20 de enero de 2024needs_review
Acuerdo No. 89-A — Clasificación de bienes inmuebles por uso habitacional y no habitacional
Municipalidad de La Ceiba
- Decreto: 89-A
- Publicación: 20 de enero de 2024
- Órgano emisor: Municipalidad de La Ceiba
- Gaceta: 36,439
Articulos
Articulo 89.-
A: efectos de la aplicación de las disposiciones legales respectivas, los Bienes Inmuebles se clasificarán de la siguiente manera: Inmuebles Urbanos
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De uso habitacional: utilizados para habitación del propietario, en forma exclusiva.
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Alquila dos, cedidos o utilizados a título gratuito.
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De uso no habitacional (Solares baldíos). Inmuebles Rurales
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De uso habitacional: utilizados para habitación del propietario, en forma exclusiva.
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Alquila dos, cedidos o utilizados a título gratuito
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De uso no habitacional (Solares baldíos).