Resolución No. CPRNP-078-2023 — Reforma de artículos del Reglamento de la Ley del Registro Nacional de las Personas
Registro Nacional de las Personas - Comisión Permanente
- Decreto: CPRNP-078-2023
- Publicación: 25 de noviembre de 2025
- Órgano emisor: Registro Nacional de las Personas - Comisión Permanente
- Gaceta: 37,002
Considerandos
Que el Director Legal del Registro Nacional de las Personas mediante Opinión Legal ASL-RNP N° 00-2023 de fecha quince (15) de noviembre del año dos mil veintitrés (2023), estimó que es procedente realizar las reformas al Reglamento de la Ley del Registro Nacional de las Personas propuesto por la Jefatura del Departamento de Oficialías Civiles.-
Articulos
. 1)... 2) Efectuar rectificaciones, adiciones y subsanación de alteración de las inscripciones, cancelaciones y anotaciones sin que se acompañen las certificaciones literales o fotocopia del folio debidamente refrendada por el Registrador del lugar de origen donde se encuentra registrada dicha inscripción. Debiendo el Registrador Civil Municipal, remitir al Oficial Civil Departamental o Seccional las copias de folio en forma digital, utilizando el correo institucional.
Dictada la resolución, el Oficial Civil extenderá un aviso de la misma y ordenará que se publique la tabla de avisos de su despacho y en la del registro civil de procedencia, para que cualquier interesado pueda oponerse a la misma, dentro de los diez (10) días hábiles de la publicación. Dicho aviso se extenderá en los formularios aprobados al efecto por el RNP. Dicho aviso se remitirán en forma digital, a través del Correo Institucional al Registrador Civil Municipal respectivo, en los formularios aprobados al efecto por el RNP. 2) Que la Secretaría General notifique la presente resolución mediante la respectiva certificación a los Despachos de los señores Comisionados Propietarios para su conocimiento, Departamento de Administración para que proceda a su publicación en el Diario Oficial La Gaceta; al Departamento de Oficialías Civiles para su conocimiento y aplicación; al Departamento de Registros Civiles para su conocimiento, en definitiva, que se proceda a dar estricto cumplimiento sin mayor dilación. Comunicar la presente resolución a través de la Secretaría General, a los señores Miembros de la Comisión Permanente del RNP, Oscar Porfirio Rivera Inestroza, Comisionado Presidente, Roberto Breve Reyes, Comisionado Propietario, Rolando Enrique Kattan Bojórquez,Comisionado Propietario, a los Departamentos de Administración, Oficialías Civiles y Registros Civiles.- CÚMPLASE. Extendida en la ciudad de Tegucigalpa,Municipio del Distrito Central, a los veintinueve (29) días del mes noviembre del año dos mil veintitrés (2023). ABG. MARIO FLORES URRUTIA Secretario General 25 N. 2025 REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL “SERVICIO DE SEGURIDAD PRIVADA PARA OFICINAS DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS AÑO 2026”. LPN-009-RNP-2025 1. El Registro Nacional de las Personas, invita a las empresas interesadas en participar en la