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24 de febrero de 2024Vigente

Acuerdo — Modificación del Plan de Arbitrio para el Año Fiscal 2024 de la Municipalidad de Siguatepeque

Municipalidad de Siguatepeque

  • Publicación: 24 de febrero de 2024
  • Órgano emisor: Municipalidad de Siguatepeque
  • Gaceta: 36,469

Texto completo

Sección “B” DE ARBITRIO PARA EL AÑO FISCAL 2024. La licenciada Gabriela Nolasco, Jefe del Departamento de Control Tributario presentó ante el pleno de la Corporación Municipal solicitud para modificación del plan de arbitrio para el año fiscal 2024, modificaciones que literalmente reza: Considerando: que el plan de arbitrio es una ley o el instrumento básico de la innegable aplicación, donde anualmente se establecen los tributos municipales, incluyendo impuestos, tasas, contribuciones por mejoras, así como las sanciones y multas aplicables a los contribuyentes en caso de mora y los procedimientos relativos al sistema tributario; el cual es de obligatorio cumplimiento para todos los vecinos y transeúntes de un municipio. Considerando: compete a las municipalidades crear las tasas por servicios y los montos por contribución por mejoras. Los rubros enlistados a continuación y que presentan cualquiera de las siguientes condiciones, pagarán el Impuesto y las tasas aplicables de acuerdo con el Volumen de Ventas de oficio según la tabla:

  • 1)

    Aquellos que no presenten Declaración Jurada de Ingresos dentro de los términos que la Ley establece.

  • 2)

    Aquellos que presenten la Declaración Jurada de Ingresos con datos falsos.

  • 3)

    Los que no renueven el permiso en enero de cada año. Tabla 4: Tasación de Oficio Aplicado a los Negocios. (Modificación letra roja).