendo a sus clientes el servicio en versión digital a nivel nacional e internacional en su página web www.la gaceta.hn Para mayor información llamar al Tel.: 2230-1339 o al correo: gacetadigitalhn@gmail.com Contamos con: • Servicio de consulta en línea. D E C R E T A La siguiente: LEY PARA LA PREVENCIÓN YATENCIÓN DE LOS PACIENTES ONCOLÓGICOS ARTÍCULO 1.- OBJETO.- La presente Ley tienen por objeto asegurar el acceso universal e integral de la persona con cáncer, estableciendo un marco normativo y operativo para la planificación, desarrollo y ejecución de políticas públicas, programas y acciones destinados a la prevención, detección y diagnóstico temprano, tratamiento oportuno, cuidados paliativos y rehabilitación del cáncer en cualquiera de sus manifestaciones, formas o denominaciones, que propicie la reducción en la morbilidad y mortalidad. Así mismo, deberá desarrollarse campañas para promover y garantizar el acceso a la vacuna del Papiloma Humano y prevenir permanentemente el abastecimiento de esta vacuna. TEGUCIGALPA Col. Miraflores Sur, , contiguo al Poder Judicial. SAN PEDRO SULA Salida a Puerto Cortés, Centro Comercial, “Los Castaños”, Teléfono: 2552-2699. CENTROS DE DISTRIBUCIÓN: Sección “B” República de Honduras AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL “ADQUISICIÓN DE GPS Y SERVICIO, PARALAFLOTA VEHICULAR ADMINISTRACIÓN ADUANERA DE HONDURAS” LPN-ADUANAS-005-2024 1. La Administración Aduanera de Honduras (ADUANAS), invita a las empresas interesadas en participar en la