Acuerdo Ministerial No. 0155-2025 — Autorización de cierre de bancos de materiales para proyecto de rehabilitación sobre carpeta asfáltica tramo Siguatepeque - Jesús de Otoro
Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT)
- Decreto: 0155-2025
- Publicación: 8 de noviembre de 2025
- Órgano emisor: Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT)
- Gaceta: 36,988
Considerandos
Que de conformidad al artículo 247 de la Constitución de la República de Honduras, los Secretarios de Estado son colaboradores de la Presidenta de la República en la orientación, coordinación, dirección y supervisión de los órganos y entidades de la administración pública nacional en el área de su competencia.
Que el artículo 7 del Decreto Ejecutivo PCM-05-2022, de fecha 06 de abril del año 2022, publicado en el Diario Oficial La Gaceta en fecha 06 de abril del 2022, se crea la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT), con la finalidad de desarrollar los proyectos y programas de infraestructura, para lo cual contará con dos Subsecretarías, la Subsecretaría de Obras Públicas y la Subsecretaría de Transporte.
Que el artículo 74 del Reglamento de Organización Funcionamiento y Competencias del Poder Ejecutivo, reformado mediante Decreto Ejecutivo, número PCM-023-2023, publicado en el Diario Oficial La Gaceta en fecha 4 de mayo del año 2023, establece que: La Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT), le compete lo relacionado a la formulación, coordinación, ejecución y evaluación de las políticas relacionada con las obras de infraestructura pública, el sistema vial y el transporte, incluyendo el planteamiento, estudio, diseño, construcción, supervisión y conservación de la red vial nacional, incluyendo las vías de comunicación terrestre, interurbanas y rurales.
Que mediante Decreto Legislativo No. 58-2011, publicado en el Diario Oficial La Gaceta en fecha 13 de julio 2011, fue aprobada la Ley Especial para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública, la cual tiene por objeto simplificar y agilizar los procedimientos de ejecución de proyectos de infraestructura pública, con el propósito de generar empleo y lograr mayor crecimiento económico a través de la modernización de la infraestructura nacional, las normas y procedimientos establecidos en esta Ley, serán aplicables a las unidades ejecutoras de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada a cargo de proyectos de infraestructura pública de cualquier naturaleza.
Que el artículo 22 de la Ley Especial para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública, establece que los dueños de terrenos continuos o cercanos a cualquier obra de infraestructura pública, cuyos predios hayan sido identificados por la respectiva unidad ejecutora a cargo del proyecto como idóneos para servir como bancos de materiales, están obligados a facilitar y permitir la extracción de todo el material que sea necesario para la apertura, construcción, mantenimiento del proyecto, sin costo alguno para el Estado o sus contratistas, previa notificación al propietario.
Que de conformidad al Artículo 24 de la Ley Especial para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública, para que el Estado realice el aprovechamiento racional de los materiales requeridos, la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT), podrá otorgar autorizaciones a los órganos estatales,encargados de la ejecución de los diferentes proyectos de infraestructura pública y/o a las empresas constructoras por dichos órganos ejecutores, para que procedan a la extracción y acarreo de los materiales, de conformidad con los respectivos contratos de obra pública.
Que el artículo 25 de la Ley Especial para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública, establece que la extracción de materiales efectuada por el Estado o sus ejecutores no afectará la explotación simultánea que puedan hacer los titulares de concesiones mineras, en caso que exista concesión previa al Acuerdo que emita la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT), emitirá la respectiva autorización para que el órgano estatal realice la extracción de materiales sobre un banco o cantera concesionada, siempre que no exista otro sitio de mejor precisión. La explotación simultanea que haga el Estado y el Concesionario estará sujeta a las normas técnicas que emita el Instituto Hondureño de Geología y Minas (INHGEOMIN).
Que, de no existir concesión alguna sobre el banco de materiales identificado, el Estado podrá realizar una extracción acorde con el aprovechamiento racional de esos recursos naturales, sujeto a las limitaciones que le señale el Instituto Hondureño de Geología y Minas (INHGEOMIN), en las respectivas normas técnicas que emitan para tal efecto.
Que el artículo 26 de la Ley Especial para la Simplificación de los procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública, establece que previo a la emisión del Acuerdo la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT), notificará de oficio al Instituto Hondureño de Geología y Minas (INHGEOMIN), para que esta compruebe el estatus ambiental, técnico y jurídico del Banco de Materiales identificado. De no haber impedimento para realizar la extracción, sin más trámite INHGEOMIN, procederá a la emisión de las normas técnicas aplicable al aprovechamiento, extracción y acarreo de los materiales comunicándolas tanto a la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT), como al órgano ejecutor interesado, esta Secretaría de Estado procederá a la emisión del acuerdo de autorización correspondiente el cual será notificado tanto a la Unidad Ejecutora como al propietario del Inmueble identificado para servir como banco de materiales. La autorización emitida por la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT), regulada en esta Ley, constituye el permiso único de extracción necesario para que el órgano ejecutor o el contratista del proyecto pueda realizar la extracción de materiales, sin perjuicio de los demás permisos que por Ley pudieran corresponder en materia municipal, forestal y ambiental.
Que en fechas treinta y uno (31) de julio de dos mil veinticuatro (2024), tres (03) de junio y tres (03) de julio del año dos mil veinticinco (2025), la Unidad de Desarrollo Social Minero del Instituto Hondureño de Geología y Minas (INHGEOMIN), emitió Dictamen UDS -BP-060-2024, UDS-BP-039 y 083-2025, así mismo los Informes Técnicos por cierre de Normativas Técnicas, ITCD- 027-2024 de fechas once (11), trece (13) y veinticinco (25) de junio de 2024; para los bancos de préstamo “EL ZAPOTE”, “CHAGÜITE” y “EL CARRIZAL” sobre la inspección de campo realizada los días 16 y 17 de mayo de 2024 e ITBP- 041-2025, de fechas cuatro (04) y diecinueve (19) de junio del año dos mil veinticinco (2025), para los bancos de préstamo “JESÚS DE OTORO” y “RÍO GRANDE DE OTORO”, sobre la inspección de campo realizada el cuatro (04) de junio del año dos mil veinticinco (2025), para llevar a cabo el CIERRE de cinco (05) Bancos de préstamo de materiales, autorizados por la SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE (SIT), denominados: secos: “EL ZAPOTE”, “CHAGÜITE”, “EL CARRIZAL”, “JESÚS DE OTORO” y aluvial “RÍO GRANDE DE OTORO”, ubicados en los Municipios de Siguatepeque y Taulabé departamento de Comayagua y Jesús de Otoro Departamento de Intibucá, para la ejecución del Proyecto: “REHABILITACIÓN SOBRE CARPETA ASFÁLTICA EXISTENTE TRAMO CARRETERO: SIGUATEPEQUE - JESÚS DE OTORO, UBICADO EN EL DEPARTAMENTO DE COMAYAGUA E INTIBUCÁ, HONDURAS C.A”, en donde se dan las conclusiones para dar por aceptada la Solicitud de cierre de los bancos de materiales antes relacionados.
Que mediante Dictamen UDS -BP- 060-2024 de fecha treinta y uno (31) de julio del año dos mil veinticuatro (2024) , UDS-BP-039-2025 de fecha, tres (03) de junio dos mil veinticinco (2025) y 083-2025 de fecha tres (03) de julio del año dos mil veinticinco (2025), la Unidad de Desarrollo Social del Instituto Hondureño de Geología y Minas (INHGEOMIN), manifiesta que después de haber revisado la documentación agregada al expediente y tomando en consideración los Informes de Campo ITCD-027-2024 ITCD-041-2025, contentivos de la inspección de campo realizada en fecha 16 y 17 de mayo de 2024, e ITBP-041- 2025 de fechas cuatro (04) y diecinueve (19) de junio del año dos mil veinticinco (2025) SE PRONUNCIA FAVORABLE PARA EL CIERRE de Normativa Técnica NTBP-009- 2023 para los Bancos de préstamo secos: “EL ZAPOTE”, “CHAGÜITE” “EL CARRIZAL” y “JESÚS DE OTORO” y aluvial “RÍO GRANDE DE OTORO”, cuyo material fue utilizado para la ejecución del proyecto: “REHABILITACIÓN SOBRE CARPETA ASFÁLTICA EXISTENTE TRAMO CARRETERO: SIGUATEPEQUE - JESÚS DE OTORO, UBICADO EN EL DEPARTAMENTO DE COMAYAGUA E INTIBUCÁ, HONDURAS C.A”, con código de expediente número 1709.
Que la Ley Especial de Simplificación de los Procedimientos de Inversión en infraestructura Pública, establece que la Unidad Ejecutora a cargo del proyecto realizará por su cuenta y a través del respectivo contratista o por sí misma, las reparaciones de los daños que se ocasionaren con motivo de la extracción de los materiales en los terrenos que fueron utilizados para la ejecución del proyecto una vez finalizado.
Articulos
Autorizar a la empresa “SERVICIOS DE MANTENIMIENTO Y CONSTRUCCIÓN S.A., de C.V (SERMACO)”, en su carácter de EJECUTOR del Proyecto “REHABILITACIÓN SOBRE CARPETA ASFÁLTICA EXISTENTE TRAMO CARRETERO: SIGUATEPEQUE - JESÚS DE OTORO, UBICADO EN EL DEPARTAMENTO DE COMAYAGUA E INTIBUCÁ, HONDURAS C.A”, para que proceda al CIERRE de los bancos de materiales secos: “EL ZAPOTE”, “CHAGÜITE”, “EL CARRIZAL”, “JESÚS DE OTORO” y aluvial “RÍO GRANDE DE OTORO”, ubicados en los Municipios de Siguatepeque y Taulabé departamento de Comayagua y Jesús de Otoro Departamento de Intibucá que se detallan, con su respectiva localización georreferencial a continuación: Banco de préstamo de materiales seco: “EL ZAPOTE”: Hoja Cartográfica Jesús de Otoro 2659-III, ubicado en el Municipio de Jesús de Otoro Departamento de Intibucá con coordenadas UTM siguientes: 394932 1602121, 394891 1602098, 394825 1602094, 394792 1602119, 394829 1602020, 394979 1602016 Volumen autorizado 30,000 m³. no habiendo realizado trabajos de extracción. Banco de préstamo de materiales seco: “CHAGÜITE” Ubicado en el municipio de Siguatepeque departamento de Comayagua. Con coordenadas UTM siguientes: 411765 1619199, 411474 1618978, 411461 1619269, 411773 1619267. Volumen autorizado 30,000 m³, no habiendo realizado trabajos de extracción. Banco de préstamo de materiales seco: “CARRIZAL” Hoja Cartográfica Taulabé 2660-III, ubicado en el municipio de Taulabé departamento de Comayagua, con coordenadas UTM siguientes: 397040 1622466, 397113 1622431, 397061 1622291, 396973 1622321 Volumen autorizado 30,000 m³, no habiendo realizado trabajos de extracción. Banco de préstamo de material seco “JESÚS DE OTORO”: Hoja Cartográfica Jesús de Otoro N°. 2659-III, ubicado en los municipio de Jesús de Otoro, departamento de Intibucá con coordenadas UTM siguientes: 394551 1602249, 394665 1602251, 394667 1602216, 394536 1602221. Volumen autorizado 30,000 m³, siendo el monto total del Volumen Extraído de 30,000m3, siendo el monto total del Volumen Extraído de 26,934.92 m3. Banco de préstamo material aluvial “RÍO GRANDE DE OTORO”: Hoja Cartográfica Jesús de Otoro N°. 2659-III, ubicado en los Municipio de Jesús de Otoro departamento de Intibucá con coordenadas UTM siguientes: 391741 1600740, 391709 1600907 391480 1600904, 390968 1600840, 390778 1601235 390800 1601535, 390925 1601594, 391041 1601908, 391120 1602098, 391175 1602655, 391365 1602628, 391357 1602091, 391182 1601819, 391081 1601600, 390981 1601396, 390980 1601094, 391090 1600986, 391866 1600981, 391867 1600765, Volumen autorizado 300,000 m³, siendo el monto total del Volumen Extraído de 100,021.33 m3.
La Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT), tiene por cumplidas todas las medidas de mitigación y entregar el presente ACUERDO DE CIERRE a la empresa “SERVICIOS DE MANTENIMIENTO Y CONSTRUCCIÓN S.A. de C.V (SERMACO)”, en base a las inspecciones realizadas por Cierre en los bancos de material secos: “EL ZAPOTE”, “CHAGÜITE” “EL CARRIZAL”, “JESÚS DE OTORO” y aluvial “RÍO GRANDE DE OTORO”, ubicados en los Municipios de Siguatepeque y Taulabé departamento de Comayagua y Jesús de Otoro Departamento de Intibucá.
Notificar el presente ACUERDO DE CIERRE a la Unidad Ejecutora y al Instituto Hondureño de Geología y Minas (INHGEOMIN) y a la empresa, “SERVICIOS DE MANTENIMIENTO Y CONSTRUCCIÓN S.A., de C.V (SERMACO)”, en su carácter de EJECUTOR del proyecto “REHABILITACIÓN SOBRE CARPETA ASFÁLTICA EXISTENTE TRAMO CARRETERO: SIGUATEPEQUE - JESÚS DE OTORO, UBICADO EN EL DEPARTAMENTO DE COMAYAGUA E INTIBUCÁ, HONDURAS C.A”.
El presente Acuerdo Ministerial es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial la de la República de Honduras. Dado en la ciudad de Comayagüela, municipio del Distrito Central, a los veinticinco días del mes de julio del año dos mil veinticinco. COMUNÍQUESE: ING. MSc. OCTAVIO JOSE PINEDA PAREDES SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE (SIT) ABG. IRIS MARIEL BUDDE GARCIA SECRETARIA GENERAL Sección “B” INSTITUTO HONDUREÑO DE SEGURIDAD SOCIAL