Acuerdo — Artículo 71-E. Procedimiento Posterior a la Celebración de la Audiencia Oral y Virtual ante el Tribunal Disciplinario
Ministerio Público
- Publicación: 1 de abril de 2024
- Órgano emisor: Ministerio Público
- Gaceta: 36,497
Articulos
E. Procedimiento Posterior a la Celebración de la Audiencia Oral y Virtual ante el Tribunal Disciplinario. Emisión de su Resolución. Concluida la audiencia, el Tribunal Disciplinario emitirá resolución sobre la procedencia o improcedencia de la solicitud de sanción, dentro del plazo de cuatro (04) días hábiles. Esta resolución dictada en faltas menos graves será ejecutada de forma inmediata, aplicando la sanción que corresponda o en su defecto comunicando la resolución absolutoria al servidor y a la Supervisión Nacional. Las decisiones del Tribunal Disciplinario, en su trámite podrán adoptarse por unanimidad o por mayoría. Contra las resoluciones que dicte el Tribunal Disciplinario por faltas menos graves y faltas graves procederá recurso de reposición, éste deberá ser dirigido e interpuesto por escrito ante el Tribunal, el cual, deberá presentarse dentro del día hábil siguiente a la notificación en legal y debida forma de la resolución emitida por el Tribunal Disciplinario. Una vez resuelto el Recurso de Reposición por el Tribunal Disciplinario en los procedimientos por faltas menos graves que impliquen la suspensión de labores únicamente procederá Recurso de Apelación ante el Consejo de Personal de la Carrera del Ministerio Público. Contra la resolución que dicte el Tribunal Disciplinario en los procedimientos iniciados para conocer de faltas graves que impliquen cancelación del acuerdo de nombramiento o despido, procederá subsidiariamente Recurso de Apelación que será resuelto por el Fiscal General de la República. Estas impugnaciones presentadas a través del Recurso de Reposición y Apelación deberán ser interpuestas ante el Tribunal Disciplinario por escrito, dirigido al órgano que deba resolverlos, indicando claramente los agravios que ocasiona la resolución impugnada, y dentro del plazo que corresponda”. “