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20 de enero de 2024needs_review

Acuerdo — Artículo 48 - Obligación de proporcionar información

Municipalidad de La Ceiba

  • Publicación: 20 de enero de 2024
  • Órgano emisor: Municipalidad de La Ceiba
  • Gaceta: 36,439

Articulos

Articulo 48.-

Los propietarios de negocios, sus representantes legales, así como los terceros vinculados con las operaciones objeto de este gravamen, están obligados a proporcionar toda información que le requiera al personal autorizado por la respectiva Municipalidad. El incumplimiento de esta obligación, se sancionará con lo dispuesto en el artículo 160 del Reglamento de La Ley de Municipalidades.