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1 de octubre de 2025Vigente

Acuerdo No. SAG-120-2025 — Autorización de Certificados para la Importación de Maíz Blanco con base en compras de la Cosecha Nacional 2024-2025

Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería

  • Decreto: SAG-120-2025
  • Publicación: 1 de octubre de 2025
  • Órgano emisor: Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería
  • Gaceta: 36,956

Considerandos

Que es prioridad del Gobierno de la República, a través de la Secretaría de Agricultura y Ganadería, fomentar la eficiencia de la producción en el campo y propiciar la justa distribución de la riqueza, así como promover el desarrollo económico, social y la competitividad sostenible de todos los sectores productivos del país.

Que en fecha 24 de marzo de 2022, se suscribió el Convenio para las Negociaciones de una Alianza Estratégica de Compra y Venta de Granos Básicos entre la Industria de Harinas de Maíz Blanco y Alimentos para Consumo Humano (DEMAHSA, IMSA, MATURAVE, ALBECASA), La Federación Nacional de Agricultores y Ganaderos de Honduras (FENAGH), Asociación Nacional de Productores de Granos Básicos (PROGRANO), El Consejo Coordinador de Organizaciones Campesinas de Honduras (COCOCH), Unión de Organizaciones de Productores Agropecuarios Oriente Limitada (UNOPROL), Asociación de Productores Agrícolas Negriteños (APRANE), Asociación de Productores de Maíz de Honduras (APROMAIZH) y por el Gobierno de la República, las Secretarías de Agricultura y Ganadería (SAG) y Desarrollo Económico (SDE), elevado Acuerdo Ejecutivo No. SAG-125-2022, con vigencia hasta el 26 de enero de 2026 y publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 18 de mayo de 2022.

Que en fecha 23 de julio de 2024, se suscribió el Addendum Número Dos el Convenio para las Negociaciones de una Alianza Estratégica de Compra y Venta de Granos Básicos, contentivo en el Acuerdo Ejecutivo Número 137-2024, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 14 de marzo de 2025, que contempla las condiciones para la compra de la producción de maíz blanco de la Cosecha Nacional 2024-2025.

Que en el Primer Párrafo del Numeral 12 del Acuerdo Ejecutivo Número 137-2024, establece: “La relación de compra/importación de maíz blanco (1005.90.30.00.) será por un (1) quintal de maíz blanco comprado a nivel nacional derecho a importar dos (2) quintal de maíz blanco (1x2 QQ), esta relación estará vigente para el periodo comprendido del 01 de septiembre de 2024 al 31 agosto de 2025. El Gobierno de la República, revisará la relación de compra/importación para cada Ciclo Agrícola”.

Que en la reunión sostenida el día 04 de septiembre de 2025, con la Comisión de Supervisión del Convenio para las Negociaciones de una Alianza Estratégica de Compra y Venta de Granos Básicos (Maíz Blanco), la Empresa AGROBOLSA (Ente Contralor), presentó el Informe de las Compras de Maíz Blanco (Tercer Corte), de la Cosecha Nacional 2024-2025, que comprende del 01 de mayo al 31 de agosto de 2025, compras que fueron realizadas por las empresas de la Industria de Harinas de Maíz Blanco y Alimentos para Consumo Humano, siendo aprobado por la Comisión de Supervisión del referido Convenio. SEGUNDO: La Empresa IMSA, según el Informe de Compras de Maíz del Tercer Corte de la Cosecha 2024-2025, no realizó ninguna compra; por consiguiente, no gozará del beneficio de importar maíz blanco en este Corte. TERCERO: Las empresas nominadas en el Ordinal Primero, podrán realizar la importación del volumen asignado de maíz blanco de manera total o parcial a su conveniencia, para lo cual deberán presentar la solicitud de los Certificados de Importación correspondientes ante la Secretaría General de la Secretaría de Desarrollo Económico. CUARTO: El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial “LA GACETA”. COMUNÍQUESE: LAURA ELENA SUAZO TORRES Secretaria de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería ROGER EMILIO MEDINA ORELLANA Secretario General 2024-2025, realizadas por las empresas de la Industria de Harinas de Maíz y Alimentos para Consumo Humano, del 01 de mayo al 31 de agosto de 2025, presentado por el Ente Contralor (AGROBOLSA) y aprobado por la Comisión de Supervisión del referido Convenio; se solicita a la Secretaría de Desarrollo Económico, por medio de la Dirección General de Integración Económica y Política Comercial, proceda a la emisión de los Certificados para la Importación de Maíz Blanco, clasificados en la Partida Arancelaria SAC. 1005.90.30.00, con un DAI del cero por ciento (0%), con vigencia hasta 31 de diciembre del 2025, tal como lo establece el Numeral 13, Literal e) del Convenio antes mencionado, a las siguientes empresas: SEGUNDO: La Empresa IMSA, según el Informe de Compras de Maíz del Tercer Corte de la Cosecha 2024-2025, no realizo ninguna compra; por consiguiente, no gozará del beneficio de importar maíz blanco en este Corte. TERCERO: Las empresas nominadas en el Ordinal Primero, podrán realizar la importación del volumen asignado de maíz blanco de manera total o parcial a su conveniencia, para lo cual deberán presentar la solicitud de los Certificados de Importación correspondientes ante la Secretaría General de la Secretaría de Desarrollo Económico. CUARTO: El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial “LA GACETA”. COMUNIQUESE: LAURA ELENA SUAZO TORRES Secretaria de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería ROGER EMILIO MEDINA ORELLANA Secretario General NNoo.. RRTTNNN NoommbbrreeddeellaaEEmmp prreessaaMMaaiizzCCoommp prraaddooCCoosseecchhaaN Naacciioonnaall 4- -2 / /Q QQQDDeerreecchhooaaIImmp poor rttaarrRReellaacciioonnS SeeggúúnnCCoonnvveenniio o/ /Q QQQIImmppoorrttaacc iioonnAAuuttoorriizzaadd aaTTeerrcceerrCCoorrttee / /T TM M 1 08019995108424 DEMAHSA 28,980.58 57,961.16 2,629.08 2 05019016884386 ALBECASA 6,712.00 13,424.00 608.90 3 08019007068256 MATURAVE 5,971.46 11,942.92 541.72 T TO OT TA AL L 4 1, ,6 4. .0 4 8 3, ,3 8. .0 8 3 3, ,7 9. .7 IImmppoorrttaacci ioonneessddeeMMaaiizzBBl la annccooccoonnbbaasseeaal la assCCoommpprraassddeell 0 1 m ma ay yo o a al l 3 1 ddeeaaggoossttooddee 2 C Co os se ec ch ha a N Na ac ci io on na al l 2 4- -2 5/ / T Te er rc ce er r C Co or rt te e ´ ´ ´ ´ Servicio de Administración de Rentas

Articulos

Articulo 1.-

En el marco del Convenio para las Negociaciones de una Alianza Estratégica de Compra y Venta de Granos Básicos, Acuerdo Ejecutivo SAG-125-2022, modificado mediante Acuerdo Ejecutivo Número 137-2024 y con base al Informe de Compras de Maíz, Tercer Corte de la Cosecha Nacional 2024-2025, realizadas por las empresas de la Industria de Harinas de Maíz y Alimentos para Consumo Humano, del 01 de mayo al 31 de agosto de 2025, presentado por el Ente Contralor (AGROBOLSA) y aprobado por la Comisión de Supervisión del referido Convenio; se solicita a la Secretaría de Desarrollo Económico, por medio de la Dirección General de Integración Económica y Política Comercial, proceda a la emisión de los Certificados para la Importación de Maíz Blanco, clasificados en la Partida Arancelaria SAC. 1005.90.30.00, con un DAI del cero por ciento (0%), con vigencia hasta 31 de diciembre del 2025, tal como lo establece el Numeral 13, Literal e) del Convenio antes mencionado, a las siguientes empresas: CONSIDERANDO: Que en fecha 23 de julio de 2024, se suscribió el Addendum Número Dos el Convenio para las Negociaciones de una Alianza Estratégica de Compra y Venta de Granos Básicos, contentivo en el Acuerdo Ejecutivo Número 137-2024, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 14 de marzo de 2025, que contempla las condiciones para la compra de la producción de maíz blanco de la Cosecha Nacional 2024-2025. CONSIDERANDO: Que en el Primer Párrafo del Numeral 12 del Acuerdo Ejecutivo Número 137-2024, establece: “La relación de compra/importación de maíz blanco (1005.90.30.00.) será por un (1) quintal de maíz blanco comprado a nivel nacional derecho a importar dos (2) quintal de maíz blanco (1x2 QQ), esta relación estará vigente para el periodo comprendido del 01 de septiembre de 2024 al 31 agosto de 2025. El Gobierno de la República, revisará la relación de compra/importación para cada Ciclo Agrícola”. CONSIDERANDO: Que en la reunión sostenida el día 04 de septiembre de 2025, con la Comisión de Supervisión del Convenio para las Negociaciones de una Alianza Estratégica de Compra y Venta de Granos Básicos (Maíz Blanco), la Empresa AGROBOLSA (Ente Contralor), presentó el Informe de las Compras de Maíz Blanco (Tercer Corte), de la Cosecha Nacional 2024-2025, que comprende del 01 de mayo al 31 de agosto de 2025, compras que fueron realizadas por las empresas de la Industria de Harinas de Maíz Blanco y Alimentos para Consumo Humano, siendo aprobado por la Comisión de Supervisión del referido Convenio.

Articulo 2.-

La Empresa IMSA, según el Informe de Compras de Maíz del Tercer Corte de la Cosecha 2024-2025, no realizó ninguna compra; por consiguiente, no gozará del beneficio de importar maíz blanco en este Corte.

Articulo 3.-

Las empresas nominadas en el Ordinal Primero, podrán realizar la importación del volumen asignado de maíz blanco de manera total o parcial a su conveniencia, para lo cual deberán presentar la solicitud de los Certificados de Importación correspondientes ante la Secretaría General de la Secretaría de Desarrollo Económico.

Articulo 4.-

El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial “LA GACETA”. COMUNÍQUESE: LAURA ELENA SUAZO TORRES Secretaria de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería ROGER EMILIO MEDINA ORELLANA Secretario General 2024-2025, realizadas por las empresas de la Industria de Harinas de Maíz y Alimentos para Consumo Humano, del 01 de mayo al 31 de agosto de 2025, presentado por el Ente Contralor (AGROBOLSA) y aprobado por la Comisión de Supervisión del referido Convenio; se solicita a la Secretaría de Desarrollo Económico, por medio de la Dirección General de Integración Económica y Política Comercial, proceda a la emisión de los Certificados para la Importación de Maíz Blanco, clasificados en la Partida Arancelaria SAC. 1005.90.30.00, con un DAI del cero por ciento (0%), con vigencia hasta 31 de diciembre del 2025, tal como lo establece el Numeral 13, Literal e) del Convenio antes mencionado, a las siguientes empresas: