Acuerdo Ministerial No. SAG-074-2024 — Requisitos para Renovación de Licencias de Pesca y otros permisos pesqueros y acuícolas para la temporada 2024-2025
Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería
- Decreto: SAG-074-2024
- Publicación: 18 de marzo de 2024
- Órgano emisor: Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería
- Gaceta: 36,488
Considerandos
Que la Constitución de la República, en su Artículo 340 declara de utilidad y necesidad pública, la explotación técnica y racional de los recursos naturales de la nación. El Estado reglamentará su aprovechamiento de acuerdo con el interés social y fijará las condiciones de su otorgamiento a los particulares.
Que el Poder Ejecutivo a través de la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería (SAG), es la Autoridad Rectora del Sector Pesquero y Acuícola, responsable de formular las políticas, estrategias y planes que determinen el esfuerzo pesquero y acuícola nacional.
Que la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería (SAG) a través de la Dirección General de Pesca y Acuicultura (DIGEPESCA), tiene la finalidad de establecer el marco regulatorio para el ordenamiento, protección y fomento de los recursos hidrobiológicos correspondientes a la actividad pesquera y acuícola del Estado de Honduras, incluyendo su extracción, cultivo, aprovechamiento, procesamiento, transporte, comercialización y otras actividades conexas.
Que la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería (SAG) a través de la Dirección General de Pesca y Acuicultura (DIGEPESCA), es el ente que regula administrativamente la actividad pesquera y acuícola nacional extendiendo para ello: licencias, permisos, registros, concesiones y otorgamiento de otros derechos administrativos en la pesca, acuicultura y actividades conexas y en virtud de que la ley no contempla los requisitos para los trámites, de las diferentes solicitudes. EDIS ANTONIO MONCADA SULY YADIRA ANDRADE GUTIERREZ Colonia Miraf Iores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821
Que el período de licenciamiento inicia con la aprobación, emisión y publicación del Acuerdo Ministerial en el cual se determinan los requisitos que se deberán acreditar por los usuarios que postulen petitorias a la administración pública, en este particular a la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería como autoridad rectora del sector pesquero y acuícola, a través de la Secretaría General de este ente administrativo, apegados en derecho se emite el presente Acuerdo Ministerial.
Articulos
Presentar los siguientes requisitos para la Renovación de Licencias de Pesca, para la temporada pesquera 2024-2025, de las embarcaciones que pertenecen a la flota pesquera nacional, así como a las embarcaciones suplidoras, cargueros o nodrizas: a. Solicitud dirigida a la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería, por medio de un Apoderado Legal. b. Acreditar el Poder de Representación a través de Carta Poder o Testimonio de Escritura Pública, mediante el cual actúa el Apoderado Legal. c. Copia de Carné de Colegiación vigente del Profesional del Derecho que represente al solicitante. d. Copia fotostática del Documento Nacional de Identificación (DNI) del armador y/o el representante legal. e. Copia fotostática del Registro Tributario Nacional (RTN) de la persona natural o jurídica solicitante. f. Testimonio de Escritura Pública de Comerciante Individual o Constitución de Sociedad, debidamente inscrito en el Registro Mercantil correspondiente. g. En caso de ser una sociedad o asociación, el solicitante deberá acreditar la legitimidad con la que actúa presentando la documentación correspondiente. h. Presentar licencia de pesca original de la temporada anterior. i. Recibos de pago TGR emitidos por la Dirección de Pesca y Acuicultura (DIGEPESCA) en concepto de tonelaje bruto de la embarcación. j. Inventario físico de la embarcación emitido por el Inspector de la Oficina Regional, el cual deberá ser firmado por el armador y/o el representante legal. k. Copia de certificado de dotación mínima segura, emitido por la Dirección General de la Marina Mercante (DGMM), cuando aplica (para el método buceo). l. Presentar fotografías de la embarcación en las cuales se a pre cien todos los ángulos de ésta, el nombre y el número de registro, acorde a la matrícula correspondiente. m. Constancia de la empresa que presta el servicio de sistema de seguimiento y monitoreo satelital. n. Constancia de Solvencia Municipal (Artículo 47, Ley de Pesca y Acuicultura). o. Constancia de Solvencia del Sistema de Administración de Rentas (SAR), (Artículo 47, Ley de Pesca y Acuicultura). p. Copia de Patente de Navegación vigente. q. Copia de Contrato de Arrendamiento para las embarcaciones bajo esta modalidad. r. Autorización emitida por la Oficina Administradora de Bienes Incautados (OABI) para gestionar renovación de permisos y licencias, cuando esta no se encuentre contemplada en el contrato correspondiente entre el solicitante y la OABI. Las copias fotostáticas presentadas, deberán ser autenticadas por Notario Público.
Para realizar Pesca en el Extranjero se deberán presentar los siguientes requisitos: a. Solicitud dirigida a la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería, por medio de un Apoderado Legal. b. Acreditar el Poder de Representación a través de Carta Poder o Testimonio de Escritura Pública, mediante el cual actúa el Apoderado Legal. c. Copia de carné de colegiación vigente del Profesional del Derecho que represente al solicitante. d. Copia fotostática del Documento Nacional de Identificación (DNI) del armador y/o el representante legal. e. Copia fotostática del Registro Tributario Nacional (RTN) de la persona natural o jurídica solicitante. f. Copia de Testimonio de Escritura Pública de Comerciante Individual o Constitución de Sociedad debidamente inscrito en el Registro Mercantil correspondiente. g. En caso de ser una ONG, asociación u otra variante de organización, el solicitante deberá acreditar la legitimidad con la actúa presentando la documentación correspondiente. h. Presentar el permiso o licencia correspondiente del país donde realizará las faenas pesqueras debidamente apostillado. i. Presentar fotografías de la embarcación en las cuales se a pre cien todos los ángulos de ésta, el nombre y el número de registro, acorde a la matrícula correspondiente. j. Constancia de la empresa que presta el servicio de sistema de seguimiento y monitoreo satelital. k. Dejar en depósito la licencia original de pesca de la temporada 2023-2024 extendida por la DIGEPESCA, en la oficina principal de la DIGEPESCA de Tegucigalpa. l. El armador no podrá sustituir el cupo que ostenta en la Flota Pesquera Nacional con otra embarcación y deberá solicitar la reserva de cupo respectiva en la misma solicitud; Esta reserva de cupo será por el tiempo que dure la autorización de pesca en el extranjero. m. Contrato de arrendamiento para las embarcaciones bajo esta modalidad. n. Autorización emitida por la OABI para gestionar la renovación de permisos y licencias, cuando esta no se encuentre contemplada en el contrato correspondiente entre el solicitante y la OABI. o. Copia de Patente de Navegación vigente. Las copias fotostáticas presentadas, deberán ser autenticadas por Notario Público.
El movimiento de artes de pesca (nasas) será autorizado por el director general de pesca a solicitud del armador o su representación legal, de la siguiente forma: 1. Traslado de nasas en el caribe hondureño (puerto a puerto) Los propietarios, armadores, su representación legal o gremial, de embarcaciones que pertenecen a la flota pesquera nacional, así como los suplidores, cargueros y nodrizas que transportan artes de pesca (nasas) en el caribe hondureño (puerto a puerto) deben adjuntar lo siguiente: a. Solicitud dirigida al Director(a) General de Pesca y Acuicultura, en la cual se mencione el nombre de la embarcación que movilizará las nasas, número de registro/matrícula, nombre del propietario de las nasas, la cantidad a movilizar y el origen y destino de las nasas. b. Copia de la licencia vigente de la embarcación que movilizará las nasas o constancia de cumplimiento (emitida por el departamento de pesca marítima) que garantice que la embarcación cumple con todos los requisitos para la renovación de la licencia. c. Copia de la patente de navegación vigente. d. El peticionario deberá adjuntar el acta de inspección del barco remitido por el inspector de la oficina regional correspondiente. e. Copia de la factura de compra, emitida por la empresa que fabrica las nasas, la factura debe presentarse firmada y sellada. f. Constancia de la empresa que presta el servicio de sistema de seguimiento y monitoreo satelital. Las copias fotostáticas presentadas, deberán ser autenticadas por Notario Público. 2. Requisitos para el traslado de nasas hacia el extranjero En el caso que las artes de pesca (nasas) a movilizar se dirijan hacia el extranjero, deberán enviar la solicitud a la Dirección General de Pesca y Acuicultura (DIGEPESCA), adjuntando los siguientes documentos: a. Solicitud dirigida al Director(a) General de Pesca y Acuicultura, en la cual se mencione el nombre de la embarcación que movilizará las nasas, número de registro, nombre del propietario de las nasas, la cantidad a movilizar y el origen y destino de las nasas. b. Copia de la licencia vigente de la embarcación que movilizará las nasas. c. Copia de la patente de navegación vigente. d. El peticionario deberá adjuntar el acta de inspección del barco remitido por el inspector de la oficina regional correspondiente. e. Copia de la factura de compra, emitida por la empresa que fabrica las nasas. f. En caso de que el traslado sea hacia un país centroamericano, debe adjuntar copia del documento único centroamericano. g. Documento de exportación cuando el destino es fuera de Centroamérica. Las copias fotostáticas presentadas, deberán ser autenticadas por Notario Público
Los propietarios de empresas, industrias que se dediquen a la fabricación, importación, distribución y exportación de artes de pesca, deben solicitar permiso cumpliendo con los siguientes requisitos: a. Solicitud dirigida a la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería, por medio del Apoderado Legal. b. Acreditar el poder de representación a través de Carta Poder o Testimonio de Escritura Pública, mediante el cual actúa el Apoderado Legal. c. Copia fotostática del Registro Tributario Nacional (RTN) de la persona natural o jurídica solicitante. d. Copia de Carné de colegiación vigente del profesional del derecho que represente al solicitante. e. Testimonio de Escritura pública de Comerciante Individual o Constitución de Sociedad, debidamente inscrito en el registro mercantil correspondiente. f. En caso de ser una Sociedad o Asociación, el solicitante deberá acreditar la legitimidad con la que actúa, presentando la documentación correspondiente. g. Constancia de Solvencia Municipal del solicitante vigente. h. Constancia de Solvencia del Sistema de Administración de Rentas (SAR) del solicitante. i. Copia de la Licencia ambiental si son solicitudes por primera vez o Constancia de Renovación de Licencia Ambiental de Operación otorgada por la Secretaría de Estado en los Despachos de Recursos Naturales y Ambiente (SERNA). j. Permiso de operación vigente emitido por la Corporación Municipal. k. Declaración jurada que cumplirá con las especificaciones necesarias en la fabricación, importación, distribución y exportación de las artes de pesca. l. Contrato de arrendamiento para las empresas bajo esta modalidad. m. Autorización emitida por la OABI para gestionar renovación de permisos y licencias, cuando esta no se encuentre contemplada en el contrato correspondiente entre el solicitante y la OABI. Las copias fotostáticas presentadas, deberán ser autenticadas por Notario Público.
Los centros de acopio deberán presentar los siguientes requisitos: a. Solicitud dirigida a la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería (SAG) a través de un Apoderado Legal. Asimismo, especificar los productos pesqueros a a copiar (escama, pepino de mar, medusa, productos provenientes de la pesca artesanal) b. Acreditar el Poder de Representación a través de Carta Poder o Testimonio de Escritura Pública, mediante el cual actúa el Apoderado Legal. c. Copia fotostática del Documento Nacional de Identificación(DNI)del propietario y/o el representante legal. d. Copia fotostática del Registro Tributario Nacional (RTN) de la persona natural o jurídica solicitante. e. Copia del título de propiedad del inmueble y cuando el establecimiento no sea propio, se debe presentar una copia del contrato de arrendamiento debidamente autenticado. f. Testimonio de Escritura Pública de Constitución de Sociedad o Comerciante Individual, debidamente inscrito en el registro correspondiente. g. En el caso de ser una ONG, asociación u otra variante de organización, el solicitante deberá acreditar la legitimidad con la que actúa, presentando la documentación correspondiente. h. Constancia de Solvencia Municipal vigente. i. Constancia de Solvencia del Servicio de Administración de Rentas (SAR). j. Copia de la Licencia Ambiental si son solicitudes por primera vez o, Constancia de estar en trámite la Licencia Ambiental de Operación en caso de renovación otorgada por la Secretaría de Estado en los Despachos de Recursos Naturales y Ambiente (SERNA). k. Copia de planos en caso de ser primera vez o ampliación de esta, debidamente firmados, sellados y timbrados por el profesional correspondiente. l. Recibo de pago establecido en el artículo 78 de la Ley de Pesca y Acuicultura vigente. m. Copia fotostática del carné de colegiación vigente del profesional del derecho que representa al solicitante. n. Contrato de arrendamiento para las empresas que operen bajo esta modalidad. o. Autorización emitida por la OABI para gestionar la renovación de licencias, cuando esta no se encuentre contemplada en el contrato correspondiente entre el solicitante y la OABI. p. Copia de Resolución anterior si es solicitud de Renovación. Las copias fotostáticas presentadas, deberán ser autenticadas por Notario Público.
Los propietarios de plantas procesadoras y comercializadoras de productos pesqueros en general, deberán solicitar permiso cumpliendo con los siguientes requisitos: a. Solicitud dirigida a la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería, por medio de su Apoderado Legal. b. Acreditar el poder de representación a través de Carta Poder o Testimonio de Escritura Pública, mediante el cual actúa el Apoderado Legal. c. Copia fotostática del Documento Nacional de Identificación(DNI)del propietario y/o el representante legal. d. Copia fotostática del Registro Tributario Nacional (RTN) de la persona jurídica solicitante. e. Carné de colegiación vigente del profesional del derecho que represente el solicitante. f. Testimonio de Escritura Pública de comerciante individual o constitución de sociedad, debidamente inscrito en el registro mercantil correspondiente. g. En el caso de ser una ONG, asociación u otra variante de organización, el solicitante deberá acreditar la legitimidad con la que actúa, presentando la documentación correspondiente. h. Constancia de solvencia municipal vigente. i. Constancia de solvencia del servicio de Administración de Rentas (SAR). j. Copia de la Licencia Ambiental si son solicitudes por primera vez o Constancia de estar en trámite la Licencia Ambiental para dar continuidad al proceso, debiendo acreditar la copia de la Licencia Ambiental previo a dictar resolución de otorgamiento del permiso solicitado. k. Permiso de operación vigente emitido por la Corporación Municipal. l. Copia de los planos en caso de ser primera vez o ampliación de esta, debidamente firmados y timbrados. m. En las solicitudes por primera vez o cuando se incluya un nuevo producto en el procesamiento incluir un flujograma de los procesos utilizados para el procesamiento de los productos pesqueros y acuícolas sobre los cuales solicitan autorización. n. Recibos de pago establecidos en el artículo 78 de la Ley de Pesca y Acuicultura vigente. o. Contrato de arrendamiento para las empresas bajo la citada modalidad. p. Autorización emitida por la OABI para gestionar la renovación de los permisos y las licencias, cuando esta no se encuentre contemplada en el contrato correspondiente entre el solicitante y la OABI. q. Resolución anterior si es solicitud de Renovación. Las copias fotostáticas presentadas, deberán ser autenticadas por Notario Público.
Los armadores de embarcaciones pesqueras que pertenecen a la Flota Nacional y que soliciten reserva de cupo deberán presentar los siguientes requisitos: a. Solicitud dirigida a la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería por medio de un apoderado legal. b. Acreditar el Poder de Representación a través de Carta Poder o Testimonio de Escritura Pública, mediante el cual actúa el Apoderado Legal. c. Copia de carné de colegiación vigente del profesional del derecho que represente al solicitante. d. Copia fotostática del Documento Nacional de Identificación (DNI) del armador y/o el representante legal. e. Copia fotostática del Registro Tributario Nacional (RTN) de la persona natural o jurídica solicitante. f. Testimonio de Escritura Pública de Comerciante Individual o Constitución de Sociedad, debidamente inscrito en el registro mercantil correspondiente. g. En el caso de ser una ONG, asociación u otra variante de organización, el solicitante deberá acreditar la legitimidad con la que actúa, presentando la documentación correspondiente. h. Copia de patente de navegación vigente. i. Presentar fotografías de la embarcación en las cuales se a pre cien todos los ángulos de esta, el nombre y el número de registro de acorde a la matrícula correspondiente. j. Presentar la licencia de pesca original de la temporada anterior. k. Acompañar la solicitud con la documentación soporte necesaria que acredite la causa que motiva la solicitud de reserva de cupo. Las copias fotostáticas presentadas, deberán ser autenticadas por Notario Público.
Para las solicitudes de permisos para investigaciones de especies hidrobiológicas (investigadores, institutos de investigación, centros educativos, ONG´s y personas particulares) deberán presentar los siguientes requisitos: a. Solicitud dirigida a la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería por medio de un apoderado legal. b. Acreditar el Poder de Representación a través de Carta Poder o Testimonio de Escritura Pública, mediante el cual actúa el Apoderado Legal. c. Copia de carné de colegiación vigente del profesional del derecho que represente al solicitante. d. Copia fotostática del Documento Nacional de Identificación (DNI) para investigadores hondureños y copia de los pasaportes para los investigadores extranjeros. e. Hoja de Vida/Curriculum Vitae de los investigadores primarios. f. Cartas de recomendación de Universidades, Organizaciones u otras Instituciones de reconocido prestigio, que respalden las investigaciones. g. Declaración jurada en la cual se comprometen al cumplimiento de las regulaciones y compromisos establecidos; Así como a entregar copia de los resultados y/o productos de la investigación y posteriores beneficios que se puedan obtener de la misma (publicaciones, patentes, entre otros), según los dispuesto en el Convenio de la Diversidad Biológica (CDB) y otros convenios firmados con la Secretaría de Agricultura y Ganadería. h. Los protocolos de investigación deberán de incluir los siguientes elementos: 1. Introducción 2. Justificación 3. Objetivos 4. Antecedentes 5. Marco Conceptual 6. Diseño metodológico 7. Mapa con las coordenadas de las áreas de estudio donde se realizarán las investigaciones y /o las colectas de especie hidrobiológicas. 8. Formato de bitácoras de investigación técnico-científico para las colectas de datos biológicos, morfológicos y otros de interés; Las cuales deberán de incluir, días de colecta, hora de inicio y fin de las jornadas de investigación, especies colectadas y demás que se vinculen con la investigación solicitante. 9. Presupuesto detallado (de tener apoyos institucionales se deberán de incluir en el mismo). 10. Cronograma detallado de actividades a desarrollar. 11. Nominación de investigador principal y secundario del proyecto. i. Copia de Patente vigente de la embarcación a utilizar en la investigación Contrato de arrendamiento si es el caso. j. Presentar Dictamen Técnico de Permiso de Investigación extendido por el Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal (ICF) según el tipo de estudio a realizar. Las copias fotostáticas presentadas, deberán ser autenticadas por Notario Público.
Para las solicitudes de Certificados CITES, para las muestras de permisos para investigaciones de especies hidrobiológicas (investigadores, institutos de investigación, centros educativos, ONG´s y personas particulares) deberán presentar los siguientes requisitos: a. Solicitud dirigida a la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería por medio de su apoderado legal. b. Acreditar el poder de representación a través de Carta Poder o Testimonio de Escritura Pública, mediante el cual actúa el Apoderado Legal. c. Copia fotostática del Documento Nacional de Identificación (DNI) para investigadores hondureños y copia de los pasaportes para los investigadores extranjeros. d. Copia de carné de colegiación vigente del profesional del derecho que represente al solicitante. e. Declaración jurada en la cual se comprometen al cumplimiento de las regulaciones y compromisos establecidos; así como a entregar copia de los resultados y/o productos de la investigación y posteriores beneficios que se puedan obtener de la misma (publicaciones, patentes, entre otros), según los dispuesto en el convenio de la Diversidad Biológica (CDB) y otros convenios internacionales, con la Secretaría de Agricultura y Ganadería. f. Copia de Permiso de Investigación emitido por Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal, Áreas Protegidas y vida Silvestre (ICF), el Dictamen Técnico correspondiente en aquellos casos que se considere necesario según el tipo de estudio a realizar. g. Listado detallado de muestras a exportar por certificado CITES. Las copias fotostáticas presentadas, deberán ser autenticadas por Notario Público.
Para el trámite de permisos de pesca y comercialización de productos pesqueros y acuícolas, se deberán presentar los siguientes requisitos en las oficinas regionales de la DIGEPESCA y al Departamento de Control y Fiscalización en las oficinas centrales: a. Llenar ficha de Solicitud según la actividad a realizar, extendida por la Oficina Central y Regionales de la Dirección General de Pesca y Acuicultura. b. Copia fotostática del Documento Nacional de Identificación (DNI) de la persona natural y/o el representante legal. c. Fotografía tamaño carné si es bajo sistema manual y fotografía digital si es bajo sistema RGP. d. Copia de RTN del establecimiento(hotel,supermercado, cafetería, pesca de ría, y/o restaurante). e. Registro de la Dirección General de la Marina Mercante para embarcaciones artesanales básicas. f. Presentar el recibo de pago TGR correspondiente al cobro, según la Ley de Pesca y Acuicultura, conforme a los permisos descritos en la siguiente tabla: regionales de la DIGEPESCA y al Departamento de Control y Fiscalización en las oficinas centrales: a. Llenar ficha de Solicitud según la actividad a realizar, extendida por la Oficina Central y Regionales de la Dirección General de Pesca y Acuicultura. b. Copia fotostática del Documento Nacional de Identificación (DNI) de la persona natural y/o el representante legal. c. Fotografía tamaño carnet si es bajo sistema manual y fotografía digital si es bajo sistema RGP. d. Copia de RTN del establecimiento (hotel, supermercado, cafetería, pesca de ría, y/o restaurante). e. Registro de la Dirección General de la Marina Mercante para embarcaciones artesanales básicas. f. Presentar el recibo de pago TGR correspondiente al cobro, según la Ley de Pesca y Acuicultura, conforme a los permisos descritos en la siguiente tabla:
Para el licenciamiento de las embarcaciones en la actividad de pesca artesanal avanzada, única y exclusivamente para la pesca de escama, se deberán presentar los siguientes requisitos en las oficinas regionales de la DIGEPESCA y al Departamento de Control y Fiscalización en las oficinas centrales: N0 Permiso de Pesca y Comercialización Valor L. 1 Pescador Artesanal 30.00 2 Pescador Deportivo 500.00 3 Buzos de Pesca 200.00 4 Marinos Pescadores, Pescadores asalariados (tripulación) 100.00 5 Embarcación Artesanal Básica. 200.00 6 Embarcación Artesanal Avanzada. 2000.00 7 Capitanes de embarcaciones mayores de hasta 50 toneladas. 500.00 8 Capitanes de embarcaciones mayores de 50 toneladas. 1000.00 9 Recluta dores de personal de Pesca (saca buzos). 1000.00 10 Comercialización Cafeterías 200.00 11 Comercialización (hotel, supermercados, pescaderías y/o Restaurantes. 500.00 12 Pesca deportiva, empresas turísticas. 1500.00 13 Compra venta Mayoristas (comercio nacional mayor de 100 libras) 2000.00 14 Compraventa Minorista (comercio nacional menor de 100 libras) 40.00 Transportistas de hasta media tonelada. (Aplica para trasportistas de plantas de proceso de productos pesqueros y acuícolas) 500.00 Transportistas con equipo especializado y carga mayor a media tonelada (Aplica para trasportistas de plantas de proceso de productos pesqueros y acuícolas) 2000.00 Inspecciones pesqueras industriales para la autorización de establecimiento auxiliares de pesca y acuicultura, por primera vez. 500.00 18 Otras inspecciones solicitadas. 500.00