Certificación No. 2021-4112 — Solicitud de registro de Marca de Servicio - FRIOCASA
Registro de la Propiedad Industrial
- Decreto: 2021-4112
- Publicación: 2 de abril de 2024
- Órgano emisor: Registro de la Propiedad Industrial
- Gaceta: 36,498
- Categoria: Mercantil
Texto completo
Número de Solicitud: 2021-4112 Fecha de presentación: 2021-08-10 Fecha de emisión: 22 de diciembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
- A)
TITULAR Solicitante: OSCAR ORLANDO QUIJADA ARIAS Domicilio: RES. ANDALUCIA, 13 CALLE, 13 AVE., EDIFICIO #1, SAN PEDRO SULA, CORTÉS, Honduras.
- B)
PRIORIDAD:
- C)
TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta
- D)
APODERADO LEGAL GÉNESIS GIANELLA PAZ GALDÁMEZ
- E)
CLASE INTERNACIONAL (37)
- F)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN FRIO CASA
- G)
- H)
Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "FRIO CASA" y la apariencia de la etiqueta, los demás elementos denominativos no se protegen.
- I)
Reivindicaciones:
- J)
Para Distinguir y Proteger: Servicios de instalación y reparación de aires acondicionados; mantenimiento de sistemas de aire acondicionado, de la clase 37. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 14M., 2 y 17 A. 2024. PODER JUDICIAL Honduras JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C. A. AVISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de ésta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha diez (10) de octubre del año dos mil veintitrés (2023), compareció ante este Juzgado la abogada Bricelda María Cruz Martínez, en su condición de representante procesal de las señoras Yesenia Noemí Pérez Hernández, Karen Lizeth Reyes Valeriano y Gloria Mercedes Vivas Erazo, incoando demanda vía procedimiento especial en materia de personal, contra el Estado de Honduras a través de la Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social, con orden de ingreso No.0801-2023- 01105, para que se declare la nulidad e ilegalidad de los actos administrativos de carácter particular consistentes en los Acuerdo de cancelación números SETRASS-554-2023, SETRASS-555-2023 y SETRASS-556-2023, todos de fecha diecinueve (19) de septiembre del dos mil veintitrés (2023), emitidos por la Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social, por no ser conforme a derecho e infringir el ordenamiento jurídico, quebrantamiento de las formalidades esenciales establecidas en la ley.- Que se reconozca las situaciones jurídicas individualizadas de las titulares del derecho que se reclaman y como medidas necesarias para el pleno restablecimiento de los mismos, se ordene mediante sentencia definitiva, el reintegro de sus representadas a sus puestos de trabajo u otro de igual o mejores condiciones en la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social y a título de daños y perjuicios los salarios dejados de percibir desde la fecha en la que de manera ilegal se efectuaron las cancelaciones de sus representadas, hasta el momento en que se materialice los reintegros a los puestos de trabajo.- Más los aumentos o reajustes salariales que en su caso tuviera los puestos del cual fueron canceladas durante la secuela del juicio, más el pago de los derechos laborales que ocurran durante el mismo como décimo tercero y décimo cuatro mes de salario, vacaciones.- Especial condena en costas a la parte demandada y vencida en juicio en primera instancia. Se solicita a este tribunal que la presente demanda se trámite de acuerdo lo dispuesto a las Reglas de Brasilia número 3 de la Cumbre Iberoamericana sobre Acceso a la Justicia de Personas en Condición de Vulnerabilidad.- Habilitación de días y horas inhábiles para efectuar cualquier actuación judicial.- Se acompañan documentos.- Cotejo y devolución de poder. ALAN MAURICIO MARTINEZ SECRETARIO ADJUNTO 2 A. 2024
Marcas de Fábrica