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20 de enero de 2024needs_review

Acuerdo — Tasas Aprobadas por el Departamento de Planificación Urbana

Municipalidad de La Ceiba

  • Publicación: 20 de enero de 2024
  • Órgano emisor: Municipalidad de La Ceiba
  • Gaceta: 36,439

Articulos

Articulo 117.-

Los Permisos de Revisión y Construcción se otorgarán por una sola vez y tendrá vigencia por el término de un año, según lo manifieste el responsable de la obra en el acta de compromiso. Una vez vencido el término concedido, sin que haya concluido la construcción, el solicitante deberá tramitar su renovación. El solicitante deberá pagar el valor correspondiente a la aplicación de las tasas por servicios de revisión y aprobación de construcciones, en la Tesorería Municipal de manera anticipada, con lo cual se procederá a la respectiva inspección (dicho pago no es sinónimo de autorización del Permiso de Construcción). De negarse la solicitud el valor del permiso será devuelto acreditado a sus impuestos. Todo trámite de permiso de construcción se realizará únicamente con el propietario del predio, el encargado de la obra o terceros debidamente autorizados mediante el formulario FDC-01 o carta poder autenticada. REVISIÓN Y APROBACIÓN DE CONSTRU- CCIONES CÓDIGO 119-18